Ponencia para primer debate al proyecto de ley 245 de 2009 senado - 10 de Junio de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451467166

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 245 de 2009 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 245 DE 2009 SENADO. por la cual se institucionaliza el Día Internacional de Lucha contra la Drogadicción, se adoptan medidas para la prevención del consumo y financiación del Estado para la reducción de la farmacodependencia y alcoholismo.

Bogotá, D. C., 10 de junio de 2009

Doctor

JAVIER CACERES LEAL

Presidente Comisión Primera

Senado de la República

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 245 de 2009, por la cual se institucionaliza el Día Internacional de Lucha contra la Drogadicción, se adoptan medidas para la prevención del consumo y financiación del Estado para la reducción de la farmacodependencia y alcoholismo.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 5ª de 1992, y agradeciendo la designación que se me hizo, procedo a rendir informe de ponencia al Proyecto de ley número 245 de 2009, por la cual se institucionaliza el Día Internacional de Lucha contra la Drogadicción, se adoptan medidas para la prevención del consumo y financiación del Estado para la reducción de la farmacodependencia y alcoholismo.

Síntesis de lo propuesto

El objetivo inicial del proyecto es celebrar el día 26 de junio de cada año como el ¿¿Día Internacional de la Lucha contra la Drogadicción¿¿, para conseguir dicho objetivo plantea el proyecto toda una gama de publicidad contra la drogadicción, tales como campañas televisadas, actividades radiales y trabajo rehabilitador porel Sena.

De igual manera, declara punible el consumo de esas sustancias en presencia de menores, tal como reza el artículo 5º del proyecto, cae bajo el mismo concepto anterior.

El artículo 6º que castiga el consumo personal en lugares públicos y ante menores y el 7º sobre el almacenamiento de la dosis personal.

El artículo 8º sanciona la compra de la dosis personal. Por su lado el artículo 9º entrega al ejecutivo la asignación de la cantidad constitutiva de la dosis mínima, creando la curiosa figura de la inflación o deflación de dicha dosis, por cuyo motivo la cifra será reconsiderada cada año.

El artículo 11 adiciona el artículo 152 A de la Ley 769 de 2002 regula los castigos dependiendo del grado de intoxicación y con relación a la suspensión de la licencia de conducción. Se castigará con mayor severidad la reincidencia y, nótese bien, el intento de fuga.

El artículo 12 es notable en cuanto tiene la previsión de la ayuda por el Sistema Integral de Seguridad Social para los Adictos.

Igualmente, es benéfico el artículo 13 que asigna dineros de la Dirección Nacional de Estupefacientes a Programas de Rehabilitación de la Drogadicción y el Alcoholismo.

El artículo 14 exige la prescripción médica para sustancias legales que generan dependencia.

El artículo 5º trae previsiones atinentes al mejoramiento de los servicios de salud, con excepción de la financiación de los Tribunales de Etica Médica que salen de la esfera nacional para ser pagados por los departamentos.

Motivaciones del ponente

En un país donde el periódico El Tiempo del 24 de mayo de 2009 titula CADA HORA SE MULTA A UN CHOFER BEBIDO, transforma en humorístico el penar las conductas referidas en el presente proyecto. El alcoholismo publicitado apunta la multitudinaria ingestión colectiva de sustancias que causan dependencia y enfermedad adictiva con el patrocinio del Estado.

El uso de los sicoactivantes ha sido una constante de la humanidad. Veamos la descripción que hace...

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