Ley 918 del 15 de diciembre de 2004 - 31 de Diciembre de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451442766

Ley 918 del 15 de diciembre de 2004

LEY 918 DEL 15 DE DICIEMBRE DE 2004 por la cual se adoptan normas legales, con meros propósitos declarativos, para la protección laboral y social de la actividad periodística y de comunicación a fin de garantizar su libertad e independencia profesional.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Objeto. Esta ley tiene por objeto la adopción de normas legales, con meros propósitos declarativos, para la protección laboral y social de la actividad periodística a fin de garantizar su libertad e independencia profesional.

Para los efectos del inciso anterior se entiende que la actividad profesional que se reconoce en la presente Ley es de la rama de la comunicación en sus diferentes denominaciones.

Artículo 2° Registro

Los títulos expedidos por las universidades o instituciones de educación superior legalmente reconocidas podrán registrarse en el Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 3° Revalidación, convalidación y homologación

Para los efectos de la revalidación, convalidación y homologación de los títulos respectivos se tendrán en cuenta las distintas denominaciones en la rama de la comunicación.

Artículo 4° Títulos de instituciones extranjeras. Los títulos académicos expedidos por las instituciones extranjeras en...

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