Ponencia Para Segundo Debate en Primera Vuelta al P.A.L. 043 de 2015 Cámara - 8 de Septiembre de 2015 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 582386110

Ponencia Para Segundo Debate en Primera Vuelta al P.A.L. 043 de 2015 Cámara

por medio del cual se adiciona el artículo 171 de la Constitución Política. Bogotá, D. C., septiembre 2 de 2015

Honorable Representante

MIGUEL ÁNGEL PINTO HERNÁNDEZ

Presidente Comisión Primera

Cámara de Representantes

Ciudad

Referencia: Informe de ponencia para segundo debate en primera vuelta del Proyecto de Acto Legislativo número 043 de 2015 Cámara de Representantes.

Señor Presidente:

De conformidad con el encargo impartido por usted, presento por su conducto a consideración de la Plenaria de la Cámara de Representantes el informe de ponencia correspondiente al Proyecto de Acto Legislativo número 043 de 2015, por medio del cual se adiciona el artículo 171 de la Constitución Política, el cual fue aprobado por la Comisión Primera de la Corporación en la sesión celebrada el día 1º de septiembre de 201 5, con el siguiente texto:

PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 043 DE 2015 CÁMARA DE REPRESENTANTES

por medio del cual se adiciona el artículo 171 de la Constitución Política.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónese el inciso 6° al artículo 171 de la Constitución Política, el cual quedará así:

Habrá un Senador por cada uno de los departamentos señalados en el artículo 309 de la Constitución Política. Esta curul se asignará al Representante a la Cámara que haya obtenido el mayor número de votos preferentes o sea el primero en el orden de inscripción de la lista cerrada.

Artículo 2º. El presente acto legislativo se a plicará a partir de las elecciones para Congreso inmediatamente siguientes a su promulgación.

Como fundamento para la aprobación en primer debate de esta iniciativa congresual de reforma a la Constitución, la Comisión Primera encontró necesario garantizar plenamente la representación de todas las entidades territoriales del orden departamental que conforman el Estado colombiano en la estructura bicameral del Congreso.

Lo anterior, considerando que a pesar de la pretensión del Constituyente de 1991 de contar con un Congreso bicameral de un Senado de circunscripción nacional y una Cámara de Representantes de circunscripción territorial departamentalizada, en la práctica se ha presentado un problema de legitimidad de la representatividad plasmada en el texto constitucional, porque el peso demográfico tiene una relación directamente proporcional con la cantidad de congresistas que cada región del país logra elegir.

Por ello, en el caso del Senado, las campañas de los candidatos se concentran en regiones con densas concentraciones poblaciones, lo que lleva, a su turno, a que no haya senadores provenientes de regiones con población escasa y dispersa. Lo anterior significa que a pesar de la circunscripción nacional, la mayoría de los senadores tiene una representatividad fuertemente arraigada a un ámbito geográfico específico del territorio.

Así, de acuerdo con un estudio adelantado por la MOE, las regiones Caribe (Guajira, Magdalena, Cesar, Bolívar, Atlántico, Sucre y Córdoba) y Andina Oriental (Norte de Santander, Santander, Boyacá, Cundinamarca ¿no incluye a Bogotá¿, Tolima y Huila), eligieron en el año 2014 a 50 de los 100 senadores por circunscripción nacional, mientras que las regiones del Piedemonte (Arauca, Casanare, Meta, Caquetá y Putumayo), Suroriental (Vichada, Guainía, Guaviare, Vaupés y Amazonas) y San Andrés, en las mismas elecciones eligieron 3 Senadores.

Las dinámicas políticas, las propias reglas del sistema electoral y la incidencia de la distribución territorializada de la población, han llevado a que se desdibuje la representatividad nacional del Senado y a que, en la práctica, con muy contadas excepciones, los senadores elegidos ostenten una representatividad más departamental que nacional.

Esta situación ha derivado en que los intereses regionales en el Congreso sean agenciados por igual por senadores y representantes, lo cual hace que, a...

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