Ponencia para primer debate de ascenso - 19 de Noviembre de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451442302

Ponencia para primer debate de ascenso

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE DE ASCENSO Del ascenso a Brigadier General de la Policía Nacional del Coronel Jorge Alirio Barón Leguizamón.

Bogotá, D. C, noviembre de 2004

Doctor

MANUEL RAMIRO VELASQUEZ ARROYAVE

Presidente

Comisión Segunda

Senado de la República

Ciudad

Respetado doctor:

Por medio del presente escrito me permito rendir ponencia para primer debate sobre el ascenso a Brigadier General de la Policía Nacional, al Coronel Jorge Alirio Barón Leguizamón para lo cual fui honrosamente designado.

La Constitución Nacional de Colombia en su artículo 189, numeral 19 atribuye al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa conferir grados a los miembros de la fuerza pública y ordena someter a la aprobación del Senado los que correspondan a oficiales generales y oficiales de insignia de la fuerza pública, hasta el más alto grado, en concordancia con el artículo 173 de la misma Carta Política.

Esta función continúa atribuida privativamente al Senado al cual se le siguen asignando prioridades en materia de relaciones exteriores y defensa nacional, mientras que a la Cámara se le privilegia en el manejo de los temas presupuestales y tributarios. Esta diferenciación obedece a motivos históricos en buena parte y al tipo de representación que hoy tiene cada una de ellas: La Cámara la representación regional y el Senado la representación nacional.

El objeto de la norma constitucional está íntimamente ligado con la armonía que deben comportar las diversas ramas del poder público. En esta virtud se entiende que el Congreso interviene en los ascensos de la alta oficialidad porque ellos comprometen la Dirección Política del Estado en materia tan sensible como es la conformación y orientación de la fuerza pública.

De esta suerte la actuación del Senado de la República tendiente a aprobar un ascenso debe entenderse como una manifestación de voluntad de la rama legislativa del poder público que implica un ejercicio puramente político. En concreto la aprobación de un ascenso por parte del Senado significa que el oficial objeto del mismo, por sus calidades personales, intelectuales, morales y militares, es apto para garantizar la importante tarea de defensa de la Constitución política, de sus valores democráticos y de las instituciones consignadas en ella.

Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, paso a referirme al objeto de la presente ponencia: El Coronel Jorge Alirio Barón Leguizamón nacido...

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