Ponencia para primer debate al proyecto de ley 163 de 2006 senado - 7 de Diciembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451455038

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 163 de 2006 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 163 DE 2006 SENADO. TEXTO PROPUESTO CON MODIFICACIONES, por medio de la cual se expiden normas para la reserva y el secreto profesional en inteligencia y contrainteligencia, se establecen mecanismos para la protección a los servidores públicos que realizan estas actividades y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., 6 de diciembre de 2006

Doctora

ALEXANDRA MORENO PIRAQUIVE

Vicepresidenta

Comisión Segunda

Senado de la República

Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 163 de 2006 Senado, por medio de la cual se expiden normas para la reserva y el secreto profesional en inteligencia y contrainteligencia, se establecen mecanismos para la protección a los servidores públicos que realizan estas actividades y se dictan otras disposiciones.

Introducción

Durante los últimos años y particularmente a raíz de la política de seguridad democrática, se ha dado en el país el debate sobre la efectividad, coordinación y controles que debe tener la actividad de inteligencia que desde distintas instituciones del Estado se realiza a efectos de mejorar la capacidad institucional para prevenir y responder a las acciones individuales o de grupos organizados que amenazan la seguridad de los habitantes, del Estado o del ordenamiento jurídico colombiano.

En razón a la complejidad de las actividades terroristas y de delincuencia común que subvierten el orden público y afectan la seguridad y la libertad de los ciudadanos y a la necesidad de que las instituciones cuenten con las herramientas, el apoyo técnico humano especializado necesario para identificar, neutralizar, desarticular dichas actividades, la suscrita elaboró conjuntamente con el Ministerio de Defensa el proyecto de ley sobre el cual rindo ponencia.

La información hoy más que nunca se entiende como fundamental y transversal a todos los procesos sociales. La información relacionada con la seguridad y el orden público es de gran trascendencia para el funcionamiento del Estado de Derecho. Hoy, cuando el terrorismo se ha vuelto una amenaza que traspasa fronteras y sus mecanismos y tiempos aumentan en sofisticación, las sociedades y las instituciones se enfrentan al desafío de mejorar su eficacia con herramientas donde el mayor componente es de información y análisis sobre la amenaza a la seguridad de los ciudadanos, a las instituciones, a la democracia y al Estado de Derecho. Información que una vez evaluada permita al Estado adelantar operaciones para contener cualquier amenaza al orden público, a la seguridad ciudadana y a la seguridad nacional, respetando siempre el orden democrático y constitucional.

La actividad de inteligencia es una de las más importantes y estratégicas herramientas con que cuenta el Estado para hacer frente al terrorismo, al crimen organizado y a cualquier factor que los amenace. Es básica para prevenir sus efectos más perversos y para conseguir pruebas que puedan ser usadas en juicios y en la identificación y desarticulación de redes criminales.

El servicio de inteligencia es, a través de sus organismos especializados, el responsable de facilitar al Gobierno la información, análisis y estudios que no están al alcance de otras instituciones, para que este pueda tomar decisiones que contrarresten con eficacia amenazas y agresiones a la estabilidad y los intereses de la Nación y sus instituciones.

Aunque por los retos nacionales e internacionales es necesario disponer de un servicio de inteligencia especializado y moderno, hoy en día la actividad de inteligencia en Colombia enfrenta serias dificultades para su ejercicio, problemas que a pesar de estar completamente identificados no han tenido solución en parte por la carencia de un marco jurídico básico que les permita alcanzar los siguientes objetivos:

  1. Búsqueda de información que sirva para el mejor cumplimiento de las funciones de la defensa de la seguridad del Estado.

  2. Desarrollo de las actividades de inteligencia, atendiendo la especialidad propia de cada agencia.

  3. Coordinación y complementariedad en la labor de las diferentes agencias para lograr la efectividad y eficacia de la investigación y las acciones que realizan.

El proyecto presentado procura además brindar soporte a los siguientes propósitos:

¿ La seguridad jurídica de los servidores públicos, auxiliadores que cumplen tareas de inteligencia.

¿ Seguridad operacional y efectividad de las operaciones realizadas.

¿ Protección de las fuentes de inteligencia.

¿ Protección de los procedimientos.

¿ Aprovechamiento de la producción de inteligencia procurando su accionabilidad oportuna, y

¿ Mejoramiento del proceso de análisis y toma de decisiones respecto a la información recolectada.

