Ponencia para primer debate al proyecto de ley 124 de 2007 cámara - 10 de Diciembre de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451334642

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 124 de 2007 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 124 DE 2007 CÁMARA. por el cual se establecen incentivos tributarios para los organismos deportivos del sistema nacional del deporte y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., 4 de diciembre de 2007

Doctor

CARLOS ALBERTO ZULUAGA

Presidente

Comisión Tercera Constitucional Permanente

Cámara de Representantes

E. S. D.

Apreciado Presidente,

En cumplimiento de la honrosa designación que me hiciera la presidencia de la Comisión Tercera de la Cámara de representantes y de conformidad con lo establecido en el artículo 174 de la Ley 5ª de 1992, inciso 2º, me permito rendir ponencia para primer debate del Proyecto de ley número 124 de 2007 Cámara,por medio de la cual se establecen incentivos tributarios para los organismos deportivos del sistema nacional del deporte y se dictan otras disposiciones, cuyo autor es el honorable Representante Carlos Alberto Zuluaga.

  1. OBJETO

La presente iniciativa tiene por objeto otorgar exenciones tributarias y arancelarias a los organismos sin ánimo de lucro que conforman el Sistema Nacional del Deporte consagrados en el Decreto 1228 de 1995 que según su territorialidad se clasifican de la siguiente manera:

A Nivel municipal: Clubes deportivos y clubes promotores

A Nivel departamental: Ligas Deportivas Departamentales

A Nivel nacional: Federaciones Deportivas Nacionales

El proyecto procura que los servicios que prestan estos organismos estén exentos del impuesto del IVA y que además que las compras de implementos deportivos que realice cualquiera de ellos en pro de la preparación de deportistas a nivel competitiva esté exenta del IVA a las importaciones.

II. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

i) Artículo 52 C. P. /91 Modificado A.L. No. 2 de 2000, el ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mayor salud en el ser humano.

El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen un gasto público social.

Se reconoce el derecho a todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

El Estado fomentará estas actividades e...

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