Proyecto de ley 005 de 2013 cámara - 25 de Julio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465822202

Proyecto de ley 005 de 2013 cámara

PROYECTO DE LEY 005 DE 2013 CÁMARA. por la cual se declara la Ruana como Símbolo Nacional y se dictan otras disposiciones

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Declárese la Ruana de lana virgen como símbolo cultural de la Nación.
Artículo 2° Reconózcase como patrimonio de la Nación la técnica de elaboración de la ruana en telar horizontal con lana virgen.
Artículo 3° Autorícese a la Nación para que realice las partidas presupuestales necesarias con el fin de contribuir al fomento, promoción, protección, conservación y divulgación la técnica de fabricación tradicional de la ruana y el uso de la misma a través de la historia nacional.

Parágrafo. El Ministerio de Cultura en un término no inferior a seis (6) meses deberá tener el Plan de Fomento, Promoción, Protección, Conservación y Divulgación del que trata el presente artículo.

Artículo 5º La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

Cordialmente,

Carlos Andrés Amaya Rodríguez,

Representante a la Cámara por Boyacá.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Antecedentes

El presente proyecto de ley es iniciativa del Representante a la Cámara por Boyacá Carlos Andrés Amaya y pretende resaltar la importancia de la prenda de vestir, característica especialmente en el altiplano cundiboyacense y Nariño, conocido como la Ruana; la cual claramente hace parte de los vestuarios típicos de diferentes regiones de Colombia y es fundamental que a nivel nacional sea conocida como un símbolo de la Nación y se fomente la práctica tradicional de fabricación de esta prenda.

Fundamentos legales

La Constitución Política de Colombia establece en su artículo 8° que es obligación del Estado y las personas proteger las riquezas culturales de la Nación, por lo cual con el presente proyecto se está llevando al cumplimiento de este mandato constitucional para que se reconozca el uso y la fabricación de la ruana como un símbolo nacional y de esta forma se propenda por la protección de este patrimonio, de igual forma los artículos 70 y 71 de la Constitución Política genera la obligación al Estado del fomento de la cultura.

Por otro lado los artículos 115 y 150 de la Constitución Política de Colombia establecen la facultad al Congreso de la República para expedir leyes en diferentes materias entre las cuales se encuentra la declaración de Símbolos Culturales de la Nación.

La Ley 1185 de 2008 que modificó la Ley 397 de 1997 o Ley General de Cultura, establece los criterios y parámetros que se deben seguir para la declaratoria de un patrimonio cultural de la Nación; sin embargo, frente a la declaratoria de símbolos culturales de la Nación, el Congreso de la República continua con la facultad para estas declaratorias, de ahí la necesidad y pertinencia del presente proyecto de ley.

Justificación

Varios académicos, consideran que esta prenda de vestir y su nombre, ¿ruana¿ proviene de Ruan, antigua capital de Normandía (Francia), que fue adoptada en la época de la colonia por los nativos del altiplano cundiboyacense, como resultado de la Conquista y Colonia.

En Colombia se le ha dado diferentes usos a la ruana los cuales son: Como manta protectora contra el frío; como prenda de vestir; como capa, en las capeas de los pueblos y en los ¿embolados¿ de las corridas; como tendido para jugar en el campo, tirada sobre la hierba; como cobija, en caso de necesidad; como cojín o como tendido para reposar en el campo; como escudo, enrollada en el brazo, en las peleas a machete.

Existe diferente evidencia de que la prenda conocida como Ruana ha hecho y hace parte de la historia de Colombia; entre esta evidencia se encuentra: Estudios de historiadores, registros históricos, registro musical, registro visual así como historias de vida los cuales cada uno de ellos se relacionan a continuación:

  1. Estudios de historiadores

    Historiadores como el doctor Javier Ocampo y el doctor Guillermo Abadía Morales, han desarrollado investigaciones en torno al folclore, identificando la ruana como una prenda de vestir con alta arraigo en el altiplano cundiboyacense, pero además evidenciando que es una prenda de vestir andina, que se usa en todo Colombia (Santa Rosa de Osos-Antioquia; Túquerres-Nariño; Guaca-Santander; Pamplona-Norte de Santander; Cajamarca-Tolima; Bogotá, D. C.-Tunja-Boyacá, etc.), en los municipios o ciudades que están en los siguientes climas:

    Entre los estudios que evidencian el uso de la ruana a través de la historia nacional se encuentran principalmente el de los dos historiadores anteriormente mencionados los cuales se relacionan a continuación:

    1. El Traje típico colombiano[1] [1]

    El maestro Abadía, clasifica el Folklore, los trajes típicos por regiones, para el caso de la Ruana la ubica en la Andina, donde considera todos los departamentos ubicados en la zona montañosa andina, en lo que tiene que ver con el contexto poblacional esta región está habitada por más del 90% de la población total del país; dentro de su análisis identifica la ruana como una prenda constante en toda la región Andina, con similitudes en los trajes en Boyacá, Cundinamarca, Santander, Nariño, bajo el argumento que es razonable un traje similar ¿condicionado por el clima y de tipo de trabajo que se hace en cada área determinada.

    El maestro Ocampo, hace una descripción del traje tipo por zonas.

  2. Antioqueño, paisa y del Viejo Caldas.

  3. Cundiboyacense.

  4. Santandereano.

  5. Pastuso o nariñense en general.

  6. Opita, tolimense y huilense.

  7. Caucano.

  8. Llanero.

  9. Costeño.

  10. Isleño.

    En los trajes del 1, al 5, el maestro acierta en que la Ruana es una prenda típica de uso de esa región, ahora bien la región que mayor uso y reconocimiento tiene de la prenda de vestir es la...

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