Ponencia para primer debate al proyecto de ley 017 de 2010 senado - 17 de Noviembre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451473242

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 017 de 2010 senado

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 017 DE 2010 SENADO. mediante la cual se regula la política pública de Residuos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) en Colombia

Bogotá, D. C., noviembre 16 de 2010

Honorable Senadora

DAYRA GALVIS

Presidenta

Comisión Quinta Senado de la República

Ciudad.

Referencia: Ponencia primer debate

Honorable Presidenta:

En cumplimiento del honroso encargo que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Quinta del Senado de la República, rindo el informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 17 de 2010 Senado,mediante la cual se regula la política pública de Residuos Eléctricos y Electrónicos ¿RAEE¿ en Colombia, dentro del término legal establecido en el artículo 153 de la Ley 5ª de 1992, con fundamento en las siguientes consideraciones:

1. Antecedentes del Proyecto de ley 017 de 2010:

Este proyecto fue presentado por la honorable Senadora Claudia Wilches Sarmiento y publicado en la Gaceta del Congreso número 437 de 2010.

La iniciativa tuvo su origen en la legislatura anterior, bajo el número 273 de 2009 Senado, publicado su texto en la Gaceta del Congreso número 185 de 2009 el 31 de marzo de 2009, siendo autora la Senadora Claudia Rodríguez de Castellanos.

Fue retirado, y el 18 de agosto del mismo año, y nuevamente es radicado bajo el número 091 de 2009 Senado y publicado su texto en la Gaceta del Congreso número 749 de 2009.

De la labor de estudio para la época (2009), por parte de varios actores involucrados en este tema, como fue el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, los asesores de la Senadora Elsa Gladis Fuentes quien presentó el Proyecto de ley número 069 de 2009 Senado, por la cual se establece la compra de pilas, baterías eléctricas y basura electrónica por parte del fabricante y se dictan otras disposiciones, tratando de unificar el tema con el de RAEE, pero por no ser el propósito de la iniciativa de la Senadora Claudia Wilches Sarmiento, todo lo relacionado con el tema del Proyecto 069 de 2009, me abstuve de incluirlo.

Por lo anterior, los aportes de todos los mencionados, fueron enriqueciendo y fortaleciendo el proyecto RAEE, el cual nos ocupa en esta legislatura, en beneficio de la salud de los seres humanos y del bienestar del medio ambiente en general.

2. Objetivo del proyecto de ley:

El Proyecto de ley número 017 de 2010 Senado, mediante la cual se regula la política pública de Residuos Eléctricos y Electrónicos ¿RAEE¿ en Colombia,pretende establecer los lineamientos para la elaboración de una política pública que regule la gestión y el manejo integral de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE generados en el territorio nacional. Así como establecer las responsabilidades extendidas del importador, productor, comercializador y generador de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos RAEE.

3. Justificación del proyecto de ley:

En la exposición de motivos del Proyecto de ley número 017 de 2010 Senado, mediante la cual se regula la política pública de Residuos Eléctricos y Electrónicos ¿RAEE¿ en Colombia,la autora argumenta entre otros: Debido al avance de la industria electrónica y de las tecnologías de la información, hace que este tipo de aparatos se vuelven obsoletos y pasen a incrementar las basuras convirtiéndose en un problema ambiental.

Greenpeace advierte cómo cada año se generan entre 20 y 50 millones de toneladas de residuos electrónicos en todo el mundo. Además advierte que en los próximos 5 años los países en desarrollo triplicarán estos desechos[1][1][1][1],[2][2][2][2].

Según un estudio realizado por el Instituto Federal Suizo de la Prueba e Investigación de Materiales y Tecnologías EMPA y el Centro Nacional de Producción Más Limpia y Tecnologías Ambientales CNPMLTA, en Colombia no existe una infraestructura para reciclar este tipo de residuos en el país y se carece de información general y detallada en cuanto a estudios técnicos y de mercado[3][3][3][3] .

Algunos componentes peligrosos son el silicio, que se encuentra en los procesadores informáticos, el gas de los frigoríficos o el flúor del interior de los tubos fluorescentes, los cuales deben ser manejados como residuos peligrosos, cuando son separados de los aparatos. En los teléfonos móviles se encuentran cristales líquidos que suelen estar fabricados con materiales muy contaminantes, así como las baterías.

