Ponencia para primer debate al proyecto de ley 293 de 2008 senado 138 de 2007 cámara - 14 de Octubre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451348006

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 293 de 2008 senado 138 de 2007 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 293 DE 2008 SENADO, 138 DE 2007 CÁMARApor la cual se establece la acumulación de minutos o segundos no consumidos en telefonía fija, planes postpago y tarjetas prepago a favor de los usuarios y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., octubre 6 de 2008

Doctor

PLINIO EDILBERTO OLANO BECERRA

Presidente

Comisión Sexta Constitucional Permanente

Honorable Senado de la República

Ciudad

En cumplimiento de la designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Sexta del Senado de la República, nos permitimos presentar informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 293 de 2008 Senado y 138 de 2007 Cámara,por la cual se establece la acumulación de minutos o segundos no consumidos en telefonía fija, planes postpago y tarjetas prepago a favor de los usuarios y se dictan otras disposiciones. Cordialmente,

Juan Manuel Corzo Román, Plinio E. Olano Becerra,Coordinadores;Carlos R. Ferro Solanilla, Néstor I. Moreno Rojas, Carlos J. González Villa, Oscar J. Suárez Mira, Edgar Espíndola Niño,Ponentes.

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 293 DE 2008 SENADO Y 138 DE 2007 CAMARA

por la cual se establece la acumulación de minutos o segundos no consumidos en telefonía fija, planes postpago y tarjetas prepago a favor de los usuarios y se dictan otras disposiciones.

ANTECEDENTES DEL PROYECTO

El Proyecto de ley en mención fue introducido para trámite legislativo por iniciativa parlamentaria, ha surtido los debates respectivos al interior de la Cámara y ahora ha sido puesto en consideración de la Comisión Sexta del Senado para su análisis pertinente. En él ha participado el concepto del Ministerio de Comunicaciones haciendo las precisiones legales y técnicas del caso.

La exposición inicial de motivos está caracterizada por un breve análisis del comportamiento del mercado, Comcel, por ejemplo, para tomar la más grande compañía de telefonía celular, sobrepasó las expectativas. Las utilidades de este grupo alcanzaron los 2.4 billones, frente a 1.6 billones del primer semestre del año anterior, lo que indica un aumento significativo.

La Superintendencia de Industria y Comercio y el Ministerio de Comunicaciones informan que de acuerdo con el reporte emitido por los operadores de telefonía móvil, en el segundo trimestre de 2006 el número de nuevos abonados se incrementó en un 11.77% es decir, en 2.943.517, para un gran total a 30 de junio de 2006, de 27.958.640 de usuarios. Cabe destacar que para el mismo período del 2005 el número de usuarios era de 15.581.389, como se muestra en la siguiente gráfica.

USUARIOS REPORTADOS POR LOS OPERADORES MOVILES COMPARATIVO

CONSULTAR CUADRO EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

INDICE DE PQR¿S EN CELULARES DISMINUYO EN EL SEGUNDO TRIMESTRE DE 2006

CONSULTAR CUADRO EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

La Superintendencia de Industria y Comercio y el Ministerio de Comunicaciones informan que de acuerdo con el reporte emitido por los operadores en telefonía móvil en el segundo semestre de 2006, el número de nuevos abonados se incrementó en un 11.77%, es decir, en 2.943.517, para un gran total a 30 de junio 2006 de 27.958.640 usuarios. Cabe destacar que para el mismo periodo del 2005 el número de usuarios era de 15.581.389.

Después de evaluar las peticiones, quejas y reclamos que recibieron los operadores de telefonía móvil en el periodo comprendido entre el primero de abril y 30 de junio de 2006 se encontró que a pesar que el número de usuarios ha aumentado, se presentó una disminución de 4.440 de peticiones, quejas y reclamos, equivalente a un 6.62% con respecto al primer trimestre. De este gran total, Colombia Móvil disminuyó en un 29.34%, contrario a Telefónica con el 28.33%.

El tipo de peticiones, quejas y reclamos recibidas por los operadores pone en evidencia los problemas más comunes que enfrentan los usuarios de telefonía móvil así como las debilidades que se siguen presentando entre los operadores con temas como facturación indebida, deficiencia en la calidad y prestación del servicio, no abono oportuno y negación de llamadas de fijo a celular, entre otras.

La telefonía celular ha pasado de ser un artículo suntuario, de privilegio para algunos sectores de la sociedad, a convertirse en un artículo indispensable para la comunicación de millones de colombianos. Todos sin distinción de clase social, cuentan con una línea celular y se prefiere por encima de una línea convencional porque el costo de esta resulta mucho mayor. Bajo estas preferencias se encuentra que los usuarios optan por la modalidad prepago ya que las condiciones son más flexibles que estar bajo el esquema pospago.

Las tarifas señalan que el tiempo de llamada será facturado por minuto, sin importar que el usuario no hable la totalidad del mismo, es decir, el tiempo de la llamada se redondea al minuto superior siguiente. Supongamos que un usuario hace 6 llamadas cada una con duración de 1 minuto con 1 segundo. Lo lógico es que el usuario se le cobre 6 minutos con 6 segundos. El operador celular aplicando el redondeo le cobrará 12 minutos, casi el doble del tiempo que efectivamente hizo uso del servicio. De esa forma las empresas obtienen una ganancia adicional por minuto cercana al 100 por ciento. Esta situación es avalada por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, lo cual configura una desventaja para el consumidor, por cuanto debe pagar de conformidad con lo que se consume, lo cual no sucede así, pues las compañías de telefonía móvil celular utilizan el mal llamado redondeo.

Avalando esta situación denominada ¿redondeo¿ la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones expidió la Resolución 1040 de 2004, en su artículo 7.3.6 Transferencia de saldos. Siempre y cuando sea técnicamente viable, los operadores deberán ofrecer la opción de transferir los saldos no consumidos de tarjetas aún vigentes, a una nueva tarjeta, mediante el reemplazo de tarjetas, activación a través de un sistema de audiorrespuesta o por cualquier otro medio idóneo.

El operador deberá informar al usuario si se permite la transferencia de saldos. Y artículo 7.3.7. Vencimiento de las tarjetas prepago. Los operadores responsables de los servicios ofrecidos en una tarjeta prepago, deberán informar mediante un aviso claramente identificable por el usuario, antes de la compra de la tarjeta, el tiempo de vigencia de la misma a partir de su primer uso y la fecha de expiración. En ningún caso la fecha de expiración podrá ser inferior a un (1) año, contado a partir de su expedición.

REGIMEN JURIDICO DE LAS TARJETAS PREPAGO

De conformidad con las características del acuerdo de voluntades existente entre el usuario y la empresa prestadora del servicio, se puede concluir que las tarjetas prepago se encuentran sujetas a un contrato de adhesión, el cual a pesar de ser atípico no se encuentra eximido de cumplir con lo establecido en el régimen de protección al consumidor.

El contenido de la tarjeta prepago debe corresponder a la información que se suministre a su comprador. Las tarifas prepago no están sujetas a normatividad alguna que obligue a la empresa prestadora del servicio vender unidades de tiempo específicas, por lo tanto, esto es algo que se debe determinar en el contrato. No obstante lo anterior, es de aclarar que las tarifas que se les aplican se encuentran sujetas al régimen vigilado por la CRT.

REGIMEN...

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