Proyecto de ley 212 de 2012 cámara
PROYECTO DE LEY 212 DE 2012 CÁMARA. por la cual se formaliza el ejercicio de la actividad del lustrado de calzado y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Objeto y definiciones
Lapresente ley busca reconocer y reglamentar el ejercicio de la actividad de quienes se dedican al lustrado de calzado, señalar normas para su protección social, capacitación y promoción de esquemas organizativos que favorezcan el desempeño de este oficio.
¿ Lustrador de Calzado: Es toda persona natural que se dedica como única fuente de subsistencia a la actividad de lustrado de calzado, presta servicios de mantenimiento de calzado a la comunidad en la vía pública, en puestos debidamente autorizados o de manera ambulatoria.
¿ Registro de Lustradores de Calzado: Es el sistema unificado y actualizado de recolección de información pública sobre las personas que ejercen dentro de una jurisdicción territorial el oficio de lustrado de calzado, cuya creación estará a cargo de las autoridades distritales y municipales en cumplimiento de esta ley.
¿ Módulo de lustrado de calzado: Es el espacio de dimensiones y características unificadas que se ubicará en las zonas públicas previamente autorizadas por las autoridades distritales o municipales, para el ejercicio de la actividad de lustrado de calzado.
Registro de lustradores de calzado
¿ Nombres y apellidos del trabajador
¿ Edad
¿ Número de documento de identidad
¿ Entidad territorial responsable del registro
La actividad de lustrado de calzado
¿ Portar el documento de registro expedido por la autoridad territorial correspondiente.
¿ Cumplir en su totalidad los requisitos establecidos por las autoridades locales y nacionales para acceder y disfrutar de los programas de capacitación.
¿ Desempeñar su actividad en las zonas fijadas por las autoridades municipales o distritales en las condiciones de higiene y salubridad que se determinen.
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