Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 155 de 2008 cámara - 31 de Julio de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451366214

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 155 de 2008 cámara

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 155 DE 2008 CÁMARA. por medio de la cual se amplía la Licencia de Maternidad y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., julio 28 de 2009

Doctor:

RIGO ARMANDO ROSERO ALVEAR

Secretario Comisión Séptima

Cámara de Representantes

Ciudad

Respetado doctor:

Con la presente me permito allegar la ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 155 de 2008 Cámara, por medio de la cual se amplía la Licencia de Maternidad y se dictan otras disposiciones.

Atentamente,

Rodrigo Romero Hernández,

Ponente.

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 155 DE 2008 CAMARA

por medio de la cual se amplía la Licencia de Maternidad y se dictan otras disposiciones.

Objetivo del proyecto

El proyecto objeto de análisis, busca modificar el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, ampliando la licencia de maternidad a 180 días calendario para la madre y estableciendo un tiempo de licencia remunerada para el padre.

Origen del proyecto

El Proyecto de ley número 155 de 2008, fue presentado por el honorable RepresentanteJorge Julián Silva Meche, ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes.

Del contenido del proyecto

El proyecto de ley cuenta con un único artículo, mediante el cual se pretende la modificación del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo. El cambio busca ampliar el tiempo de la licencia de maternidad. También pretende aumentar los días de descanso remunerado del padre trabajador. La disposición señalada también cobija a los padres adoptantes del menor de siete (7) años de edad.

Marco conceptual y desarrollo del tema

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

Artículo 42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia. La ley podrá determinar el patrimonio familiar inalienable e inembargable. La honra, la dignidad y la intimidad de la familia son inviolables. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes. (¿) Los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes. La ley reglamentará la progenitura responsable.

Artículo 43. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.

Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños. La vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. (¿) Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

Comentarios generales

La licencia de maternidad es una licencia remunerada, la cual busca que la madre tenga un descanso adecuado durante los días previos al parto y posteriores al nacimiento, de tal forma que pueda dedicarse a su recuperación a su hijo.

En el campo de la medicina se ha considerado que: ¿La lactancia materna es el método ideal de alimentación del recién nacido. Es económico y satisfactorio desde el punto de vista emocional para la mayoría de las mujeres; ayuda a contraer el útero después del parto; acelera el proceso para que vuelva a su tamaño normal en el posparto y promueve la relación afectiva entre madre e hijo. El recién nacido es inmaduro desde el punto de vista inmunológico (defensas) y los anticuerpos que la madre forma durante la lactancia, constituyen las defensas del bebé contra la inflamación. La leche materna aporta protección contra enfermedades, contiene un factor antibacteriano específico y otro de resistencia que protege al neonato contra infecciones por bacterias; tiene valor como preventivo en relación a alergias alimentarías en la infancia¿.

¿El crecimiento y desarrollo óptimo es la expresión de un adecuado estado de salud del niño. El crecimiento y desarrollo resulta de la sumativa de múltiples factores, de los que, la alimentación en forma individual juega un papel trascendental. La leche materna constituye el alimento ideal, especialmente en el primer año de vida. Su composición nutricional, permite un crecimiento armónico, al ser administrada como alimento único¿.

Revista Médica Británica The Lancet: ¿Los esfuerzos para la promoción de prácticas óptimas de lactancia materna y de alimentación complementaria son dos de las tres acciones preventivas más eficaces para prevenir la mortalidad en la niñez, uno de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Los beneficios de la lactancia durante los críticos primeros dos años de desarrollo, aún en...

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