Proyecto de ley 118 de 2006 cámara
PROYECTO DE LEY 118 DE 2006 CÁMARA. por la cual se modifica parcialmente la Ley 841 del 7 de octubre de 2003 y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 5º. Requisitos para ejercer la profesión. Para ejercer la Profesión de Bacteriología se requiere acreditar su formación académica e idoneidad profesional, mediante la presentación del título respectivo conforme a la Ley, haber cumplido con el servicio social obligatorio y Obtener la Tarjeta Profesional expedida por el Colegio Nacional de Bacteriólogos.
Parágrafo 2°. Mientras el Colegio Nacional de Bacteriólogos asume las funciones de expedición de la Tarjeta Profesional a que se refiere el artículo 5º de la presente ley, las Tarjetas Profesionales, inscripciones o registros de los Bacteriólogos serán expedidas por las Secretarías de Salud de los diferentes Departamentos, Distritos o Municipios del país.
c) Cumplir a cabalidad sus deberes profesionales, horarios y demás compromisos razonables a que está obligado en la institución donde presta sus servicios.
j) No desempeñar cargos remunerados en los cuales sus horarios sean coincidentes.
b) Cuando sea absolutamente necesario realizar una investigación con menores de edad y/o minusválidos mentales, siempre es obligante obtener el consentimiento voluntario informado del padre, la madre o tutor legal después de haberles explicado los fines de la investigación, cumpliendo con ellos las mismas condiciones del numeral anterior.
Artículo 7º. Del ejercicio ilegal de la Profesión de Bacteriología. Entiéndase por...
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