Proyecto de ley 30 de 2013 senado - 30 de Julio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465821190

Proyecto de ley 30 de 2013 senado

PROYECTO DE LEY 30 DE 2013 SENADO. por medio de la cual se fomenta la práctica de los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas en Colombia y se autoriza al Gobierno Nacional a reglamentar su organización dentro del Sistema Nacional del Deporte.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Objeto

El objeto de la presente ley es fomentar la práctica de los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas en el país, promoviendo su reconocimiento como categoría deportiva y su vinculación al Sistema Nacional del Deporte.

Esta acción afirmativa formaliza la práctica de los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas, con lo cual se debe promover su ejercicio en infraestructuras y escenarios adecuados y mediante el uso de implementos apropiados para su correcto y seguro desempeño.

Artículo 2° Definiciones.

Deporte: Actividad física, ejercida como juego o competición, cuya práctica supone entrenamiento y sujeción a normas[1][1].

Deporte de aventura: Actividad física que se desarrolla en ambientes naturales, con un componente competitivo, que requiere de un entrenamiento exigente por las condiciones extremas dentro de las cuales puede desarrollarse[2][2].

Deportes urbanos y nuevas tendencias: Todos aquellos deportes de riesgo controlado, relacionados con las actividades de ocio y con algún componente deportivo, cuya práctica está sujeta a espacios y condiciones dados por la urbe. La práctica de todos estos deportes, además de la actividad física, involucra una serie de reglas o normas para desempeñar dentro de un espacio o área determinado, y donde la capacidad física y técnica del competidor son la base primordial para determinar su resultado[3][3].

Ejercicio: Es una variedad de actividad física planificada, estructurada, repetitiva y realizada con un objetivo relacionado con la mejora o el mantenimiento de uno o más componentes de la aptitud física[4][4].

Equipamientos deportivos: Áreas, edificaciones y dotaciones destinadas a la práctica del ejercicio físico, al deporte de alto rendimiento, a la exhibición y a la competencia de actividades deportivas en los medios aficionados y profesionales[5][5].

Artículo 3° Coldeportes como máximo órgano nacional en materia deportiva o quien haga sus veces determinará qué prácticas de los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas contarán con categoría deportiva, de acuerdo con los criterios establecidos a nivel nacional y los estándares internacionales que corresponda.
Artículo 4° Coldeportes o quien haga sus veces promoverá y orientará la conformación de clubes, ligas, asociaciones y federaciones para los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas

Dichas asociaciones serán vinculadas al Sistema Nacional del Deporte y serán objeto de vigilancia y control por parte de la autoridad nacional competente.

Artículo 5°

Coldeportes o quien haga sus veces, especificará las estrategias de fomento y la organización de las diferentes disciplinas de Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas, considerando la normatividad vigente y lo estipulado en el Plan Nacional de Desarrollo para el sector deportivo, cuyos lineamientos están dados hacia el incremento de la actividad física y recreativa, el aprovechamiento de los espacios deportivos, el aumento de la formación deportiva y el fortalecimiento de la capacidad competitiva del país.

Artículo 6°

Coldeportes o quien haga sus veces reglamentará lo relacionado con los protocolos de seguridad y requerimientos técnicos mínimos para los deportistas, para la creación y adecuación de los equipamientos deportivos, y en cuanto a los implementos necesarios para la práctica de los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas, teniendo en cuenta estándares de seguridad internacional, que deberán aplicar tanto los escenarios públicos como los promotores privados de los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas.

Parágrafo. Los temas relacionados con estándares de seguridad incluirán como mínimo la obligatoriedad del consentimiento informado proporcionado por los promotores públicos o privados; charlas introductorias sobre prevención de riesgos y medidas de protección aplicables durante la práctica del deporte; vinculación al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) de los deportistas que hacen parte de las ligas, clubes o federaciones para los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas; y la constitución de pólizas contra accidentes, entre otros.

Artículo 7° Coldeportes o quien haga sus veces asesorará y acompañará a los entes territoriales en la celebración de convenios interadministrativos, del nivel local o nacional según sea el caso, para la promoción y práctica de los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas en el territorio nacional.
Artículo 8° Coldeportes o quien haga sus veces acompañará a los entes territoriales en el diseño de planes para la creación de infraestructura, adecuación de escenarios y disposición de equipamientos deportivos para la práctica segura de los deportes de aventura y nuevas tendencias deportivas.
Artículo 9° Coldeportes o quien haga sus veces, coordinará la vinculación de actores privados y población civil interesada, del nivel local o nacional, en el diseño de planes y estrategias para la difusión y el fomento de los deportes de aventura y nuevas tendencias deportivas.
Artículo 10 Coldeportes o quien haga sus veces reconocerá y otorgará incentivos económicos a los deportistas y entrenadores medallistas en competencias internacionales de los Deportes de Aventura y Nuevas Tendencias Deportivas reconocidos por esta ley.
Artículo 11 La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las que le sean contrarias.

De los honorables Congresistas:

CONSULTAR FIRMAS EN ORIIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

ANTECEDENTES

La importancia del deporte ha venido llamando la atención de los Gobiernos, por cuenta de cambios innegables en la salud de la población alrededor del mundo. Por una parte, se hace apremiante promover hábitos saludables y, por otra, ajustarse a la transición generacional, la cual ha traído consigo una visión diferente de los jóvenes frente a lo que es el deporte y los alcances que su práctica pueda tener.

Si bien es cierto que desde el año 2002 el informe de Unicef ¿Deporte, Recreación y Juego¿ reconoce que estos tres aspectos influyen positivamente en la salud física y mental¿[6][6], lo cierto es que las autoridades en la materia afrontan grandes retos por cuenta de los cambios que han acompañado a las versiones tradicionales del deporte, como el surgimiento de nuevas disciplinas, en otros niveles y de mayor exigencia.

A estas nuevas versiones se les suele conocer como deportes extremos, definidos como ¿toda aquella actividad de ocio o de nivel profesional, que comporta una real o aparente peligrosidad por las condiciones difíciles o extremas en las que se practican. Implican determinada dosis de exigencia física y mental, y en su mayoría se desarrollan al aire libre y son de práctica individual¿[7][7].

Sin embargo, es importante mencionar que durante el trabajo de exploración realizado para la presentación de esta iniciativa, diferentes grupos de estas disciplinas que han tenido la oportunidad de participar en competencias de índole internacional coincidieron en que debía aclararse que la definición de deporte extremo resultaba restrictiva, en tanto que no en todas estas actividades deportivas es permanente la presencia del riesgo durante su práctica, y por lo tanto una denominación más ajustada era el de los deportes de aventura y nuevas tendencias deportivas, razón por la cual en lo sucesivo se adoptará esta expresión.

Cada día es más frecuente observar en espacios naturales o urbanos adultos y sobre todo jóvenes que hacen uso de calles, pistas, parques y toda clase de estructuras para lograr saltos o acrobacias en patines, patinetas y bicicletas; otros buscan saltar de paracaídas, puentes, grandes riscos y en lugares costeros o ríos. Cada vez es más continuo observar torrentismo ¿descenso en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR