Ponencia para primer debate al proyecto de ley 090 de 2003 cámara 252 de 2004 senado - 2 de Noviembre de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451281294

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 090 de 2003 cámara 252 de 2004 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 090 DE 2003 CÁMARA, 252 DE 2004 SENADOpor la cual se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan otras disposiciones.

Honorables Congresistas:

Me ha correspondido rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 090 de 2003 Cámara, 252 de 2004 Senado, por la cual se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan otras disposiciones, por designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Sexta del honorable Senado de la República.

Consideraciones generales

Este proyecto de ley es de iniciativa parlamentaria, presentado a consideración del Congreso de la República por el honorable Senador Mauricio Jaramillo, y los Representantes a la Cámara Luis Carlos Delgado Peñón y Musa Besaile Fayad.

Fue discutido previamente por la Cámara de Representante, tanto en Comisión como en plenaria, los días 25 de noviembre de 2003 y 9 de junio de 2004, respectivamente.

El propósito de este proyecto de ley es integrar las personas con problemas de pérdida de audición y visión al ordenamiento social y económico, utilizando los medios, estructuras y mecanismos que fomenten y faciliten la concreción de su salud a través de la rehabilitación de su patología, permitiéndoles así, el acceso a la libre competencia y colocándolos en igualdad de circunstancias con el resto de la sociedad.

Considerando a las personas como razón de ser de toda legislación y actividad social, el legislar a favor de derechos tan elementales como lo es el tener acceso a la información, constituye un acto de una civilización de avanzada en un esfuerzo de proteger a todos por igual, recurriendo a la expedición de leyes que obliguen a cumplir con este propósito.

Preocupados por la problemática social que vive nuestro país y ante la necesidad imperiosa de mantener a todos nuestros ciudadanos informados sobre los sucesos o eventos que ocurren, el país a través del Congreso de Colombia debe entender la necesidad de atender con urgencia los reclamos de un amplio sector de la población que no gozan de los mismos derechos y privilegios de recibir información en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía.

Las barreras de comunicación que enfrentan los ciudadanos con impedimentos auditivos y de ceguera muchas veces representan el mayor obstáculo para que estos ciudadanos logren alcanzar una vida de mayor independencia y participación social.

Fue la Constitución Política de 1991 la que empezó a abrir espacios para los sordos.

En la década de los 90 desde diversas instancias se produjeron hechos significativos que vienen orientando y sustentando la transformación en los servicios educativos de y para los sordos tanto usuarios del castellano oral como para los usuarios de la Lengua de Señas.

Si bien es cierto que existe la Ley 324 de 1996, por la cual se crean normas a favor de la población sorda, también es cierto que dicha ley no ha tenido una aplicación total, especialmente por la falta de recursos o financiación, por falta de divulgación de la ley, y por la falta de reglamentación de la misma. De ahí la necesidad de que el Congreso de la República expida una nueva ley, que si bien reproduce en parte la motivación y el articulado de la Ley 324 de 1996, la complementa y recoge en un solo cuerpo normativo, las necesidades y realidades de las personas sordas y sordociegas.

Con la expedición de la Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, que en su Título III, artículos 46-49, se refiere a la educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales, se puede decir que marcó una pauta importante en materia educativa, no obstante ello, actualmente es insuficiente.

Es importante resaltar que antes del año 1995, la gran mayoría de personas afectas con sordera acudían a instituciones dedicadas sólo a educación especial. Algunos solo podían soñar con terminar la primaria, si tenían la oportunidad, en colegios privados; en general repetían dos veces cada grado y, terminaban graduándose con resultados poco satisfactorios indicativo de un sistema escolar de entonces, poco eficiente.

En cuanto a la básica primaria, podemos señalar que solo una institución privada, el Colegio San Francisco venía prestando de tiempo atrás el servicio educativo a los niños hipoacúsicos, de manera exclusiva, por lo que no se podía ofrecer la integración estudiantil con infantes libres de cualquier nivel de sordera.

De aquí surge la necesidad de apelar al gobierno de los diferentes niveles estatales para hacer realidad los preceptos constitucionales y legales y, fomentar así la educación básica primaria de niños con pérdidas auditivas con aquellos que están libres de la misma.

