Proyecto de ley 079 de 2008 cámara - 13 de Agosto de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451343818

Proyecto de ley 079 de 2008 cámara

PROYECTO DE LEY 079 DE 2008 CÁMARA. por medio de la cual se modifica la Ley 789 de 2002, que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo

El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º El artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 25 de la Ley 789 de 2002, quedará así:
Artículo 160 Trabajo diurno y nocturno
  1. Trabajo diurno es el comprendido entre las seis horas (6 a. m.) y las dieciocho horas (6 p. m.)

  2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las dieciocho horas (6 p. m.) y las seis horas (6 a. m.).

Artículo 2° Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

CONSULTAR FIRMAS EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

EXPOSICION DE MOTIVOS

El trabajo suplementario o de las horas extras es un esfuerzo adicional de los trabajadores Colombianos para contribuir con la productividad y la eficiencia de los empleadores, en primer lugar, pero especialmente, en este país de bajos ingresos salariales, para aumentar un poco más sus ingresos con el fin de satisfacer las necesidades básicas del trabajador y de su familia. De acuerdo a las normas positivas laborales, esa remuneración del trabajo suplementario o de horas extras, dependiendo de si es diurno o nocturno, tiene un recargo adicional y además constituye salario para todos los efectos. Ahora bien, salarioes el que recibe todo trabajador, como contraprestación directa de la prestación de un servicio para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden moral, material y cultural.

La Constitución Nacional estableció entre los principios rectores de las relaciones laborales, señalados en el artículo 53, el establecimiento de una ¿remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo¿, lo que no solamente no se ha logrado en la realidad jurídica del país, sino que en la práctica se está desconociendo.

En efecto, en el año 2002 y so pretexto de ¿promover la empleabilidad y desarrollar la protección social¿, el Congreso de la República aprobó un Proyecto de ley de origen gubernamental, que sería la Ley 789 de 2002, que afectó gravemente los ingresos de los trabajadores de bajos salarios, convirtiendo en jornada diurna parte de la jornada nocturna...

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