Proyecto de ley 295 de 2010 cámara - 15 de Junio de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451381842

Proyecto de ley 295 de 2010 cámara

PROYECTO DE LEY 295 DE 2010 CÁMARA. por la cual la nación hace un reconocimiento a la memoria del compositor de las Américas Jorge Villamil Cordovez y se dictan otras disposiciones tendientes al fortalecimiento de la música colombiana

El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1° Objeto. La presente ley pretende hacer un reconocimiento de la nación colombiana a la vida y obra del maestro y compositor colombiano Jorge Villamil Cordovez, como también al fortalecimiento de aires musicales colombianos que contribuyan a la solidificación del patrimonio cultural de nuestro país.
Artículo 2° Reconocimientos

Los reconocimientos a la memoria del maestro Jorge Villamil Cordovez, serán de naturaleza histórico-cultural y material-cultural.

Artículo 3° Reconocimientos Histórico-culturales. Se consideran como tales, los siguientes:

l. Edición de sus Obras. La nación a través del Ministerio de Cultura, publicará la recopilación de las canciones que contengan con exactitud sus melodías, letras e historia de las mismas.

  1. Concurso Nacional de Composición Musical. El Ministerio de Cultura asumirá la organización, promoción y premiación del Concurso Nacional de Composición Musical Jorge Villamil Cordovez, que se realiza dentro del marco de las festividades sampedrinas en el mes de junio en Neiva. El Ministerio de Cultura reglamentará el presente concurso, que deberá estar orientado a la promoción de la música de la región andina colombiana en todas sus manifestaciones: danza, torbellino, sanjuanero, rumba criolla, caña, rajaleña, bunde, fandanguillo, bambuco, pasillo, vals, guabina, sanjuanito, reafirmándolos como máxima expresión de nuestra identidad cultural y a estimular la creatividad de los compositores y el reconocimiento público a su labor.

    Parágrafo Único. La organización y promoción se adelantará en coordinación con el ente departamental responsable del Festival Nacional del Bambuco.

  2. Condecoración Musical. Créase la Condecoración a la Investigación Musical Jorge Villaiviil Cordovez, como reconocimiento a las investigaciones que adelanten instituciones o personas naturales y jurídicas que estén orientadas a la preservación y/o conocimiento de los aires musicales de las distintas regiones del país. El Ministerio de Cultura reglamentará dentro de los seis (6) meses siguientes a la promulgación de la presente ley, los requisitos para acceder a dicha condecoración.

  3. Condecoración Especial. Otórgase la condecoración del Congreso de la República ¿orden de la democracia Simón Bolívar¿ a los siguientes intérpretes de la música andina como reconocimiento a toda una vida de servicio a...

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