Proyecto de acto legislativo 02 de 2006 senado - 28 de Julio de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451452490

Proyecto de acto legislativo 02 de 2006 senado

PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2006 SENADO. por el cual se modifica la Constitución Política de Colombia, Título IX de las elecciones y de la organización electoral, Capítulo I del sufragio y de las elecciones, artículo 258.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Modifícase la Constitución Política de Colombia, Título IX de las elecciones y de la organización electoral, Capítulo I del sufragio y de las elecciones, artículo 258, el cual quedará así:
Artículo 258 El voto es un deber ciudadano, de obligatorio cumplimiento

En todas las elecciones los ciudadanos votarán secretamente en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación, con tarjetas electorales numeradas e impresas en papel que ofrezca seguridad, las cuales serán distribuidas oficialmente. La organización electoral suministrará igualitariamente a los votantes instrumentos en los cuales deben aparecer identificados con claridad y en iguales condiciones todos los candidatos. La ley podrá implantar mecanismos de votación que otorguen más y mejores garantías para el cumplido ejercicio de este deber de los ciudadanos.

Artículo 2° El presente acto legislativo, rige a partir de su promulgación.

Aurelio Iragorri Hormaza, Marta Lucía Ramírez, Luis Guillermo Vélez Trujillo, Mauricio Pimiento B., Adriana Gutiérrez, Luis Elmer Arenas, Piedad Zuccardi, José David Name y Carlos Cárdenas Ortiz, Senadores de la República. Nicolás Uribe, Eduardo Benítez, Elías Raad, Manuel José Vives, Miguel Amín, Bernardo Miguel Elías, Roosevelt Rodríguez y Luis Antonio Serrano Representantes a la Cámara.

EXPOSICION DE MOTIVOS

a) Educación para la participación ciudadana

Implantar el voto obligatorio tiene como requisito sine qua non la Educación Popular para la participación ciudadana. Una educación cívica que haga de los espacios escolares, espacios de comunicación, de intercambio y participación que forme a los individuos en los principios y valores de la democracia. ¿La cultura democrática es fruto de un largo y sostenido proceso de aprendizaje en el que la educación ha sido el requisito indispensable de la configuración de la ciudadanía, sin la cual no se podrían haber construido ni el Estado ni la Nación¿ (Bresser Pereira, Luiz Carlos. Cultura, Democracia y Reforma del Estado. Fondo de Cultura Económica. México, 1999).

Hacia la misma dirección apunta el reconocido pedagogo Oscar Jara, cuando afirma que ¿es preciso construir otro tipo de poder sobre la base de otra lógica y de otros valores: un poder asumido como servicio; un poder entendido como responsabilidad asignada en relación a la cual hay que rendir cuentas; un poder que suponga ejercicio compartido y no atribuciones concentradas¿ (Jara, Oscar Incidir en la Historia de la Práctica Latinoamericana de Educación Popular. Contexto & Educación. San José, 1996).

La educación cívica que se imparta hay que dotarla de intencionalidad política, de dimensión transformadora, de una lógica que supere los esquemas delegativos y formales de la democracia. Una pedagogía de esta naturaleza convoca necesariamente a la ética y a la política, impulsando el protagonismo de los movimientos sociales y rompiendo la dicotomía establecida entre actividad política elitista y la vida privada de las inmensas mayorías.

La educación ciudadana puede crear las condiciones de funcionamiento de la democracia participativa y despertar el interés de los ciudadanos hacia el manejo de lo público, fortaleciendo las políticas de desarrollo sostenible. Tal educación exige basarla en los valores de la justicia, la igualdad social y la solidaridad, creando las condiciones para que los excluidos sean partícipes efectivos de las decisiones y salgan de su estado de exclusión.

En Colombia la Educación Popular se identifica con la educación para la participación, dando oportunidad a que mediante los procesos políticos se construya la democracia, se supere el formalismo legal y se sustituya por un sistema participativo real. Lo anterior lo verifica Sosnowski cuando sentencia: ¿Sólo con la práctica solidaria y con el ejercicio de valores éticos unidos a la eficacia del Estado la democracia comienza a adquirir las dimensiones de su promesa¿ (Sosnowski, Saúl. Una Cultura para la Democracia en América Latina. Fondo de Cultura Económica. México, 1999). Y más adelante agrega: ¿El desarrollo humano, el diseño de una cultura democrática y el análisis de los costos sociales, están adquiriendo una prioridad equivalente a la que posee el desarrollo económico¿.

En breve, el voto obligatorio reclama institucionalizar una...

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