Proyecto de ley 046 de 2008 cámara
PROYECTO DE LEY 046 DE 2008 CÁMARA. por la cual se establecen mecanismos para la prevención y corrección del acoso escolar, el hostigamiento, el maltrato y otras formas de violencia en escuelas y colegios, y se adiciona el Código de la Infancia y la Adolescencia
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Para tal efecto, deberán:
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Ofrecer a los niños, niñas y adolescentes una formación permanente en el respeto por los valores de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación de los demás, la tolerancia hacia las diferencias entre personas y la solidaridad hacia las personas más vulnerables. Para la enseñanza de estos valores deberá dedicarse actividades curriculares teórico-prácticas y utilizar métodos persuasivos tales como discusiones, talleres, películas, textos literarios, representaciones teatrales y análisis de casos prácticos.
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Inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
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Establecer prácticas cotidianas y rutinarias de trato fraternal, así como métodos de solución amigable y pacífica de las diferencias o conflictos entre los alumnos.
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Proteger eficazmente a los niños, las niñas y los adolescentes contra toda forma de acoso, maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros, los profesores y directivos.
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Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir el acoso, la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los demás y especialmente hacia los niños, las niñas y los adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes.
Las normas sobre tales procedimientos se registrarán en las respectivas Secretarías de Educación Municipal, Distrital y Departamental y serán publicados en sitios visibles del establecimiento. Copia de ellos se hará entrega a los padres y madres de familia al momento de la matrícula.
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Cuando los profesores o responsables de la disciplina escolar detecten cualquier signo de agresión, enemistad o pendencia de palabra o de hecho entre alumnos de la institución educativa, deberán inducir a los involucrados a una sesión privada de reconciliación. Si esta no fuere posible, se llamará a los respectivos padres de familia para que induzcan a sus hijos a la reconciliación.
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En cada institución educativa se establecerán comités estudiantiles de mediación...
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