El Insor, establecimiento público adscrito al Ministerio de Educación Nacional, a través de un programa investigativo, es la única institución del Gobierno que ofrece educación primaria a los niños sordos. Este mismo Instituto en el año 1996 desarrolló una investigación descriptiva para el acceso de las personas sordas a la educación básica secundaria con el uso de intérpretes. Los resultados permitieron la creación de alternativas educativas para esta población. Posteriormente ha venido adelantando, desde el año 1997 una propuesta educativa de educación básica primaria bilingüe, cuya instrucción se da en Lengua de Señas con complementación curricular de la lectura y escritura del castellano.

En el nivel de la educación básica secundaria y media, el acceso a la misma comenzó a tener lugar a partir del año 1996, siendo el Distrito Capital el pionero en ello.

La primera institución educativa que comenzó a ofrecer el bachillerato con intérpretes para sordos fue el Colegio Distrital República de Panamá. Posteriormente en el año 1997 otra institución del nivel distrital, el Colegio Jorge Eliécer Gaitán, comenzó a recibir estudiantes con profundas pérdidas auditivas para efectos de su normal culturización. Esta última institución, la que tuve oportunidad de visitar tiene en la actualidad 30 estudiantes hipoacúsicos, integrados a la educación formal con estudiantes normalmente oyentes. Esta institución cuenta actualmente con 9 intérpretes del Lenguaje de Señas, 3 de planta, y 6 vinculados por contrato.

En el Colegio Distrital San Francisco, en primaria, estudian 36 niños sordos en aulas especializadas, es decir, que no comparten el salón con alumnos oyentes. A partir de este año, esta institución comenzó la integración a partir de primero bachillerato, de niños con hipoacusia con oyentes normales, suministrándole al docente regular un intérprete del Lenguaje de Señas para que los estudiantes logren asimilar con claridad el significado de los componentes de aprendizaje.

En el ámbito de educación superior, solamente en Bogotá, D. C., reciben estudiantes sordos en la Universidad Nacional y en la Universidad Pedagógica, esta última registra 30 estudiantes sordos.

Durante el año 2001 se graduaron como licenciados en básica primaria cinco profesionales hipoacúsicos y cuatro en educación preescolar, en la Universidad de San Buenaventura. En la Corporación Universitaria, Cooruniversitec, 79 estudiantes sordos están próximos a obtener su título en diseño gráfico.

El Sena en Bogotá, en el año 2002 aceptó el ingreso de (4) sordos quienes cumplieron con los requisitos para algunos programas utilizando el servicio de interpretación de lengua de señas, bajo la dirección y apoyo del Instituto Nacional para Sordos, Insor.

Las personas sordas han demostrado en los diferentes ámbitos académicos ser capaces intelectualmente para cumplir con sus compromisos. Para la comunidad lingüísticamente minoritaria, la Lengua de Señas les ha permitido transcurrir por un currículo educativo, donde desarrollan competencias argumentativas, interpretativas y proactivas alcanzando logros significativos tanto en la básica secundaria, media y superior.

El desarrollo intelectual de las personas hipoacúsicas requiere la presencia indispensable de intérpretes del Lenguaje de Señas, lo que significa que este profesional debe existir numéricamente para responder a los propósitos de la educación de las personas que poseen pérdidas significativas de audición. Infortunadamente encontramos que en Colombia las instituciones que se dedican al desarrollo humano de esta población no poseen el número significativamente necesario de estos profesionales, por lo que, el Gobierno colombiano deberá institucionalizar la formación de estos profesionales para que la población de hipoacúsicos pueda concretar sus propósitos de desarrollo cultural. Esto significa que hay que fomentar la apertura de escuelas que formen este recurso humano para que el sordo nuestro pueda cumplir con sus intereses educacionales, especialmente cuando, según la Organización Mundial de la Salud, OMS, el 2% de la población a escala mundial, está afectada por esta patología.

La falta de profesionalización de los intérpretes y la falta de financiación de los mismos por parte del Estado, ha sido una de las causas por las cuales la educación para ellos no se les ha garantizado como derecho fundamental, vulnerando así los preceptos constitucionales.

Actualmente una universidad, la Universidad del Valle, en un esfuerzo conjunto con el Insor y Fenascol, avaló el programa de formación de intérpretes para sordos y sordociegos, el que actualmente fue ratificado por el Ministerio de Educación Nacional, como una carrera técnica.

En lo que respecta a la financiación en lo que toca a la educación de esta población, el Icetex poseía en el pasado un fondo para estas personas, el que hoy no existe.

En lo referente al campo laboral en relación con las personas con hipoacusia solo una entidad del...

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