Proyecto de ley 60 de 2013 senado
PROYECTO DE LEY 60 DE 2013 SENADO. por la cual se reglamenta la Especialidad de Medicina Física y Rehabilitación - Fisiatría y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
El Congreso de la República de Colombia,
DECRETA:
La práctica de la especialidad médica de Medicina Física y Rehabilitación - Fisiatría, incluye: Evaluación y diagnóstico clínicos en pacientes pediátricos y adultos; diagnósticos de discapacidad; prescripción y supervisión médica de programas de intervenciones terapéuticas funcionales; manejo del dolor; prescripción y supervisión del uso de órtesis, prótesis y tecnología de asistencia; práctica e interpretación de estudios electrofisiológicos relacionados con el diagnóstico de enfermedades neuromusculares; calificación de pérdida de capacidad laboral; desarrollo y participación en programas de rehabilitación basada en comunidad; programas de rehabilitación cardiopulmonar; docencia en rehabilitación; investigación y difusión de sus resultados.
Dentro del territorio de la República, sólo podrán llevar el título de médico especialista en Medicina Física y Rehabilitación - Fisiatría:
-
Los profesionales que teniendo el título de Médico Cirujano hayan realizado, aprobado y obtenido el título de Especialista en Medicina Física y Rehabilitación (Fisiatría) en alguna de las Universidades reconocidas por el Estado;
-
Quienes hayan realizado estudios de Medicina Física y Rehabilitación - Fisiatría en Universidades de otros países con los cuales Colombia tenga celebrados tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos universitarios, en los términos de los respectivos tratados o convenios, y siempre que los respectivos títulos estén refrendados por las autoridades colombianas competentes.
Los títulos expedidos por las universidades colombianas o los refrendados, convalidados u homologados de las universidades de otros países de que habla el artículo 3º, deberán registrarse ante las autoridades de conformidad con las disposiciones vigentes.
Los especialistas en Medicina Física y Rehabilitación - Fisiatría que visiten el país en misión científica o académica y de consultoría o asesoría, podrán ejercer la especialidad por el término de un año, prorrogable hasta por otro, con el visto bueno del Ministerio de Salud y a petición expresa de una institución de educación superior.
El médico especializado en Medicina Física y Rehabilitación - Fisiatría, podrá ejercer su profesión de manera individual, colectiva, como servidor público o empleado particular, como asistente, docente universitario, investigador o administrador de centros médicos o similares.
El médico especializado en Medicina Física y Rehabilitación - Fisiatría al servicio de entidades pertenecientes al Sistema General de Seguridad Social Integral, tendrá derecho a acceder al desempeño de funciones y cargos de dirección, conducción y orientación institucionales, manejo y asesoría dentro de la estructura...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba