Ponencia para primer debate al proyecto de ley 035 de 2007 senado - 31 de Marzo de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451461470

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 035 de 2007 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 035 DE 2007 SENADO. por medio de la cual se prohíbe el uso del asbesto, en todas sus formas, en la fabricación de todo tipo de elementos en el territorio nacional

Atendiendo la designación hecha por la Mesa Directiva de la honorable Comisión Quinta del Senado de la República, rendimos ponencia al Proyecto de ley número 35 de 2007 Senado, por medio de la cual se prohíbe el uso del asbesto, en todas sus formas, en la fabricación de todo tipo de elementos en el territorio nacional, con las siguientes consideraciones:

El Proyecto de ley número 35 de 2007 Senado, puesto a consideración para primer debate a la Comisión Quinta de la Cámara Alta del Congreso de la República, contempla en su artículo 1° que en Colombia se prohíba ¿hacia el futuro la producción, importación, distribución, venta y uso del asbesto en todas sus formas, incluido el crisolito, en las industrias fibrocementera, automotriz, textil y cualquier otra industria, dado su carácter cancerigeno, universalmente reconocido¿. Y en su artículo 2° agrega: ¿Prohíbase, asimismo, la producción, importación, distribución y venta de materiales de construcción, que contengan cualquier tipo de asbesto, así como la producción, importación, distribución, venta y uso de crisotilo, actinolita, amosita, antofilita, tremolita y cualquier otro tipo de asbesto, o mezcla de ellos, para cualquier cosa, elemento o producto que no constituya material de construcción¿. En vista del alcance económico y social de la propuesta contemplada en el articulado del proyecto de ley en discusión, es necesario hacer un cúmulo de consideraciones que permitan aclarar los alcances de la propuesta que motiva la presente ponencia.

Asbesto es el nombre de un grupo de minerales de origen natural que se utilizan en varios productos, como el material de construcción y los frenos de automóvil, con el fin de resistir al calor y la corrosión. El asbesto incluye el crisotilo, la amosita, la crocidolita, el asbesto de tremolita, el asbesto de antofilito y el asbesto de actinolita, así como cualquiera de estos materiales que hayan sido tratados o modificados químicamente. Significa entonces que la denominación genérica asbesto cobija dos variedades fundamentalmente diferentes entre sí, tanto en su composición química, como en su estructura física, y en cuanto en sus efectos. Estas son: el crisotilo, o asbesto blanco; y la crocidolita, o asbesto azul.

El asbesto se emplea como materia prima de una gran variedad de productos manufacturados, principalmente en materiales de construcción (tejas, baldosas, productos de papel y productos de cemento con asbesto), productos de fricción (embragues y frenos de automóviles) y materias textiles termorresistentes, envases, empaquetaduras y revestimientos. Su uso no ha estado exento de controversia durante los últimos años.

La polémica sobre el uso del producto mineral se ha enmarcado como un tema de salud pública, argumentando que este afecta a los pulmones y a la membrana que los envuelve ocasionando una enfermedad llamada asbestosis. Incluso el Departamento de Salud y Servicios Humanos (DHHS), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA) de Estados Unidos, han determinado que el asbesto puede tener efectos carcinógenos en los seres humanos al no hacer un uso controlado y regulado del mismo.

Desde hace años, algunos productores de fibras sustitutas del asbesto vienen entablando una guerra comercial contra los competidores que emplean este mineral, con argumentos que pretenden ocultar o desconocer las grandes diferencias entre el asbesto blanco (crisotilo) y el asbesto azul (crocidolita). Tales productores trabajaron por más de 40 años con asbesto y defendieron firmemente la tesis de su uso controlado.

Por otro lado, con la Ley 436 de 1998 se aprobó el Convenio 162 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, que ordena utilizar el asbesto en condiciones de seguridad. La norma fue adoptada por 48 países en la 72ª reunión de la Conferencia General de la OIT, celebrada en Ginebra en 1986. De acuerdo con la lógica de la Ley 436 de 1998, en mayo de 2001 se creó en el país la Comisión Nacional de Salud Ocupacional del Sector Asbesto, como un organismo operativo de las políticas y orientaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales, en relación con el uso, el manejo, la utilización, la manipulación y los mecanismos de control de los riesgos derivados del asbesto, con el objeto de consolidar programas de salud ocupacional, medidas preventivas y sistemas de vigilancia epidemiológica. Tal comisión está integrada por el Ministerio de la Protección Social, el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, la industria que emplea el asbesto como materia prima, los gremios de la producción, los sindicatos de las plantas y las Administradoras de Riesgos Profesionales, ARP.

La aprobación del Proyecto de ley número 35 de 2007 Senado implica una serie de riesgos económicos, sociales y políticos negativos para el país y los trabajadores que derivan su ingreso de laborar en la mina de donde se extrae el asbesto y en la industria que lo emplea, pues se afectaría de manera significativa una industria que en el caso de los materiales de construcción está establecida en Colombia desde 1942, y en el de los materiales de fricción desde hace más de 50 años. Además, hasta el día de hoy no existe evidencia científica que indique la creación de problemas de salud ocupacional o pública derivados de la utilización del crisotilo.

Según datos suministrados por la Asociación Colombiana de Fabricantes de Autopartes, Acolfa, al año 2006, la industria que utiliza el asbesto crisolito como materia prima, incluida la mina Las Brisas en Campamento, Antioquia, vendió 249 mil millones de pesos, exportó 54 mil millones de pesos, pagó en impuestos 28 mil millones de pesos, tiene una...

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