Leyes sancionadas 1662 del 16 de julio de 2013 senado - 2 de Agosto de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465820662

Leyes sancionadas 1662 del 16 de julio de 2013 senado

LEYES SANCIONADAS 1662 DEL 16 DE JULIO DE 2013 SENADO. LEY 1662 DE 2013(julio 16)por medio de la cual se aprueba el ¿Acuerdo entre la República de Colombia y la Corte Penal Internacional sobre la Ejecución de las Penas Impuestas por la Corte Penal Internacional¿, hecho en Bogotá, D. C., el 17 de mayo de 2001.

El Congreso de la República

Visto el texto del ¿Acuerdo entre la República de Colombia y la Corte Penal Internacional sobre la Ejecución de las Penas Impuestas por la Corte Penal Internacional¿, hecho en Bogotá, D. C., el 17 de mayo de 2001, que a la letra dice:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del Acuerdo mencionado, certificada por la Coordinadoradel Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en los archivos de ese Ministerio).

PROYECTO DE LEY NÚMERO 177 DE 2011

por medio de la cual se aprueba el ¿Acuerdo entre la República de Colombia y la Corte Penal Internacional sobre la Ejecución de las Penas Impuestas por la Corte PenalInternacional¿, hecho en Bogotá, D. C., el 17 de mayo de 2011.

El Congreso de la República

Visto el texto del ¿Acuerdo entre la República de Colombia y la Corte Penal Internacional sobre la Ejecución de las Penas Impuestas por la Corte Penal Internacional¿, hecho en Bogotá, D. C., el 17 de mayo de 2011, que a la letra dice:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia del texto íntegro del Acuerdo mencionado, certificada por la Coordinadoradel Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en los archivos de ese Ministerio).

CONSULTAR DOCUMENTO EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

LA SUSCRITA COORDINADORA DE TRATADOS DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS INTERNACIONALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

CERTIFICA:

Que la reproducción del texto que antecede es fotocopia fiel y completa del ¿Acuerdo entre la República de Colombia y la Corte Penal Internacional sobre la Ejecución de las Penas Impuestas por la Corte Penal Internacional¿, hecho en Bogotá, D. C., el 17 de mayo de 2011, documento que reposa en los archivos del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales de este Ministerio.

Dada en Bogotá, D. C., a los catorce (14) días del mes de julio de dos mil once (2011).

La Coordinadora de Grupo Interno de Trabajo de Tratados, Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales,

Alejandra Valencia Gartner.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorables Senadores y Representantes:

En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 150 numeral 16, 189 numeral 2 y 224 de la Constitución Política de Colombia, presentamos a consideración del honorable Congreso de la República el proyecto de ley, por medio de la cual se aprueba el ¿Acuerdo entre la República de Colombia y la Corte Penal Internacional sobre la Ejecución de las Penas Impuestas por la Corte Penal Internacional¿, hecho en Bogotá, D. C., el 17 de mayo de 2011.

  1. Consideraciones previas

    A pesar de los difíciles retos que ha debido enfrentar la democracia colombiana a lo largo de su historia, nuestro país se ha caracterizado, desde los albores de la Independencia, cuando Antonio Nariño tradujo del francés al español la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, por el reconocimiento de derechos y libertades públicas[1][1]. Con base en esta tradición, Colombia ha acudido al derecho internacional público (particularmente al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario) como el medio más idóneo y civilizado para resolver los conflictos y hacer valer todos los derechos de todos y los intereses nacionales en la arena internacional.

    Efectivamente, Colombia ha participado en las más importantes iniciativas internacionales orientadas a tutelar los bienes jurídicos que constituyen la conciencia de la humanidad y ha incorporado al derecho interno los avances globales destinados a enfrentar y detener la barbarie. El país ha sido protagonista en la creación de los Sistemas Interamericano y Universal de Derechos Humanos, así como en la consolidación e incorporación nacional de los llamados Derechos de Ginebra y de La Haya, que constituyen el ius in bellum.

    Sin embargo, durante el siglo pasado, a la par que se daban estos avances jurídicos, se han conocido las más terribles atrocidades cometidas por y contra la humanidad, tales como el genocidio en el Congo, las dos guerras mundiales, los sangrientos procesos de descolonización en África y Asia, las sistemáticas violaciones de Derechos Humanos por dictaduras militares, la Guerra de los Balcanes y el desastre de Ruanda. Consciente de ello, la comunidad internacional ha entendido que los perpetradores de estos hechos deben asumir su responsabilidad ante la justicia. El Derecho Penal Internacional se ha abierto camino.

    A partir del fallido intento de persecución legal de Guillermo II de...

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