Ponencia negativa para segundo debate al proyecto de ley 300 de 2013 cámara 226 de 2013 senado - 20 de Junio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465826566

Ponencia negativa para segundo debate al proyecto de ley 300 de 2013 cámara 226 de 2013 senado

PONENCIA NEGATIVA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 300 DE 2013 CÁMARA, 226 DE 2013 SENADOpor medio de la cual se modifica el parágrafo del artículo 4° de la Ley 680 de 2001, que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995.

Bogotá, D. C., 17 de junio 2012

Doctor

SILVIO VÁSQUEZ VILLANUEVA

Presidente Comisión Sexta de la Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 300 de 2013 Cámara, 226 de 2013 Senado, por medio de la cual se modifica el parágrafo del artículo 4° de la Ley 680 de 2001, que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995.

  1. Antecedentes y trámite legislativo

    El 4 de abril del 2011, el entonces Ministro de Justicia Germán Vargas Lleras presentó a consideración del Congreso un Proyecto de Ley Antipiratería (bautizado como ¿Ley Lleras¿) y que posteriormente empezó su trámite legislativo en la Comisión Primera del Senado bajo el número 241 de 2011. Luego de haber sorteado este primer debate, a mediados de noviembre del 2011, la Plenaria del Senado hundió esta iniciativa ante el rechazo de amplios sectores de la sociedad y la polémica nacional adversa por ella desatada.

    Luego, en marzo del 2012, el gobierno radica nuevamente la iniciativa con mensaje de urgencia, con el número 201 de 2012. Bautizada como Ley Lleras 2.0, por ser la segunda versión recargada, varias organizaciones le piden al Congreso ¿a través de una misiva¿ no votar el proyecto de ley sin una real socialización y discusión pública que descartara por completo el pupitrazo[1][1]. El 10 de abril, el Congreso, ignorando esta solicitud pública y batiendo todos los récords, votó sin ninguna deliberación y análisis, en tan solo tres semanas, esta iniciativa, que luego, sancionada por el Presidente, se convirtió en la Ley 1520 de 2012.

    Esto produjo una gran indignación ciudadana, sobre todo cuando quedó en evidencia que la premura adoptada tenía el propósito de que el Presidente Juan Manuel Santos se la entregara ¿cual regalo de bienvenida¿ al Presidente Barak Obama en la VI Cumbre de Cartagena.

    Finalmente, en enero de este año, la corte constitucional, aceptando la demanda interpuesta en este tribunal por el Senador Jorge Robledo, declaró inexequible esta ley por vicios de trámite. Esto último, por haberse tramitado en su totalidad en las Comisiones Segundas que no tienen competencia para ello, debiéndose ser tramitado en la Comisión Primera que es la encargada de debatir asuntos constitucionales, como en efecto son los derechos de Autor.

    Con el anterior antecedente, y tratándose el artículo 21 de la Ley 1520 de un tema de telecomunicaciones, propio de la competencia de las Comisiones Sexta de Cámara y Senado, se entiende entonces, que el gobierno haya separado el artículo 21 de la Ley 1520 y lo haya presentado a parte como proyecto de ley, esto es, el Proyecto de ley número 300 de 2013 Cámara, 226 de 2013 Senado, objeto de esta ponencia.

    Posteriormente, y atendiendo el mensaje de urgencia solicitado por el gobierno, el 12 de junio de 2013 fue citado por las respectivas secretarías, la Sesión Conjunta de las Comisiones Sexta de Cámara y Senado para darle tramite al primer debate. En este se presentaron dos ponencias para la discusión: la primera, de archivo, presentada por los honorables Representantes Carlos Andrés Amaya y Wilson Arias, y la segunda, de darle trámite, presentada por el honorable Senador Efraín Torrado García y los honorables Representantes Diego Patiño Amariles (Coordinador); Jairo Ortega Samboni, Diego Alberto Naranjo, Atilano Alonso Giraldo y Dídier Alberto Tavera Amado. La votación de archivo en esta sesión conjunta obtuvo 5 votos por el no y 5 por el sí en el Senado y 11 votos por el no y 2 por el sí en la Cámara, motivo por lo cual se le dio paso a segundo debate.

  2. Objetivo del proyecto de ley

    El objetivo puntual de este proyecto de ley es establecer una reducción de las cuotas de pantalla de la televisión nacional de un 50% a un 30% los sábados, domingos y festivos. Para este fin se propone modificar el parágrafo del artículo 4° de la Ley 680 de 2001. Es de reseñar que el propósito general de este proyecto es dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en el acuerdo de promoción comercial (TLC) entre la República de Colombia y Estados Unidos de América y, por tanto, hace parte del proceso de adecuación normativa por lo dispuesto en las Leyes 1143 y 1166 de 2007.

  3. Comentarios de los ponentes

    Consideraciones jurídicas

    La negociación de la cuota...

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