Proyecto de ley 169 de 2012 senado - 26 de Noviembre de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451044318

Proyecto de ley 169 de 2012 senado

PROYECTO DE LEY 169 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se aprueba el ¿Estatuto y Reglamento General de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)¿, adoptado por la Asamblea General de la Organización en su vigésima quinta reunión realizada en Viena, en 1956 y el ¿Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades para las Reuniones Estatutarias entre la República de Colombia y la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)¿, suscrito en la ciudad de Lyon, República Francesa, el 26 de septiembre de 2012 y en la ciudad de Bogotá, D. C., el 13 de noviembre de 2012.El Congreso de la República:Vistos los textos del ¿Estatuto y Reglamento General de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)¿, adoptado por la Asamblea General de la Organización en su vigésima quinta reunión realizada en Viena, en 1956 y del ¿Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades para las Reuniones Estatutarias entre la República de Colombia y la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)¿, suscrito en la ciudad de Lyon, República Francesa, el 26 de septiembre de 2012 y en la ciudad de Bogotá, D. C., el 13 de noviembre de 2012, que a la letra dicen:(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia de los textos íntegros del Estatuto y Reglamento y del Acuerdo mencionados (20 folios), certificados por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documentos que reposan en los archivos de ese Ministerio).

El Congreso de la República:

Vistos los textos del ¿Estatuto y Reglamento General de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)¿, adoptado por la Asamblea General de la Organización en su vigésima quinta reunión realizada en Viena, en 1956 y del ¿Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades para las Reuniones Estatutarias entre la República de Colombia y la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)¿, suscrito en la ciudad de Lyon, República Francesa, el 26 de septiembre de 2012 y en la ciudad de Bogotá, D. C., el 13 de noviembre de 2012, que a la letra dicen:

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia de los textos íntegros del Estatuto y Reglamento y del Acuerdo mencionados (20 folios), certificados por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documentos que reposan en los archivos de ese Ministerio).

CONSULTAR DOCUMENTO EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

LA SUSCRITA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE TRATADOS DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS INTERNACIONALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

CERTIFICA:

Que la reproducción del texto que antecede es copia fiel y completa de la versión original en idioma español del ¿Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades para las Reuniones Estatutarias¿, suscrito en la ciudad de Lyon, República Francesa, el 26 de septiembre de 2012, y en la ciudad de Bogotá, D. C., el 13 de noviembre de 2012, documento que reposa en el archivo del Grupo Interno de Trabajo Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales de este Ministerio.

Dada en Bogotá, D. C., a los dieciséis (16) días del mes de noviembre de dos mil doce (2012).

La Coordinadora del Grupo Interno de Tratados de Trabajo Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales,

Alejandra Valencia Gärtner.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorables Senadores y Representantes:

En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 150 numeral 16, 189 numeral 2 y 224 de la Constitución Política de Colombia, presentamos a consideración del honorable Congreso de la República el proyecto de ley por medio de la cual se aprueba el ¿Estatuto y Reglamento General de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)¿ y el ¿Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades para las Reuniones Estatutarias entre la República de Colombia y la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)¿, suscrito en las ciudades de Lyon, (Francia), el 26 de septiembre de 2012, y en la ciudad de Bogotá, (Colombia) el 13 de noviembre de 2012.

1. SOBRE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE POLICÍA CRIMINAL - INTERPOL

La Organización Internacional de Policía Criminal OIPC, Interpol, configura un imperativo estratégico de los Estados del mundo. La Comisión Internacional de Policía Criminal (desde 1956 Organización) fue creada en 1923 como una herramienta para combatir las diferentes manifestaciones del crimen organizado. Es la mayor organización policial internacional del mundo y tiene como fines conseguir y desarrollar, respetando el marco de las leyes de los diferentes países y la Declaración Universal de Derechos Humanos, la más amplia asistencia recíproca de las autoridades de policía criminal y establecer y desarrollar todas las instituciones que puedan contribuir a la prevención y a la represión de las infracciones de derecho común.

La Organización cuenta con una moderna infraestructura de apoyo técnico y operativo, aportando una ventaja estratégica a las diferentes entidades de administración de justicia y de policía en la acción multilateral contra el crimen, permitiendo hacer frente a las crecientes dificultades que comporta la lucha contra el mismo.

