Ponencia Segundo Debate Ascenso Oficial Ejercito Nacional de 2014 Senado - 26 de Noviembre de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 546213970

Ponencia Segundo Debate Ascenso Oficial Ejercito Nacional de 2014 Senado

al grado de Brigadier General del Coronel del Ejército Nacional Carlos Iván Moreno Ojeda. Bogotá, D. C., 25 de noviembre de 2014

Doctor

JIMMY CHAMORRO CRUZ

Presidente

COMISIÓN SEGUNDA SENADO DE LA REPÚBLICA

Ciudad

Respetado señor Presidente:

En atención a la designación que me hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Segunda del Senado de la República que usted dignamente preside, y con fundamento en lo establecido en los artículos 217, 218, 173 numeral 2, 189 numeral 19, de la Constitución Política de Colombia; artículo 2° de la Ley 3ª de 1992 y el artículo 141 numeral 1 de la Ley 5ª de 1992 (Reglamento Interno del Congreso), el Decreto 2192 del 29 de Octubre de 2014 y Resolución de Mesa Directiva número 242 de mayo 31 de 2013, me permito presentar ponencia para segundo debate del ascenso a Brigadier General del Coronel del Ejército Nacional, Carlos Iván Moreno Ojeda.

MARCO JURÍDICO

Por expreso mandato de nuestra Constitución Política consagrado en el artículo 189 numerales 3 y 19, el Presidente de la República como Comandante en Jefe de las Fuerzas Militares de Colombia, tiene la potestad de dirigir la Fuerza Pública, disponer de ella y conferir grados a sus miembros.

Facultad conferida exclusivamente al Presidente de la República, supeditada a la norma superior, y sometida a la aprobación del Senado de la República conforme a lo establecido en el artículo 173 numeral 2 ¿por medio del cual se consagrada la atribución por parte del Órgano Legislativo para aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde Oficiales Generales y Oficiales de insignia de la Fuerza Pública, hasta el más alto grado¿.

En el artículo 2° de la Ley 3ª de 1992, se le asigna única competencia a la Comisión Segunda Constitucional Permanente del Honorable Senado de la República, ¿para aprobar o improbar en primer debate los ascensos de los militares y de policía que confiera el Gobierno Nacional¿.

La Mesa Directiva del Senado de la República, en aras de la transparencia en el trámite de ascensos militares que le corresponden, y facultada por la Ley 5ª de 1992 (Reglamento Interno del Congreso), podrá adoptar decisiones y medidas necesarias y procedentes para una mejor organización interna, en orden a una eficiente labor legislativa y administrativa, a través de lo reglamentado en la Resolución número 242 del 31 de mayo de 2013, la cual establece el trámite interno de aprobación o no aprobación por el Senado de la República, de los ascensos militares y de policía que confiera el Gobierno Nacional, de los Oficiales Generales y Oficiales de Insignia de la Fuerza Públi ca.

Conforme lo anterior, el Presidente de la República mediante el Decreto 2192 del 29 de Octubre de 2014, decreta el ascenso del señor Coronel Carlos Iván Moreno Ojeda, al grado de Brigadier General.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

Una vez realizado el análisis de la hoja de vida del señor Coronel del Ejército Carlos Iván Moreno Ojeda, se considera que cumple en su totalidad con los requisitos y documentos establecidos en la Resolución número 242 de 31 de mayo de 2013 de la Mesa Directiva.

Por lo anteriormente...

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