Proyecto de ley 006 de 2012 cámara - 26 de Julio de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451041294

Proyecto de ley 006 de 2012 cámara

PROYECTO DE LEY 006 DE 2012 CÁMARA. por medio de la cual se establece un Régimen de Contratación Directa para las Organizaciones de Acción Comunal.

El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1° Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer normas para la contratación simplificada entre las entidades estatales y las organizaciones de acción comunal reguladas por la Ley 743 de 2002.
Artículo 2°

Contratación directa. Las entidades estatales a que se refiere el artículo 2° de la Ley 80 de 1993 podrán contratar en forma directa con los organismos de acción comunal cuando el contrato no supere el 25% de la menor cuantía de los municipios y distritos con categoría 1a y Especiales donde el organismo de acción comunal tenga su competencia territorial de conformidad con el artículo 12 de la Ley 743 de 2002; igualmente y dando idéntica aplicación a la regla que precede, se establecen los siguientes porcentajes: 30% de la menor cuantía de los municipios y distritos con categoría 2a; 35% de la menor cuantía de los municipios y distritos con categoría 3a; 40% de la menor cuantía de los municipios y distritos con categoría 4a; 45% de la menor cuantía de los municipios y distritos con categoría 5a; y el 50% de la menor cuantía de los municipios y distritos con categoría 6a; en caso de que la organización de acción comunal no funcione en un municipio o distrito, el porcentaje que no podrá exceder la menor cuantía será la del municipio o distrito de mayor proximidad en términos de distancia o al que perteneciere el corregimiento, vereda, zona rural y demás términos utilizados en el artículo 12 de la Ley 743 de 2002 y que se encuentre dentro del mismo departamento de funcionamiento del organismo. La identificación de la categoría a la que pertenece el municipio donde funciona el organismo de acción comunal deberá hacerse de conformidad con las reglas establecidas en el artículo 2° de la Ley 617 de 2000 y sus decretos reglamentarios, así como las normas que la modifique o sustituya.

Parágrafo 1°. La modalidad de contratación directa de la que habla el presente artículo, solo podrá ser utilizada siempre y...

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