Proyecto de Ley 183 de 2014 Senado - 9 de Abril de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 505032626

Proyecto de Ley 183 de 2014 Senado

por medio de la cual se crea el artículo 118A, se modifica el artículo 104 de la Ley 599 de 2000 y se modifica el artículo 351 de la Ley 906 de 2004. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónese a la Ley 599 de 2000 el siguiente artículo:

Artículo 118A. Lesiones con agentes químicos, ácido y/o sustancias similares.

El que cause a otro daño temporal o semipermanente en el cuerpo o en la salud, usando para ello cualquier tipo de agente químico; álcalis; sustancias similares o corrosivas que generen perjuicio o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano; incurrirá en pena de prisión de ciento cincuenta (150) meses a doscientos cuarenta (240) meses y multa de ciento veinte (120) a doscientos cincuenta (250) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Cuando la conducta cause deformación, pérdida parcial o total funcional o anatómica, la pena será de doscientos cincuenta y un (251) meses a trescientos sesenta (360) meses de prisión y multa de mil sesenta y seis punto sesenta y seis (1066.66) a tres mil (3000) salarios mínimos legales vigentes.

Parágrafo 1°. Cuando con la conducta se cause daño que afecte parte del rostro o del cuello de la víctima, o la víctima sea una mujer o en menor de edad, la pena se aumentará de una tercera parte a la mitad.

Artículo 2°. Elimínese el tercer y cuarto inciso del artículo 113 de la Ley 599 de 2000.

Artículo 3°. Adiciónese el numeral 12 al artículo 104 de la Ley 599 de 2000, así:

12. Si se cometiere usando cualquier tipo de agente químico; álcalis; sustancias similares o corrosivas que generen perjuicio o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano.

Artículo 4°. Adiciónese un nuevo texto al artículo 351 de la Ley 906 de 2004. Para el delito consagrado en el artículo 118A de la Ley 599 de 2000, la aceptación de los cargos determinados en la audiencia de formulación de la imputación, comporta una rebaja hasta de una tercera parte de la pena imponible.

Artículo 5°. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación.

De los honorables Congresistas,

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Contexto

Los llamados ataques con ácido se han convertido en una práctica recurrente para manos criminales que sin tener la intención de cometer homicidio, tienen el objetivo de hacer un daño irreparable y de carácter permanente en otra persona.

El Estado colombiano debe permitir que los ciudadanos víctimas de este tipo de delito reciban toda la atención requerida, pero también, garantizar que el sistema judicial opere de manera eficiente y prontamente, penalizando de manera ejemplar este tipo de crímenes.

Si bien es cierto, hombres y mujeres son indistintamente víctimas de estos actos de violencia, las mujeres son las más afectadas. Es por esto que se requiere que la normatividad penal, advierta de manera coherente, incremento en las sanciones frente a ataques con ácido en contra de mujeres, así como sanciones especiales cuando se afecta el rostro o el cuello, por las consecuencias sociales y psicologías que conlleva llevar una quemadura o deformidad en esta parte del cuerpo.

2. Ataque con ácido según la ONU

Un ataque con ácido supone arrojar ácido a una víctima, generalmente a la cara, con premeditación. Además de causar trauma psicológico, los ataques con ácido provocan dolor agudo, desfiguración per manente, posteriores infecciones, y a menudo ceguera en un ojo o en ambos. Los perpetradores cometen ataques con ácido por diversas razones, tales como venganza por el rechazo de una propuesta de matrimonio u otro tipo de insinuación de carácter sexual o romántico, conflictos relacionados con las tierras, supuesto deshonor, y celos. Aunque los ataques con ácido son más habituales en Bangladesh, Camboya, India y Pakistán, también se han producido en Afganistán y en zonas de África y Europa. Los expertos consideran que la frecuencia de la práctica se debe en parte a la facilidad para conseguir los ácidos[1][1].

Generalidades sobre las sustancias peligrosas (Yarto, Ize, & Gavilán, 2003) Sustancias Corrosivas según la ONU- Clase 8.

¿Corresponde a cualquier sustancia que por reacción química, puede causar daño severo o destrucción a toda superficie con la que entre en contacto incluyendo la piel, los tejidos, metales, textiles, etc. Causa entonces quemaduras graves y se aplica tanto a líquidos o sólidos que tocan la superficie como a gases y vapores que en cantidad suficiente provocan fuertes irritaciones de las mucosas. Ejemplo: ácidos y cáusticos ¿.

Igualmente la ONU realizó a través del ¿Centro virtual para conocimiento para poner fin a la violencia contra las mujeres y niñas¿ un estudio donde incorpora una serie de sugerencias para que los distintos países que sufren este tipo de violencia incorporen en su legislación las siguientes medidas[2][2]:

1. La legislación debe definir el ataque con ácido como toda agresión cometida mediante el uso de ácido. Dado que los ataques con ácido pueden estar motivados por una o varias razones diferentes, la legislación no debe centrarse en los motivos, sino en los actos que constituyen el delito.

2. La legislación debe sancionar a toda persona que cometa un ataque con ácido, incluidos específicamente los familiares entre las personas que pueden ser sancionadas.

3. La legislación debe sancionar a quienes colaboran en esta práctica nociva, y, entre las personas que pueden ser sancionadas, debe incluir a los familiares.

4. La legislación debe establecer que los ataques con ácido son delitos de ¿intención transferible¿, estableciendo las mismas penas independientemente de si la persona lesionada era la víctima a la que se pretendía atacar.

5. La legislación debe establecer penas de prisión, multas y penas de carácter educativo.

6. La legislación debe establecer que las directrices sobre imposición de penas reflejen la gravedad del delito.

7. La legislación debe establecer el aumento de las penas si la víctima muere a consecuencia del ataque. El perpetrador debe ser procesado con arreglo a las leyes del código penal relativas al asesinato. La ley específica sobre ataques con ácido debe establecer penas de prisión y multa que no sean menos severas que las establecidas en las leyes sobre asesinato del Código Penal, con la excepción de la pena capital.

8. La legislación debe exigir que los vendedores de ácidos estén autorizados para ello.

9. La legislación debe tipificar como delito la venta de ácidos sin autorización.

10. La legislación debe exigir a los vendedores de ácidos la creación y el mantenimiento de un registro de cada venta y de la identidad del comprador.

11. La legislación debe imponer a los prestadores de servicios médicos la obligación de informar a los responsables de hacer cumplir la ley de todos los casos de lesiones corporales causadas por ácido.

12. La legislación debe ordenar que los agentes de policía investiguen todos los casos de lesiones corporales causadas por ácido comunicados por prestadores de servicios médicos.

13. La legislación debe establecer y financiar campañas de sensibilización de la opinión pública y formación para todos los sectores sobre esta práctica nociva y sus consecuencias.

14. La legislación debe permitir que las víctimas puedan solicitar un recurso civil contra sus agresores. La indemnización por daños y perjuicios debe incluir el coste de la cirugía reconstructiva.

15. La legislación debe establecer que se ofrezcan restitución o reparaciones independientes de la causa penal, así como mecanismos de cobro que la víctima pueda utilizar con facilidad para que el perpetrador satisfaga la cantidad establecida en la...

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