Ponencia para primer debate al proyecto de ley 073 de 2008 cámara
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 073 DE 2008 CÁMARA. por medio de la cual se establecen medidas tributarias especiales en el departamento del Tolima, debido al problema de desempleo estructural que enfrenta la región
Bogotá, D. C., 18 de octubre de 2008
Doctor
FELIPE FABIAN OROZCO
Presidente Comisión Tercera
Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 073 de 2008 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas tributarias especiales en el departamento del Tolima, debido al problema de desempleo estructural que enfrenta la región.
Apreciado Presidente:
En los términos establecidos por los artículos 174 y 175 de la Ley 5ª de 1992 y en cumplimiento del honroso encargo que nos hiciera la Presidencia de la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes, nos permitimos rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 073 de 2008 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas tributarias especiales en el departamento del Tolima, debido al problema de desempleo estructural que enfrenta la región.
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Objetivo del proyecto
El proyecto tiene por objeto establecer exenciones tributarias en Renta e IVA que se aplicarán en el departamento del Tolima, con el fin de generar un clima favorable a la inversión en los diferentes sectores productivos, que redunde en una mayor contratación de mano de obra y en una disminución de los ya crónicos problemas de desempleo que presenta esta región.
El problema del desempleo del departamento del Tolima y de su capital Ibagué es bien conocido por toda la comunidad nacional, debido a su constante figuración en el primer lugar dentro de las Estadísticas Reportadas por el DANE. Esta situación requiere la adopción de medidas fiscales de alivio para los inversionistas que se quieren asentar en la región, además de otro tipo de medidas que no hacen parte de la estructura del proyecto y tiene que ver con medidas discrecionales del Gobierno referentes a la asignación del gasto público en la zona.
El proyecto plantea unas exenciones parciales en renta por 5 años para las nuevas empresas que se instalen en el departamento del Tolima. Dichas exenciones parciales del impuesto irán desde un monto del 70% del valor a pagar del impuesto en el primer año de entrada en vigencia la norma, hasta el 5° año, en el cual la deducción es del 50%.
Así mismo plantea la devolución del IVA por importaciones para bienes de capital que sean destinados a la instalación de nuevas empresas en la región.
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Fundamento Constitucional
La Constitución hace del trabajo no sólo un derecho fundamental sino un principio y valor del ordenamiento, por lo cual el Estado tiene el deber de protegerlo especialmente. Además, el derecho al trabajo es un derecho social, que como tal tiene unos contenidos mínimos, que son de aplicación inmediata y deben ser protegidos siempre por el Estado.
Desde el preámbulo mismo, la Constitución Política de Colombia, invoca como fin del Estado mismo, la provisión de un ambiente adecuado para la generación de empleo:
¿En ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, ¿¿[1][40].
Así mismo el articulado de la Carta Política hace mención al trabajo no solo como un derecho, sino también como un principio fundante del pacto colectivo, por cuanto supone la forma en que los distintos actores de la sociedad se relacionan unos con otros. Los constituyentes hicieron una valoración del trabajo mas allá de la de ser un insumo para la producción.
Concibieron el trabajo como un elemento fundamental dentro de la sociedad colombiana por los valores y la cultura que genera. Una cultura del esfuerzo y de la dedicación como fuente para generar riqueza y unos valores relativos al respeto por la persona trabajadora y al producto de este esfuerzo. Miremos qué dice la Constitución Política en su primer artículo:
¿Artículo 1º. Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general¿.
En el mismo sentido la Constitución definió como uno de los fines esenciales del Estado la vinculación de la comunidad a la vida económica, social y política de la Nación. Al respecto hay que afirmar que no hay herramienta más efectiva para vincular la comunidad a la vida social y económica que el trabajo mismo. El trabajo enaltece al hombre, lo lleva a relacionarse con los demás, le brinda espacios para...
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