Solo a través de la cooperación con otros países es posible aunar esfuerzos que permitan desarrollar acciones conjuntas para combatir la delincuencia.

Entre de los principales beneficios que ofrece la Organización a los países miembros, y de los cuales Colombia como Estado Miembro desde 1954 se beneficia, sobresalen:

¿ Servicio mundial de comunicación policial protegida. Permite intercambiar en tiempo real información con los demás Países Miembros, realizar requerimientos, crear alertas sobre amenazas terroristas y de seguridad, solicitar la emisión de las diferentes clases de notificaciones: para la búsqueda de personas con miras a su retención; para obtener información sobre personas que hayan cometido delitos; para la búsqueda de personas desaparecidas, de testigos o víctimas; para la identificación de personas o cadáveres; para la búsqueda o identificación de objetos; y, para la descripción o identificación de modus operandi delictivos y recolectar información de diferente índole.

¿ Bases de datos y servicios de información de carácter operativo policial. Posee y comparte información con los Países Miembros sobre personas con antecedentes criminales, vehículos hurtados, armas de fuego, documentos de identificación hurtados o extraviados, obras de arte hurtadas, personas vinculadas con abuso sexual de infantes y adolescentes, huellas dactilares y perfiles genéticos, entre otros.

¿ Servicio de apoyo policial operativo. Ofrece disponibilidad de asesoría, equipos de personal especializado para la atención de casos como catástrofes, eventos deportivos internacionales, peritajes técnicos de especialistas en los diferentes ámbitos de investigación criminal.

¿ Formación y perfeccionamiento policial. Ofrece un amplio espectro de capacitación para funcionarios policiales, en materia de terrorismo, delitos informáticos, trata de personas, narcotráfico, medio ambiente, rastreo de armas, falsificación de moneda, entre otros.

2. VINCULACIÓN DE COLOMBIA A LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE POLICÍA CRIMINAL, OIPC, INTERPOL

Mediante comunicación del 28 de octubre de 1954, la entonces Jefatura del Servicio de Inteligencia Colombiano (Departamento Administrativo adscrito a la Presidencia de la República), atendiendo instrucciones del señor Presidente de la República, solicitó la adhesión de Colombia a la Comisión (ahora Organización) Internacional de Policía Criminal Interpol. Atendiendo la solicitud, Interpol aceptó a Colombia como miembro de la Organización, decisión que fue comunicada a los Países Miembros durante la Asamblea General de ese mismo año. Esta aceptación fue comunicada de manera oficial a Colombia mediante escrito del 5 de noviembre de 1954.

El 11 de marzo de 1958, mediante Comunicación número 00521, la Jefatura del Servicio de Inteligencia Colombiano retiró la afiliación de Colombia a la entonces Comisión, en razón a que se desconocía cuál sería la organización que el nuevo Gobierno de ese entonces daría al Servicio de Inteligencia Colombiano. Sin embargo, mediante Comunicación número 00480 del 11 de marzo de 1959, la referida Jefatura nuevamente solicitó la incorporación a la Comisión.

Desde entonces, Colombia ha hecho parte de manera ininterrumpida de la Organización Internacional de Policía Criminal, voluntad que de parte del Gobierno Nacional se ha reafirmado numerosas veces mediante la expedición de decretos fijando la representación del entonces Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y ahora de la Policía Nacional, ante la Organización, así:

¿ Decreto 2872 del 31 de octubre de 1953, por el cual se crea el Departamento Administrativo Servicio de Inteligencia Colombiano.

¿ Decreto 1717 del 18 de julio de 1960, por el cual se Organiza el Departamento Administrativo de Seguridad.

¿ Decreto 625 de 1974, por el cual se revisa la Organización Administrativa del Departamento Administrativo de Seguridad.

¿ Decreto 512 de 1989, por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y se establecen las funciones generales de la Entidad y específicas de sus dependencias.

¿ Decreto 2110 de 1992, por el cual se reestructura el Departamento Administrativo de Seguridad.

¿ Decreto 218 de 2000, por el cual se modifica la Estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y Decreto 2172 de 2000, por el cual se adiciona el Decreto 218 del 15 de febrero de...

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