Las principales preocupaciones frente al manejo de los Residuos de aparatos Eléctricos y Electrónicos se resumen en:

  1. Establecer opciones de gestión diferente a los demás residuos convencionales.

  2. Los rellenos sanitarios no son adecuados para manejar la liberación de contaminantes peligrosos, al medio ambiente y para la salud humana.

  3. Implementar la incineración para su eliminación requiere de alta tecnología.

  4. Prevenir un reciclaje informal.

    En cuanto al manejo se expresa que este debe centrarse en[4][4][4][4]:

  5. Reducir la generación de residuos a las necesidades para un desarrollo sustentable.

  6. Reúso adecuado de productos y piezas

  7. Reciclaje: Volver los materiales como insumo de los mismos.

    Según la autora, Quinientos millones de PC contienen aproximadamente 2.872.000 toneladas de plástico, 718.000 toneladas de plomo, 1.363 toneladas de cadmio y 287 de mercurio. Este flujo de desechos cada vez mayor se está acelerando, dado que el mercado global de PC está lejos de saturarse y el ciclo de vida de un PC está acortándose rápidamente. Por ejemplo, para las CPU (Unidades Centrales de Procesamiento), de cuatro a seis años en 1997 a dos años en 2005.

    Greenpeace ha podido evidenciar que[5][5][5][5], la basura electrónica se está enviando a países con menor desarrollo. Un ejemplo de esto, son las 4.000 toneladas de desechos por hora que china exporta ilegalmente.

    En Colombia, el diagnóstico de Residuos electrónicos de Colombia, realizado por EMPA[6][6][6][6], muestra un incremento en las ventas de computadores y celulares en los últimos tres años. Entre 2005 y 2007, se han vendido alrededor de 2 millones de computadores, lo que corresponde al aproximadamente 60% de la base instalada actual (según estimaciones para el 2007: 3.2 millones de PCS).

    En el año 2008, se generaron entre 40.000 y 50.000 toneladas de residuos electrónicos en todo el país.

    4. Marco Legal Internacional:

    4.1. Convenio de Basilea 1989

    Es un acuerdo Internacional sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, realizado en marzo 22 de 1989 en Basilea. Colombia lo adopta mediante la Ley 253 de 1995.

    El Convenio de Basilea Sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, parte del principio de que los países generadores de desechos deben ser responsables del manejo y transporte de estos. Se basa en la premisa de proteger a países que no cuentan con la capacidad técnica para el manejo de desechos peligrosos. El Convenio tiene como objetivo principal controlar el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos para proteger la salud humana y el medio ambiente, y en especial proteger a los países que no cuentan con la capacidad técnica para el manejo de desechos peligrosos.

    4.2. Protocolo de Montreal 1987 (Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, SAO).

    El Protocolo de Montreal fija plazos máximos para la eliminación de la producción y el consumo de las principales sustancias agotadoras de la capa de ozono. Este instrumento ha sido sustancialmente modificado por las enmiendas de Londres (1990), Copenhague (1992). Recientemente (diciembre de 1997) se adoptaron en la Novena Conferencia de las Partes ajustes para las sustancias controladas de los Anexos A, B, y E, así como una nueva enmienda, que aún no ha entrado en vigor. A la fecha, Colombia es parte de las dos primeras enmiendas. La adopción y entrada en vigor de enmiendas está sujeta al procedimiento previsto en el artículo 9° del Convenio de Viena.

    Actualmente el país se encuentra iniciando su estrategia frente a la eliminación de existencias de los desechos de SAO. Buena parte de estos desechos provienen de los equipos antiguos que estuvieron en uso (refrigeradores y aires acondicionados), que una vez terminan su ciclo de vida, pueden liberar estas sustancias al ambiente, provocando el impacto ambiental correspondiente.

    Convenio de Estocolmo (Compuestos Orgánicos Persistentes COP).

    Teniendo el criterio de precaución consagrado en el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el objetivo del Convenio de Estocolmo es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes, bioacumulables y que se movilizan a grandes distancias en el medio ambiente.

    5. Marco constitucional y legal:

    5.1. Constitución Política:

    ¿ Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.

    Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, También establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.

    Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.

    ¿ Artículo 78. La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la...

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