Proyecto de ley 20 de 2006 cámara - 26 de Julio de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451304030

Proyecto de ley 20 de 2006 cámara

PROYECTO DE LEY 20 DE 2006 CÁMARA. por medio de la cual se adicionan nuevos tipos penales a la Ley 599 de 2000, relacionados a las actuaciones de los Curadores Urbanos y violación a las licencias de construcción.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. El artículo 286 del Código Penal, quedará así:

Artículo 286 Falsedad ideológica en documento público

El servidor público que en ejercicio de sus funciones, al extender documento público que pueda servir de prueba, consigne una falsedad o calle total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento ochenta (180) meses.

La misma pena se aplicará a los curadores urbanos que en ejercicio de la función pública de expedir licencias urbanísticas, consignen alguna falsedad u oculten la verdad, con el ánimo de favorecer o perjudicar al titular de la licencia o a un tercero.

Artículo 2º. El artículo 288 del Código Penal, quedará así:

Artículo 288 Obtención de documento público falso

El que para obtener documento público que pueda servir de prueba, induzca en error a un servidor público, en ejercicio de sus funciones, haciéndole consignar una manifestación falsa o callar total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses.

La pena prevista en este artículo se agravará en una tercera parte (1/3) cuando la conducta del interesado se oriente a la consecución de una licencia urbanística.

Artículo 3º La presente ley rige a partir de su promulgación.

De los honorables Congresistas,

Gloria Stella Díaz Ortiz, Representante a la Cámara, Movimiento Político MIRA; Alexandra Moreno Piraquive, Manuel Antonio Virgüez, Senadores de la República, Movimiento Político MIRA.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La ley penal a través de su poder coercitivo insta a todos los individuos a adoptar las conductas adecuadas en directa protección de aquellos valores reconocidos por la sociedad que son necesarios para preservar una pacífica convivencia y mantener el orden público.

Al legislador en su potestad natural de ¿hacer las leyes¿ (artículo 150, Constitución Política de Colombia) le corresponde precisar aquellos valores, o bienes jurídicos tutelados, como técnicamente se les conoce, y determinar qué acciones u omisiones perjudican o menoscaban los mismos, estableciendo en cada caso una sanción penal con miras a lograr el respeto y obediencia ciudadana.

El origen y desarrollo de las normas de contenido penal, según lo explica la Sociología Jurídica, es un fenómeno social, ya que al determinar cierta conducta como delito, no se hace presintiendo que en el futuro esta pueda causar algún tipo de daño, sino más bien la norma penal es una respuesta estatal frente a hechos y circunstancias existentes de forma previa, que provocan el rechazo de la ciudadanía por afectar el normal desenvolvimiento de las relaciones entre los particulares y de estos con el propio Estado.

Enfocándonos en el proyecto de ley que presentamos a consideración del Congreso, tenemos que esta iniciativa tiende a proteger la confianza o fe pública, como valor legítimo de la sociedad, a través de la fijación de responsabilidad penal para los Curadores Urbanos y demás personas que intervienen en el procedimiento de expedición de licencias de construcción.

La licencia de construcción se constituye en un documento público, ya que el Curador Urbano, en ejercicio de la función pública que el Estado deposita en él, plasma su juicio sobre la solicitud de licencia presentada, acreditando las condiciones específicas para la ejecución del acto urbanístico, lo cual trae consigo el reconocimiento por parte del Estado de su legitimidad, sin necesidad de acreditación posterior de la misma.

Pasamos pues a desarrollar todos los argumentos que motivaron la elaboración de este proyecto, a través de los párrafos siguientes:

PROBLEMATICA ACTUAL DE LAS LICENCIAS DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR