Ponencia para primer debate al proyecto de ley 260 de 2008 cámara
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 260 DE 2008 CÁMARA. por medio de la cual se establecen los derechos de los usuarios del transporte aéreo y se dictan otras disposiciones
Doctor
FERNEL ENRIQUE DIAZ QUINTERO
Secretario Comisión Sexta Constitucional
Cámara de Representantes
Ciudad.
Ref: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 260 de 2008 Cámara,por medio de la cual se establecen los derechos de los usuarios del transporte aéreo y se dictan otras disposiciones.
Respetado doctor:
Me permito presentar por su conducto, a los miembros de la Comisión Sexta Constitucional Permanente, ponencia para primer debate al proyecto de la referencia, con el objeto de dar cumplimiento a lo ordenado por la Ley 5ª de 1992.
Cordialmente,
Jorge Enrique Gómez Celis.
Ponente.
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 260 DE 2008 CAMARA
por medio de la cual se establecen los derechos de los usuarios del transporte aéreo y se dictan otras disposiciones .
Bogotá, D. C., 2 de junio de 2008.
Doctor
FERNEL ENRIQUE DIAZ QUINTERO
Secretario Comisión Sexta Constitucional Permanente
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad.
Respetado doctor Fernel:
En estricto cumplimiento al encargo proferido por la Mesa Directiva de esta Comisión Sexta Constitucional de la Cámara de Representantes, presento ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 260 de 2008 titulado, por medio de la cual se establecen los derechos de los usuarios del transporte aéreo y se dictan otras disposiciones, en los siguientes términos:
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Objeto del Proyecto
Los autores del proyecto reconocen los adelantos del país en materia de transporte y admiten que la evolución del mismo ha permitido el desarrollo de la humanidad y que la consolidación del transporte aéreo como medio ágil, rápido y seguro no admite discusión; pero advierten de la necesidad imperiosa de establecer parámetros o lineamientos de obligatorio cumplimiento, para que la convivencia social, las relaciones tanto comerciales como contractuales no sufran desmedro o deterioro y para ello es conveniente reglamentar los derechos de los usuarios del servicio de transporte aéreo en la República de Colombia.
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Alcance del Proyecto
El proyecto en estudio se extiende a todas y cada uno de los momentos o actos que realiza el usuario para tener la oportunidad de disfrutar del servicio de transporte aéreo, es decir, desde que el usuario se acerca a las instalaciones de la empresa o aerolínea para obtener información sobre la compra de su tiquete y los servicios prestados, hasta los derechos que le asisten por demora, incumplimiento, pérdida del tiquete o equipaje o cualquier otra causa que perjudique al usuario y cuya responsabilidad sea imputada al transportista.
Dicho proyecto no solo brinda garantías y transmite seguridad al usuario en la prestación del servicio que va a recibir, sino que le facilita al usuario acceder a una atención más eficiente y oportuna a través de lo consagrado en su Capítulo IV artículos 15 al 20, respectivamente; de igual manera en su Capítulo V enuncia en sus artículos 21, 22, 23, 24 la responsabilidad de la Aeronáutica Civil como también la inaplicabilidad de la responsabilidad de las aerolíneas o transportador aéreo.
3. Antecedentes Legislativos
Desde el año 2001 se han presentado una serie de iniciativas legislativas para su discusión y aprobación en el Congreso de la República con el propósito de regular la materia y, por ende dar mayores garantías al usuario del servicio de transporte aéreo así: Proyecto de ley número 082 de 2001, por medio de la cual se expide el estatuto de derechos y deberes de los usuarios del transporte aéreo, el cual, pese a que era un proyecto loable, interesante y bien intencionado fue archivado por no cumplir los tiempos requeridos para un adecuado trámite legislativo. Proyecto de ley número 002 de 2005 Cámara, por la cual se establecen normas para la defensa del usuario de transporte aéreo. Constaba de 12 artículos y presentaron dos ponencias una por la Representante Rocío Arias y la segunda por el Representante Bérner Zambrano quien solicitó el archivo del proyecto por cuanto creaba inseguridad jurídica, toda vez que establecía competencia a diferentes instituciones sobre la misma materia y por cuanto contrariaban las disposiciones de la decisión 619 de 2004 y la Resolución 4498 de 2001. Finalmente, el Proyecto de ley número 357 de 2005 Cámara, por medio de la cual se dispone la compensación de perjuicios causados por las empresas nacionales e internacionales de transporte aéreo que operan en el país, a favor de los usuarios del servicio y se dictan otras disposiciones. Presentado por el honorable Representante Pedro José Arenas, el cual se inspiró en el sistema europeo donde mediante la Resolución comunitaria NR 241 de 2001 establecía compensaciones pecuniarias que se calculaban con base en el tiempo de retardo y el trayecto que el pasajero se disponía a recorrer; este proyecto no tuvo ponencia y fue archivado por términos.
4. Modificaciones al Proyecto
Parágrafo. Es necesario precisar el momento y la autoridad o funcionario ante quien debe informar o presentar la denuncia de pérdida o extravío del tiquete; por cuanto se pretende es solucionarle el impasse o problema de manera inmediata al usuario permitiéndole acceder al vuelo.
Debe incluirse la palabra alojamiento; esto es, que cuando se cambie el destino por culpa del transportista, este debe correr con los gastos de viaje y alojamiento si fuere necesario.
Consideración Final
De lo anterior se colige, que el proyecto en estudio consagra un sinnúmero de bondades, permitiendo concluir que los derechos de los usuarios están debidamente protegidos y garantizados; por consiguiente su contenido es conveniente, favorable y positivo para el grueso de la sociedad colombiana que utiliza este medio de transporte en su diario vivir.
Proposición
Dese primer debate por parte de la Comisión Sexta Constitucional Permanente al texto del Proyecto de ley número 260 de 2008 Cámara, por medio de la cual se establecen los derechos de los usuarios del transporte aéreo y se dictan otras disposiciones.
Jorge Enrique Gómez Celis,
Ponente.
PROYECTO DE LEY NUMERO 260 DE 2008 CAMARA
por medio de la cual se establecen los derechos de los usuarios del transporte aéreo y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Objeto y ámbito de aplicación
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