Ponencia para primer debate al proyecto de ley 166 de 2004 cámara 130 de 2004 senado - 18 de Noviembre de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451281758

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 166 de 2004 cámara 130 de 2004 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 166 DE 2004 CÁMARA, 130 DE 2004 SENADOpor medio de la cual se establecen normas tributarias para el financiamiento social.

Bogotá, D. C., 16 de noviembre de 2004

Señores Presidentes

COMISIONES TERCERAS Y CUARTAS CAMARA Y SENADO

Ciudad.

Señores Presidentes:

En cumplimiento del encargo que he recibido de ustedes conforme a la Ley 5ª de 1992, me permito presentar a las honorables Comisiones Terceras y Cuartas de Cámara y Senado, informe de ponencia para primer debate a los Proyectos de ley números 166 de 2004 Cámara, 130 de 2004 Senado, por medio de la cual se establecen normas tributarias para el financiamiento social.

EXPOSICION DE MOTIVOS

En 1990 los grandes beneficiarios de rentas de capital y los grandes propietarios de tierras, bancos y títulos de deuda pública, clasificados en las estadísticas de la DIAN como \"grandes contribuyentes\" aportaban el 17% de los recaudos tributarios del Gobierno Nacional. Para el año 2001 dicha participación había descendido, a pesar que la constitución de 1991 ordenó la construcción de un sistema tributario progresivo.

La regresividad de nuestro sistema es en sí misma una de las causas del déficit fiscal colombiano. Al haber centrado los esfuerzos de las últimas diez reformas tributarias en el IVA, no solo produjo incrementos de la línea de pobreza alimentaria y crecimiento del hambre, sino que su incidencia en aumentar los recaudos fue absolutamente ineficaz. Los estudios estadísticos y econométricos sobre el comportamiento de estos impuestos indirectos demuestran que si bien en el corto plazo se obtienen de manera fácil mayores recursos, en el mediano plazo los ingresos tributarios disminuyen relativamente cuando se ponen en marcha mecanismos económicos como la reducción del consumo, y los efectos sustitución.

El incremento del IVA desde el punto de vista de la tasa y desde la base gravable no resuelve la crisis estructural que presenta nuestro sistema tributario para recaudar impuestos y corregir el déficit primario del país.

La debilidad tributaria colombiana es esencialmente un problema político.

Su causa es la debilidad del Congreso de la República para gravar las más altas rentas del país y sus propiedades como lo ordena la Constitución Nacional. No es cierto que los sectores más pudientes de la sociedad colombiana tributen por encima del promedio internacional. De hecho es una de las tributaciones más bajas del mundo.

El cuadro uno nos muestra el indicador de tasa de presión fiscal que mide los impuestos nacionales sobre el PIB como porcentaje y el resultado nos muestra que tan solo Paraguay tiene una tasa más baja que la colombiana y que todos los demás países latinoamericanos tienen tasas mayores.

Cuadro 1

Tasa de presión fiscal (%)

País T/PIB

Colombia 10.6

Bolivia 13.9

Costa Rica 10.6

Panamá 18.5

Paraguay 9.4

Perú 13.8

Venezuela 12.8

Uruguay 24.7

Chile 18.4

Brasil 19.8

Argentina 12.6

México 13.0

Nicaragua 23.5

Fuente: FMI Government Financial Statistics.

Las actividades económicas de más alto desarrollo en el país en los últimos años: Carbón, oro, construcción para estratos altos, bancos y servicios financieros son también las actividades donde se han establecido los mayores privilegios tributarios con lo que la débil recuperación económica del país no traerá mayores ingresos tributarios para el Estado. Mientras tanto el gobierno ha hecho crecer sus ingresos sobre la base de impuestos indirectos cuando el ingreso de los hogares ha caído diez puntos del PIB desde 1995 y el consumo en el mismo período ha perdido quince puntos del PIB.

Cuadro 2

Algunos impuestos por sectores sociales. En millones de pesos

Renta 1993 1995 1998 2000 2001

Grandes contribuyentes privados 773.483 826.424 954.126 1.870.951 2.164.450

% del total 15.31 10.10 6.44 9.52 8.73

Retefuente asalariados 1.162.142 1.933.914 4.240.199 4.485.598 6.916.543

% del total 23.01 23.63 28.60 22.83 27.89

La tendencia a reducir la carga tributaria para los grandes contribuyentes es clara en el tiempo y se realiza sobre la base de reemplazar ese esfuerzo tributario con la retención en la fuente de los asalariados y con incrementar el recaudo por IVA.

La reducción en el peso específico del impuesto de renta para grandes contribuyentes privados a pesar de la aprobación en varias ocasiones de sobretasas generales al impuesto de renta se ha hecho sobre la vía de mantener ingresos no constitutivos de renta, incrementar las exenciones, deducciones para actividades que no representan gastos reales y descuentos.

Los impuestos directos a diferencia de los indirectos muestran que son evadibles más fácilmente en el corto plazo, pero en el mediano reaccionan con altas elasticidades positivas ante el incremento de la actividad económica, así que son claves para pensar una reforma tributaria estructural de cara a resolver el déficit fiscal colombiano.

En el caso colombiano simplemente alcanzar el nivel de aporte al fisco nacional que los grandes contribuyentes privados tenían en 1993 representaría un esfuerzo fiscal por parte de estos de 1.600.000 millones de pesos más de lo que aportaban en el año 2001, o 2.200.000 millones de pesos para el 2005.

Pero peores son las consecuencias cuando se realiza un examen cronológico sobre la implicaciones fiscales de los beneficios tributarios creados para los grandes contribuyentes privados. Si tales medidas no se hubieran tomado, Colombia no tendría un déficit fiscal.

Por otra parte hemos hecho un esfuerzo por lograr mayor progresividad en el impuesto de renta y de IVA tal y como establece la última sentencia de la corte constitucional.

Hemos establecido tarifas diferenciales del impuesto de renta para personas jurídicas desde cero hasta cuarenta por ciento, de tal forma que se pueda proteger a la pequeña y mediana industria y en relación con el IVA; se ha desagregado el conjunto de ventas de bienes y servicios de acuerdo a su impacto en la canasta de consumo por estratos sociales y se han colocado en el listado de bienes exentos a todos los productos alimenticios de la canasta básica familiar. La mayoría de los bienes y servicios quedan con una tarifa del diez por ciento, de tal manera que se provoque un aumento del consumo y una disminución profunda de la evasión y se mantiene la tarifa del...

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