Proyecto de ley 37 de 2012 senado - 26 de Julio de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451041206

Proyecto de ley 37 de 2012 senado

PROYECTO DE LEY 37 DE 2012 SENADO. por medio de la cual se aprueba la ¿Enmienda del Artículo VI y del párrafo A del Artículo XIV del Estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica¿, aprobadas por la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica, el 1º de octubre de 1999, mediante Resoluciones GC (43)/RES/19 y GC (43)/RES/8, respectivamente.

El Congreso de la República

Visto el texto de la ¿Enmienda del Artículo VI y del párrafo A del Artículo XIV del Estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica¿, aprobadas por la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica, el 1º de octubre de 1999, mediante Resoluciones GC (43)/RES/19 y GC (43)/RES/8, respectivamente.

(Para ser transcrito: Se adjunta fotocopia fiel y completa del texto en español de las precitadas enmiendas, tomada del original que reposa en el archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, la cual consta de nueve (9) folios.

CONSULTAR DOCUMENTO EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorables Senadores y Representantes:

En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de los artículos 150 numeral 16 y 189 numeral 2 y 224 de la Constitución Política de Colombia, presento a consideración del Honorable Congreso de la República el proyecto de ley ¿por medio de la cual se aprueba la ¿Enmienda del artículo VI y del párrafo A del Artículo XIV del Estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica¿, aprobadas por la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica, el 1° de octubre de 1999, mediante resoluciones GC (43)/RES/19 y GC (43)/RES/8, respectivamente.

I. CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA PARTICIPACIÓN DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA EN EL ESTATUTO DEL ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA

Colombia es Estado Parte del Estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), el cual fue aprobado mediante Ley 16 de 1960 y entró en vigor el 30 de septiembre de ese mismo año.

En virtud del precitado instrumento jurídico internacional, Colombia es Estado Miembro del OIEA, organización de carácter universal independiente de las Naciones Unidas, la cual está integrada por 153 Estados Miembros y se encuentra encargada de procurar acelerar y aumentar la contribución de la energía atómica a la paz, la salud y la prosperidad en el mundo entero.

Esta organización trabaja primordialmente en tres áreas: salvaguardias y verificación, revisando que los Estados utilicen con fines pacíficos la energía nuclear; seguridad física y tecnológica nuclear, contribuyendo a la mejora en la seguridad con el fin de proteger las instalaciones y materiales nucleares y radiactivos, así como de cuidar la salud humana y el medio ambiente y las aplicaciones civiles de la energía nuclear, promoviendo el uso de dicha energía en áreas de vital importancia para el desarrollo socioeconómico como la salud, la agricultura, la hidrología, entre otras.

El referido Organismo está compuesto por tres órganos: la Conferencia General, integrada por todos los Estados Miembros; la Junta de Gobernadores, conformada por 35 Estados Miembros, y la Secretaría, en cabeza del Director General, compuesta por seis Departamentos (Gestión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR