Proyecto de ley 17 de 2013 senado - 25 de Julio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465822050

Proyecto de ley 17 de 2013 senado

PROYECTO DE LEY 17 DE 2013 SENADO. por la cual se establece un descuento de multas por infracciones de tránsito y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°

A partir de la promulgación de la presente ley y por un término de doce (12) meses, todos los conductores que tengan pendiente el pago de multas por infracciones de tránsito, impuestas antes del quince (15) de marzo de 2010, podrán acogerse al descuento del cincuenta por ciento (50%) del total de su deuda, previa realización del curso sobre normas de tránsito de que trata el artículo 24 de la Ley 1383 de 2010.

Para acogerse al descuento señalado en esta ley a solicitud del interesado se celebrarán convenios o acuerdos de pago hasta por el total de la obligación y por el término que establezca la autoridad de tránsito de acuerdo a la ley, siempre que el convenio o acuerdo se suscriba antes del vencimiento del plazo previsto en este artículo.

El convenio o acuerdo no podrá incorporar obligaciones sobre las cuales hayan operado la prescripción, y en el mismo el conductor y el organismo de tránsito dejarán constancia de las deudas sobre las cuales operó este fenómeno.

Parágrafo. Las multas impuestas por conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas no tendrán derecho al descuento de que trata este artículo.

Artículo 2°

A partir de la promulgación de la presente ley y por un término de veinticuatro (24) meses los conductores a quienes se les haya impuesto multa o multas por la infracción de conducir un vehículo particular o de servicio público, excediendo la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación, podrá cambiarlas junto con los intereses y demás erogaciones que hayan generado, por un curso de 80 horas de comportamientos y hábitos seguros en la vía cuyo costo estará a su cargo, y 40 horas de trabajo social que cumplirá a órdenes de las autoridades de tránsito.

Con un solo curso, y el cumplimiento de las 40 horas de trabajo social se entenderán cambiadas todas las multas, los intereses y demás erogaciones que hayan generado, que pesen sobre el conductor por conducir un vehículo particular o de servicio público, excediendo la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación.

Parágrafo: El Ministerio de Transporte contará con seis meses para reglamentar este artículo

Artículo 3° La presente ley rige a partir de su expedición y deroga todas las normas que le sean contrarias.

De los honorables Congresistas,

CONSULTAR FIRMAS EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. Conveniencia de la iniciativa

El Congreso de la República ya ha aprobado en dos oportunidades un descuento para las multas impuestas antes del 15 de marzo de 2010, primero con el parágrafo 2° del artículo 24 de la Ley 1383 de 2010 y posteriormente a través del artículo 95 de la Ley 1450 de 2011, con el descuento concedido por la Ley 1450, del 16 de junio de 2011 al 15 de diciembre de 2012 se recaudaron en el país según el SIMIT $1.122.679.926.452[1][1], del cual se beneficiaron 643.455[2][2] conductores, se suscribieron 3.56.591 acuerdos de pago por un total de $390.186.558.458[3][3].

Con el descuento contenido en la Ley 1383 de 2010, 301.943 conductores quedaron a paz y salvo, y con el descuento incluido en el Plan Nacional de Desarrollo, Ley 1450 de 2011 quedaron a paz y salvo 562.212 conductores.

Aunque se logró un recaudo importante de cartera, no ha sido suficiente, veamos las cifras de las multas que aún se adeudan en el país:

Total deuda por multas por infracciones de tránsito

Multas anteriores 16 de marzo de 2010

$1.222.175.310.8174

Multas impuestas después del 17 de marzo de 2010

$1.493.507.841.6615

Total deuda por comparendos

$2.715.683.152.478

El 45% de la deuda del total de las multas por infracciones de tránsito corresponde a las que fueron impuestas antes del 16 de marzo de 2010 por valor de $1.222.175.310.817.[4][4][5][5]

De la deuda por comparendos anteriores al 16 de marzo de 2010, Bogotá adeuda el 14% correspondiente a $173.928.463.934.

De las cifras presentadas se concluye que con la iniciativa se puede recuperar una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR