Ponencia para primer debate al proyecto de ley 328 de 2009 senado 093 de 2008 cámara - 28 de Septiembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451370174

Ponencia para primer debate al proyecto de ley 328 de 2009 senado 093 de 2008 cámara

PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 328 DE 2009 SENADO, 093 DE 2008 CÁMARApor la cual la Nación se asocia a la celebración del cincuentenario de trabajo de las juntas de acción comunal en Colombia y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., 9 de septiembre de 2009

Doctor

RODRIGO LARA RESTREPO

Presidente Comisión Séptima

Honorable Senado de la República

Ciudad

Ref: Informe de Ponencia para primer debate al proyecto de ley número 328 de 2009 Senado, 093 de 2008 Cámara, por la cual la Nación se asocia a la celebración del cincuentenario de trabajo de las juntas de acción comunal en Colombia y se dictan otras disposiciones.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento del encargo impartido por la Mesa Directiva de esta célula congresional y, de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y siguientes de la Ley 5ª de 1992, presentamos informe de ponencia para primer debate del proyecto de la referencia.

1. Antecedentes del proyecto de ley

El presente proyecto de ley es de autoría del honorable Representante a la Cámara, Venus Albeiro Silva, fue radicado bajo el número 093 de 2008 Cámara de Representantes y publicado en la Gaceta del Congreso número 545 de 2008.

Fue aprobado en primer debate por la Comisión Séptima Constitucional Permanente de la honorable Cámara de Representantes, en sesión ordinaria el día18 de noviembre de 2008. Posteriormente, en Sesión Plenaria del día 26 de mayo de 2009, fue aprobado en segundo debate.

2. Contenido

El proyecto en su estructura se compone de cinco (5) artículos, a saber:

Artículo 1°. Sin título específico.

Artículo 2°.Sin título específico.

Artículo 3°.Sin título específico.

Artículo 4°.Sin título específico.

Artículo 5°. Vigencia.

3. Objeto del proyecto de ley

La presente iniciativa tiene como objeto que la Nación se asocia a la celebración del cincuentenariode institucionalización de la Acción Comunal en Colombia.

4. Alcance del proyecto de ley

De acuerdo al artículo 22 de la Ley 19 de 1958¿Los Concejos Municipales, la Asambleas Departamentales y el Gobierno Nacional, podrán encomendar a las juntas de acción comunal integradas por vecinos de cada distrito y que se organicen de acuerdo con las normas que expidan los respectivos Consejos y a otras entidades locales, funciones de control y vigilancia de determinados servicios públicos, o dar a esas juntas cierta intervención en el manejo de los mismos¿. Con este artículo se crearon las Juntas de Acción Comunal (JAC), las cuales...

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