Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 269 de 2009 senado - 27 de Agosto de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451468362

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley 269 de 2009 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY 269 DE 2009 SENADO. por medio de la cual se declara como Patrimonio Cultural de la Nación y Patrimonio Genético Nacional las razas Bovinas Criollas y Colombianas puras, se adiciona un parágrafo a la Ley 89 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., 25 de agosto de 2009

Honorable Senador

ARTURO CHAR CHALJUB

Presidente

Comisión Quinta

Senado de la República

E. S. D.

Asunto: Informe de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 269 de 2009 Senado, por medio de la cual se declara como Patrimonio Cultural de la Nación y Patrimonio Genético Nacional las razas Bovinas Criollas y Colombianas puras, se adiciona un parágrafo a la Ley 89 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

Cordial saludo:

Dando cumplimiento al encargo que me hiciera la Mesa Directiva y a las disposiciones contenidas en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992, presento a consideración de los Miembros de la Comisión Quinta Constitucional Permanente, el presente informe de ponencia para segundo debate del proyecto de ley de la referencia, con base en las siguientes consideraciones:

  1. Generalidades

    1.1 Objeto del proyecto

    El objeto de este proyecto de ley es la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y Patrimonio Genético Nacional las razas Bovinas Criollas y Colombianas puras.

    1.2 Importancia del proyecto

    Esta iniciativa, surge ante la necesidad de proteger aquellas razas bovinas que a través del tiempo se han venido consolidando como las razas de mayor productividad en el país. Este reconocimiento obedece a todo un proceso evolutivo de adaptación a las distintas condiciones climáticas y meteorológicas de los diversos territorios del país.

    La declaratoria como patrimonio cultural de la Nación y Patrimonio Genético Nacional las razas Bovinas Criollas y Colombianas puras, es necesaria y urgente, en la medida que hasta hoy las especies bovinas no cuentan con un mecanismo de protección frente a las exportaciones de material genético de dichas razas.

    Así mismo, el proyecto crea programas de promoción y protección a estas razas bovinas con el fin de generar un sentido de pertenencia frente a estas especies que hacen parte de nuestro patrimonio.

  2. Contenido del proyecto y explicación del articulado

    Esta iniciativa propone un texto que contiene (10) diez artículos; de los cuales los tres primeros señalan el objeto de la ley, esto es la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y Patrimonio Genético Nacional las razas Bovinas Criollas y Colombianas puras. Así mismo, el artículo 3° reconoce de manera taxativa las razas Bovinas Criollas y Colombianas puras.

    El artículo 4° autoriza al Gobierno Nacional para destinar recursos y desarrollar programas de protección de estas razas Bovinas Criollas y Colombianas puras; siempre y cuando se obtenga el certificado que acredite la condición de pureza. Así mismo, se implementa un incentivo consistente en la creación de líneas de crédito blando a quienes se dediquen a la cría y desarrollo de estas razas. En cuanto el artículo 5°, dispone realizar un censo que permita determinar con certeza el hato de estas razas criollas y puras en el país. El artículo 6° busca crear un banco de germoplasma exclusivo de dichas razas y señala al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la entidad encargada de controlar las exportaciones de material genético de las razas Criollas y Colombianas puras.

    El artículo 7° adiciona un parágrafo al artículo 4° de la Ley 89 de 1993. En cuanto a los artículos 8° y 9°, se pretende establecer, por un lado, el día 24 de septiembre de cada año como el día de las razas Bovinas Criollas y Colombianas puras y, por otro lado, crear la cátedra de Ganado Bovino Criollo y Colombiano Puro en las facultades de Zootecnia, Veterinaria y Biología.

  3. Marco normativo

    Ley 89 de 1993

    por la cual se establece la Cuota de Fomento Ganadero y Lechero y se crea el Fondo Nacional del Ganado.

    Artículo 4°. Objetivos.Los recursos del Fondo Nacional del Ganado, se utilizarán preferencialmente en:

  4. La comercialización de carne y leche destinada a los estratos sociales de medianos y bajos ingresos.

  5. El apoyo a la exportación de ganado, carne y leche.

  6. Cofinanciar la inversión en infraestructura física y social complementaria en las zonas productoras.

  7. La investigación científica y tecnológica y la capacitación en el sector pecuario.

  8. La asistencia técnica, la transferencia de tecnología y la capacitación para incrementar la productividad en la industria ganadera.

  9. La promoción de cooperativas cuyo objeto sea beneficiar a los productores y consumidores.

  10. La financiación de programas y proyectos de fomento ganadero desarrollado por los fondos ganaderos con interés de fomento.

  11. Efectuar aporte de capital en empresas de interés colectivo dedicadas a la producción, comercialización e industrialización de insumos y productos del sector pecuario.

  12. La organización de industrias con sistemas eficientes de comercialización que...

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