El vacío jurídico ha llevado a varios problemas. De una parte, agentes que han logrado infiltrarse en organizaciones criminales han terminado en la cárcel, pues en ocasiones se dificulta demostrar su actuación a favor del Estado. En segundo lugar, la ley no protege a sus fuentes. Si un juez los cita, están obligados a declarar bajo juramento sobre el origen de su información y las actividades en desarrollo.

Por lo anterior, estos funcionarios públicos no tienen un mecanismo de protección legal a su identidad, con lo cual se encuentran, ellos y sus familias en constante peligro, al igual que la red de fuentes construidas en cumplimiento de sus misiones. Al no tener una protección suficiente a su actividad, diferentes personas podría tener acceso a la nómina de la institución para la que trabajan y descubrir su función, arriesgando no sólo la vida e integridad del funcionario y su familia, sino especialmente el éxito de las investigaciones.

En este sentido, la necesidad de legislar sobre el campo de acción de los servicios de inteligencia es evidente.

El objetivo del proyecto es proporcionar un instrumento eficaz que contribuya a la política de defensa y seguridad, al mejor cumplimiento de la función del Estado de proteger la vida y libertad de los ciudadanos. Debe ser la primera de una serie de normas que tengan como fin el ordenamiento de la actividad de inteligencia nacional, manteniendo como principio la transparencia, la eficacia, el control, la cooperación y la defensa de la democracia.

Honorables Congresistas, la inteligencia es una labor incomprendida y poco discutida dentro del órgano legislativo a pesar de su fundamental papel en el mantenimiento de la seguridad y los intereses del Estado colombiano. Este proyecto se propone dar un marco básico de protección a aquellos servidores que se dedican a la producción de inteligencia y a la vez, propiciar mayor control y mejor manejo de la información, con protección de sus fuentes, amparándolas bajo el secreto profesional.

Cooperación internacional

La transparencia y efectividad alcanzada por el Gobierno colombiano, en el marco de la Política de Seguridad Democrática, ha llevado a una inserción positiva de los Organismos de Seguridad del Estado en los bloques regionales, hemisféricos y globales en materia de seguridad y justicia.

Esta confianza y reconocimiento de otros países y organismos multilaterales al país, se refleja en la suscripción de recientes acuerdos como el firmado por iniciativa de la Policía Nacional, entre el Presidente Uribe y Javier Solana Representante de la Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión Europea, el 9 de enero de 2004 en Bruselas, el cual posicionó a Colombia como el único país del Hemisferio, con oficina de enlace en la sede de Europol, ciudad de La Haya-Holanda.

Este Acuerdo que permite el intercambio de información de inteligencia entre los países Europeos y Colombia, exige para nuestro país y especialmente para los Organismos de Inteligencia, estrictas normas de protección de la reserva y el secreto profesional y principalmente un estricto apego al respeto y garantía de los derechos fundamentales. Los elementos mencionados están contemplados también en el presente proyecto.

En el mismo sentido, Colombia, a través de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional, es la fundadora de la Comunidad Latinoamérica y del Caribe de Inteligencia Policial, de la que hoy son miembros 19 países y observadores, la Unión Europea, la OEA y la ONU.

Este mecanismo que propende por aumentar los lazos e integración con nuestros vecinos, así como combatir específicamente amenazas como el narcotráfico y el secuestro, es el único en su género en la región. Ya tiene sus propios estatutos y entre sus exigencias se encuentra el actuar en materia de intercambio de información de inteligencia, siempre bajo los parámetros de transparencia, cooperación, reserva y seguridad de las actividades comunes inherentes al mecanismo. Estos aspectos son contemplados también en el presente proyecto de ley.

No obstante lo anterior, parecería que en materia de cooperación internacional resulta indispensable una estrategia más activa que apoye la labor de inteligencia que adelantan los organismos de Estado, e inclusive propender por la mayor participación de agentes de inteligencia colombiana en investigaciones conjuntas con organismos de inteligencia de otros países, para detectar, perseguir y neutralizar organizaciones transnacionales del terrorismo o el crimen que constituyan una amenaza a los habitantes del territorio o al Estado y al orden jurídico colombiano.

Jurisprudencia y antecedentes

La iniciativa puesta a consideración de los honorables Congresistas ha sido motivo de discusión anteriormente en la mayoría de aspectos que aquí proponemos1, cumpliendo tres de sus...

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