Proyecto de ley 102 de 2006 cámara
PROYECTO DE LEY 102 DE 2006 CÁMARA. por la cual se modifica y adiciona la Ley 115 de 1994 y se aclara la Ley 1013 de 2006.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Objeto. La presente ley tiene por objeto la creación de la asignatura de Cooperativismo, dentro del grupo de áreas obligatorias en la Educación Básica Secundaria y Media, como principio básico dispuesto en los artículos 14, 23, 26, 27, 32 y 33 de la Ley 115 de 1994; en las Instituciones de Educación Superior, Técnicas Profesionales, Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas y Universidades; y además, aclarar la ley 1013 de 2006 para hacerla viable en su aplicación y reglamentación.
¿Parágrafo 1°. El estudio de estos temas y la formación en tales valores, salvo los literales a), b) y la educación en Cooperativismo, no exige asignatura específica. Esta formación debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de todo el plan de estudios¿.
¿Parágrafo 2°. Los planteles educativos oficiales y privados que impartan Educación Básica Secundaria, incorporarán la asignatura de Cooperativismo al plan de estudios, dentro de las áreas obligatorias y fundamentales¿.
¿Parágrafo. El Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes; el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, y el sector productivo establecerá un Sistema de Información y Orientación Profesional y Ocupacional que contribuya a la racionalización en la formación de los recursos humanos, según los requerimientos del desarrollo nacional y regional.
Esta formación se priorizará en la enseñanza de la economía solidaria, teniendo como fuente fundamental la asignatura de Cooperativismo¿.
¿Artículo 31. Areas fundamentales de la Educación Media Académica. Para el logro de los objetivos de la educación media académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la Educación Básica en un nivel más avanzado, además de las Ciencias Económicas, Políticas, la Filosofía y el Cooperativismo¿.
¿Parágrafo 2°. Los planteles educativos oficiales y privados que impartan Educación Media Técnica, incorporarán la asignatura de Cooperativismo al plan de estudios, dentro de las áreas obligatorias y fundamentales¿.
La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
Fernando Tamayo Tamayo,
Representante a la Cámara por Bogotá, D. C.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Importancia del proyecto
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