Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 158 de 2007 cámara - 11 de Noviembre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451349134

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 158 de 2007 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 158 DE 2007 CÁMARA. por medio de la cual se dicta la Ley de la Danza, se crea el Fondo Nacional de la Danza y se dictan otras disposiciones

Bogotá, D. C., 7 de noviembre de 2008

Doctor

ALONSO ACOSTA OSIO

Presidente Comisión Sexta

Cámara de Representantes

Ciudad.

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 158 de 2007 Cámara, por medio de la cual se dicta la Ley de la Danza, se crea el Fondo Nacional de la Danza y se dictan otras disposiciones.

Respetado señor Presidente:

Atendiendo la honrosa designación de la Mesa Directiva de la Comisión Sexta de la honorable Cámara de Representantes y de conformidad con la Ley 5ª de 1992, me permito presentar a consideración de la Plenaria de la Cámara, el informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 158 de 2007 Cámara, por medio de la cual se dicta la Ley de la Danza, se crea el Fondo Nacional de la Danza y se dictan otras disposiciones.

  1. Antecedentes del proyecto

    La iniciativa fue presentada por el honorable Representante Venus Albeiro Silva Gómez, el día 4 de octubre de 2007 y publicado en la Gaceta del Congreso número 503 de 2007.

    Posteriormente y una vez surtido el trámite correspondiente, el proyecto con modificaciones, fue aprobado en primer debate en la Comisión Sexta de la Cámara de Representantes, el día 18 de junio de 2008.

  2. Objeto del proyecto

    El proyecto busca que las danzas en sus diversos géneros tengan un lugar preponderante en el desarrollo integrar del ser humano. Además, propone incentivos para su fomento, con el fin de promover su práctica y divulgación, no solo a nivel nacional sino internacional, específicamente con la creación de un Fondo para el Fomento de la Danza.

    Finalmente hace referencia a la importancia que la danza debe tener en la formación de las nuevas generaciones y como tal, en la capacitación en los establecimientos educativos, inclusive desde los primeros niveles de educación.

  3. Consideraciones sobre el proyecto

    Las danzas pertenecen a las artes escénicas, a las cuales hoy están vinculadas aproximadamente 80.000 personas, en condición de representantes culturales, quienes están dedicados a las diversas modalidades de danzas típicas y aquellas extranjeras que por su importancia para el desarrollo sociocultural de nuestra población, es necesario tener en cuenta.

    La incidencia del sector de la cultura se observa en los principales renglones de la economía como el comercio, la industria, el turismo y los servicios. Según estudios adelantados por el Ministerio de Cultura, el sector, incluidas las industrias culturales, tiene una participación de más de dos puntos, dentro del Producto Interno Bruto del país.

    Es importante tener presente que llevar una obra al público, implica una serie de etapas, elementos y factores, dentro de los cuales sobresalen los que se mencionan a continuación y que lógicamente requieren de significativos recursos económicos:

    Preproducción. Creación de la obra.Derechos de autor, Permisos, Licencias, Financiación, Planeación, Gestión y Administración.

    Ensayos. Elenco o grupo artístico, Dirección coreográfica y artística, música y músicos, espacios para ensayos, escenografía, maqueta, iluminación, utilería, efectos especiales.

    Difusión. Promoción, publicidad, carteles, volantes, entrevistas, boletería, patrocinios.

    Realización de la producción. Vestuario, confección, zapatos, accesorios, lavandería, tintorería, maquillaje, videos, registro fotográfico. Transporte, embalaje, estivas, consumible y perecederos. Limpieza, mantenimiento, reparaciones.

    Temporada. Gira, hospedaje, alimentación, transporte, prensa, crítica. Viáticos. Contingencias.

    Posproducción. Embalaje, mudanza, trámites, pagos.

    En cuanto a costos, a manera de ejemplo se puede mencionar que para bailar Mapalé, una pareja necesita como mínimo el siguiente vestuario: Mujer: falda corta con boleros, blusa corta con boleros de colores vivos; y Hombre: pantalón con boleros, camisa ombliguera con boleros en las mangas, prendas que tienen un costo aproximado de $160.000. Como cada grupo tradicional consta de cinco o más parejas, se concluye que el costo para llevar al público este reconocido baile, en tarima de una plaza colombiana, requiere de una inversión mínima de $900.000 en vestuario.

    Por otra parte, es indudable que el sector cultural y artístico de la danza es el más amplio, diverso, latente y presente de las manifestaciones de las artes, como el que también tiene mayor extensión y cobertura geográfica y participación no solo de género, sino de edades y composición étnica del país.

    Se puede afirmar sin equivocación, que no hay núcleo de población en el país, ya sea urbano o rural, sin un grupo de danza que se incorpore a sus actividades comunitarias, culturales y festivas, lo que significa que su cubrimiento comprende toda la geografía y extensión del territorio nacional. Durante el año, en todos los municipios del país, se llevan a cabo celebraciones, Ferias y Fiestas, encontrándose que en muchos de ellos, el eje principal es precisamente la danza y el folclor.

    Muestras de la importancia de la danza en el país, son eventos como el Carnaval de Barranquilla, declarado Patrimonio de la Humanidad, en donde la actividad fundamental la encarnan las manifestaciones de la danza. Igualmente la participación de esta en los Festivales del Bambuco y el Folclor en Neiva e Ibagué; las Ferias de Cali con la salsa, las de Manizales con el Tango y el Pasodoble, Medellín con la danza tradicional y el festival iberoamericano de Tango, Festivales Nacionales e Internacionales de Joropo en los Llanos y los que se llevan a cabo en el bajo Magdalena y los diferentes municipios de los Departamentos, tanto de la Costa Caribe como de la Pacífica.

    De lo anterior se establece que la danza, además de estar íntimamente ligada a los valores y tradiciones culturales de todos los colombianos, es una actividad que beneficia económicamente a muchas familias de la patria y por tanto, que se requiere del decidido apoyo del Estado para fortalecer la práctica de esta manifestación artística y lograr que las nuevas generaciones de colombianos mantengan vivas nuestras costumbres y tradiciones, objetivos hacia los cuales precisamente apunta el presente proyecto de ley y que en consecuencia, le dan trascendencia e importancia al mismo.

  4. Aspectos constitucionales y legales

    Es conveniente señalar que la propia Constitución, la legislación vigente y distintos fallos de la Corte Constitucional hacen expresa mención a la importancia que tiene la Cultura, así como sobre la obligación de protegerla y la necesidad de promover e incentivar el acceso a la misma.

    En tal sentido, el artículo 7° de la Carta Magna establece: ¿El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana¿.

    Así mismo nuestra Constitución en su artículo 8° contempla: ¿Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación¿.

    De igual manera los artículos 70 y 71 Constitucionales, además de reiterar que la cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad, señalan el deber que tiene el Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura y difundir los valores culturales de la Nación. Adicionalmente, que el Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten, entre otras, las manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a quienes ejerzan dichas actividades.

    Por su parte, la honorable Corte Constitucional ha corroborado estos principios y postulados en diversos fallos, dentro de las cuales se pueden mencionar la Sentencia T-605 de diciembre 14 de 1992 en donde se indica: ¿¿La diversidad cultural hace relación a formas de vida y concepciones del mundo no totalmente coincidentes con las costumbres de raza, religión, lengua, economía y organización política. Los grupos humanos que por sus características culturales no encuadran dentro del orden económico, político y social establecido para la mayoría, tienen derecho al reconocimiento de sus diferencias, con fundamento en los principios de dignidad humana, pluralismo y protección de la minorías¿.

    De igual manera la Sentencia C-742 de 2006 que señala: ¿¿.Como manifestación de la diversidad de las comunidades, como expresión de la riqueza humana y social de los pueblos y como instrumento para construir sociedades organizadas que aprenden a manejar sus relaciones adecuadamente, la cultura fue reconocida en la Constitución de 1991 como un pilar fundamental que requiere especial protección, fomento y divulgación del Estado. En efecto, es amplio el conjunto de normas constitucionales que protegen la diversidad cultural como valor esencial de nuestra Nación, de tal manera que dicho bloque normativo, que también se ha denominado por la doctrina como la Constitución Cultural[1][1], entiende la cultura como valor, principio y derecho que deben impulsar las autoridades¿.

    Finalmente el Documento Conpes 3162 de 2002, mediante el cual se establecen los Lineamientos para la sostenibilidad del Plan Nacional de Cultura 2001-2010 ¿Hacia una ciudadanía democrática cultural¿, en donde textualmente se indica: ¿¿Es preciso valorar la naturaleza siempre cambiante y dinámica de la cultura y señalar cómo en ella se revelan los modos como los pueblos viven juntos y las maneras como estos construyen sus memorias, elaboran productos y establecen lazos de confianza que posibilitan que las sociedades funcionen. De hecho, los valores culturales son base para el desarrollo y contribuyen profundamente a la cohesión social.

    De otra parte, la cultura es importante por su alto poder de conmover la profundidad del ser humano. Porque ella misma humaniza. Porque es capaz de convocar a los colombianos, más allá de diferencias ideológicas, religiosas y políticas; y porque facilita la cohesión social al fomentar la confianza, la cooperación, la asociación, la...

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