Proyecto de Ley 21 de 2014 Senado - 24 de Julio de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 521753082

Proyecto de Ley 21 de 2014 Senado

por la cual se declara Patrimonio Cultural e Histórico de la Nación a los municipios de la Campaña Libertadora de 1819, con motivo de la celebración del Bicentenario de esta gesta histórica y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia

DECRETA:

TÍTULO I

OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1°. Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto declarar patrimonio cultural e histórico de la Nación los municipios que hicieron parte de la ¿RUTA LIBERTADORA¿, exaltando su valor patriótico y aporte histórico para la Patria, a su vez, determina la ejecución de planes, programas, obras de desarrollo y la realización de actividades culturales para el desarrollo de estos municipios.

Artículo 2°. Los planes y programas que se ejecutan por parte del Gobierno Nacional en cumplimiento de la presente ley, tendrán fundamentación técnica, en las Secretarías de Planeación de los departamentos para que guarden coherencia con los planes departamentales de Desarrollo y con el Plan Nacional de Desarrollo.

Artículo 3°. Ámbito de aplicación. Las disposiciones aquí contenidas serán aplicables a los municipios descritos en el artículo 4° de la presente ley.

TÍTULO II

DE LA DECLARATORIA DE PATRIMONIO CULTURAL

Artículo 4°. Declaratoria de Patrimonio Cultural. Declárese Patrimonio Cultural e Histórico de la Nación a los municipios de: < /span>

Arauca, Tame, Hato Corozal, Paz de Ariporo, Pore, Támara, Nunchía, Paya (Morcote), Pisba, Labranzagrande, Socotá (Pueblo Viejo - Quebradas), Socha, Tasco, Beteitiva, Corrales, Gámeza, Tutazá, Belén, Cerinza, Santa Rosa de Viterbo, Corrales, Busbanzá, Floresta, Duitama (Bonza), Paipa (Pantano de Vargas), Toca, Chivatá, Soracá, Tunja -(Puente de Boyacá) - Ventaquemada, Villapinzón, Chocontá, Suesca, Gachancipá, Tocancipá, Chía (Puente del Común) y el Centro Histórico de Bogotá, pertenecientes a la ruta de la Campaña Libertadora de 1819.

Artículo 5°. Además de las obras y acciones que implica esta declaratoria, el Gobierno Nacional deberá disponer lo correspondiente para la remodelación y embellecimiento de los monumentos del Pantano de Vargas, el Puente de Boyacá, el Parque de los Mártires y el Bosque de la República en Tunja y de los existentes a lo largo de la Ruta de la Campaña Libertadora de 1819.

TÍTULO III

DE LOS PLANES Y PROGRAMAS

Artículo 6°. Planes y Programas. El Gobierno Nacional ejecutará en los departamentos de Arauca, Casanare, Boyacá y Cundinamarca, a los cuales pertenecen los municipios por donde se desarrolló la Campaña Libertadora de 1819, los siguientes planes y programas:

1. Plan piloto de tecnología, ciencia e innovación. El Gobierno Nacional garantizará la asignación de los recursos necesarios para investigación y desarrollo de programas de fomento y consolidación del sector económico de los cuatro departamentos y asegurará la instalación de la fibra óptica en todos sus municipios. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación serán los encargados de coordinar la ejecución de este plan.

2. Plan piloto para la aplicación de las tecnologías de la información y las comunicaciones a la educación. Deberá incluir la dotación de tableros digitales interactivos, computadores, tabletas digitales y demás equipos informáticos, gratuidad en el servicio de banda ancha, capacitación de directivos docentes, docentes, administrativos y programas de apropiación digital en las instituciones educativas del sector público de los departamentos señalados en este artículo. Los ministerios de Educación y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones coordinarán este plan.

3. Programa de construcción de megacolegios, recuperación de plantas físicas y equipamiento de bibliotecas y laboratorios de las instituciones educativas del sector público de los municipios por donde se realizó la Campaña Libertadora de 1819. El Ministerio de Educación coordinará la ejecución de este programa.

4. Programa de incentivos para el desarrollo del sector agropecuario que incluya vivienda digna para el campesino, facilidad de acceso a la educación superior por parte de los bachilleres que residan y laboren en el campo, crédito de fomento y promoción de la agroindustria. Los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural y Educación coordinarán la ejecución de este programa.

5. Programa de ampliación y mejoramiento de la estructura vial en los municipios pertenecientes a los cuatro departamentos, dando prioridad a la construcción del ferrocarril que intercomunique a los departamentos de la zona centro-oriental del país, lo mismo que a las vías secundarias y terciarias de los departamentos de Arauca, Boyacá, Casanare y Cundinamarca. El Ministerio de Transporte coordinará la ejecución de este programa. Para el proyecto del ferrocarril, el Ministerio de Transporte deberá interactuar con la Región Administrativa y de Planeación Especial (RAPE), de la zona central del país y el Ministerio de Minas y Energía.

6. Plan integral de mejoramiento social en los municipios de los departamentos de Arauca, Casanare, Boyacá y Cundinamarca. Debe incluir construcción de vivienda urbana y rural, saneamiento básico en lo urbano y rural y mejoramiento de las condiciones de infraestructura y dotación biomédica de las instituciones integrantes de la red de salud. Los Ministerios de Vivienda, Ciudad y Territorio; Agricultura y Desarrollo Rural y Salud coordinarán la ejecución de este programa.

7. Programa de fortalecimiento turístico. Deberá incluir la promoción empresarial del sector y la pavimentación de los anillos o circuitos turísticos de cada departamento. Los Ministerios de Comercio Exterior, Industria y Turismo y Transporte coordinarán la ejecución de este programa.

8. Programa de protección ambiental. Deberá estar orientado a proteger los recursos naturales no renovables, al igual que las zonas de páramos y la biodiversidad. La protección del Lago de Tota será una prioridad. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible coordinará la ejecución de este programa en interacción con la Región Administrativa y de Planeación Especial, RAPE, de la zona central del país.

9. Programa de capacitación y asistencia técnica y apoyo a la pequeña minería. El Ministerio de Minas y Energía coordinará la ejecución de este programa.

10. Plan de apoyo a docentes de los departamentos...

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