Proyecto de ley 118 de 2006 cámara - 22 de Septiembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451310478

Proyecto de ley 118 de 2006 cámara

PROYECTO DE LEY 118 DE 2006 CÁMARA. por la cual se modifica parcialmente la Ley 841 del 7 de octubre de 2003 y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º El artículo 5º de la Ley 841 de 2003 quedará así:

Artículo 5º. Requisitos para ejercer la profesión. Para ejercer la Profesión de Bacteriología se requiere acreditar su formación académica e idoneidad profesional, mediante la presentación del título respectivo conforme a la Ley, haber cumplido con el servicio social obligatorio y Obtener la Tarjeta Profesional expedida por el Colegio Nacional de Bacteriólogos.

Artículo 2º El parágrafo 2° del artículo de la Ley 841 de 2003 quedará así:

Parágrafo 2°. Mientras el Colegio Nacional de Bacteriólogos asume las funciones de expedición de la Tarjeta Profesional a que se refiere el artículo 5º de la presente ley, las Tarjetas Profesionales, inscripciones o registros de los Bacteriólogos serán expedidas por las Secretarías de Salud de los diferentes Departamentos, Distritos o Municipios del país.

Artículo 3º El literal c) del artículo 15 del Capítulo IV de la Ley 841 de 2003 quedará así:

c) Cumplir a cabalidad sus deberes profesionales, horarios y demás compromisos razonables a que está obligado en la institución donde presta sus servicios.

Artículo 4º El literal j) del artículo 15 del Capítulo IV de la Ley 841 de 2003 quedará así:

j) No desempeñar cargos remunerados en los cuales sus horarios sean coincidentes.

Artículo 5º El literal b) del artículo 24 del Capítulo VIII de la Ley 841 de 2003 quedará así:

b) Cuando sea absolutamente necesario realizar una investigación con menores de edad y/o minusválidos mentales, siempre es obligante obtener el consentimiento voluntario informado del padre, la madre o tutor legal después de haberles explicado los fines de la investigación, cumpliendo con ellos las mismas condiciones del numeral anterior.

Artículo 6º Adiciónase el artículo 7º de la Ley 841 de 2003 y quedará así:

Artículo 7º. Del ejercicio ilegal de la Profesión de Bacteriología. Entiéndase por...

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