Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 214 de 2001 cámara - 14 de Junio de 2001 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451248298

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 214 de 2001 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 214 DE 2001 CÁMARA. por medio de la cual se dictan normas para el registro y abanderamiento de naves y artefactos navales dedicados al transporte marítimo y a la pesca comercial y/o industrial.

Bogotá, D. C., 12 de junio de 2001

Doctor

BASILIO VILLAMIZAR TRUJILLO

Presidente de la Cámara de Representantes

Ciudad

Señor Presidente:

En cumplimiento de la designación que me hizo el señor Presidente de la Comisión Segunda Constitucional Permanente, y de acuerdo con el Reglamento del Congreso, relacionado con el trámite de los proyectos de ley, rindo ponencia para segundo debate al proyecto de Ley que corresponde al título consignado arriba, cuyos autores son los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Comercio Exterior, en los siguientes términos:

  1. GENERALIDADES

    El abanderamiento de naves en Colombia es una necesidad nacional, ya que contamos con costas en los dos océanos más importantes del mundo y actualmente existen muy pocos barcos pesqueros y mercantes de bandera colombiana. Lo anterior, por cuanto los empresarios colombianos y extranjeros abanderan sus barcos en otros países donde encuentran mejores condiciones, garantías, trámites ágiles e incentivos económicos.

    En este orden de ideas, existe la urgente necesidad de ajustar la legislación colombiana para que naves y artefactos navales se abanderen en Colombia en condiciones internacional mente competitivas. En el caso de la pesca, es necesario que Colombia cuente con productos originarios que se beneficien de los acuerdos internacionales, tanto en materia comercial, como en materia ambiental; mientras en el caso de los barcos mercantes, es necesario que nuestra economía se beneficie de los fletes de la actividad comercial internacional.

    Contar con una legislación que propicie el abanderamiento de barcos pesqueros en Colombia, permitirá triplicar nuestras exportaciones de atún a los mercados de la Unión Europea, por el beneficio que otorgan las ventajas arancelarias contenidas en las preferencias otorgadas a Colombia y a los demás países andinos, si la captura de atún se hace en barcos de bandera colombiana, ya que de esta forma se cumple la normativa de origen establecida para tener derecho a dicho beneficio. En este caso, como en los demás mercados del mundo, el país de origen del atún lo define la bandera del barco.

    En este orden de ideas, resulta imperioso dictar normas que faciliten el registro de naves y artefactos navales dedicados al transporte marítimo y a la pesca comercial y/o industrial y poner a dichas naves de bandera colombiana en condiciones similares a las de bandera extranjera.

  2. DE LOS OBJETIVOS Y PROPOSITOS DEL PROYECTO

    La facilitación del registro mediante la agilización de los trámites y la disminución de los costos, dentro de los cuales se encuentra el IVA, conllevará el aumento del número de naves abanderadas en Colombia y por consiguiente ayudará al desarrollo de dos actividades económicas fundamentales para la actividad exportadora: una relacionada con la actividad pesquera y otra con el transporte marítimo de mercancías.

    En el caso del transporte marítimo de mercancías, el abanderamiento de naves en Colombia permitirá tener una mayor competitividad en las ofertas para la prestación del servicio de transporte, las cuales hoy en día presentan una situación de desventaja en el mercado internacional de fletes, al competir desigualmente con naves que tienen grandes beneficios en sus respectivos países.

    En el caso del sector pesquero, el abanderamiento de naves permitirá el fomento de la captura de los recursos pesqueros en aguas territoriales, en la zona económica exclusiva y en aguas internacionales, en barcos de bandera colombiana, actividad que hoy en día es desarrollada casi exclusivamente por barcos de bandera extranjera, los cuales tienen mayores ventajas que los nacionales y se benefician de nuestra riqueza ictiológica.

    Las plantas procesadoras de productos pesqueros deben recurrir al alquiler de barcos de bandera extranjera, o a la afiliación de sus naves bajo banderas de otros países, para obtener el recurso pesquero, pues, debido a los beneficios que existen para estos barcos frente a los nacionales, los inversionistas prefieren abanderar los barcos en países distintos a Colombia.

    Por la carencia de barcos de bandera nacional, Colombia se vio obligada a solicitarle a la Unión Europea ‑con el fin de cumplir con la norma de origen para beneficiarse de las preferencias otorgadas por la UE‑, la acumulación de origen entre los países de la Comunidad Andina y, adicionalmente, con los países europeos. Lo anterior fue la mejor manera de lograr que nuestro recurso pesquero, procesado cumpla origen, pero obliga a las plantas a procesar las capturas en barcos abanderados en los países de la Comunidad Andina o en países europeos.

    Por otra parte, el abanderamiento de naves en territorio colombiano, permitirá obtener...

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