Proyecto de ley 009 de 2011 cámara - 28 de Julio de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451405102

Proyecto de ley 009 de 2011 cámara

PROYECTO DE LEY 009 DE 2011 CÁMARA. por medio de la cual se establece una compensación a los titulares de predios de miembros de la comunidad raizal del departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

  1. Articulado

Artículo 1° Adiciónese al artículo 24 de la Ley 44 de 1990, y al artículo 184 de la Ley 223 de 1995, el siguiente inciso:

Con cargo al Presupuesto Nacional, la Nación reconocerá anualmente, al departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las cantidades que equivalgan a lo que dichos entes recauden por concepto de impuesto predial unificado y sobretasas legales correspondientes a los predios de propiedad de los miembros de la comunidad étnica raizal, para lo cual tendrán en cuenta el avalúo que de los predios realice el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, y de acuerdo con la tarifa que establezca la asamblea departamental y el concejo municipal de los entes territoriales.

Parágrafo único. Igualmente con cargo al presupuesto nacional, la Nación reconocerá anualmente las cantidades que equivalga a lo que los entes territoriales recaudarían por concepto de impuesto predial unificado y sobretasas legales correspondientes a los predios ubicados en la Zona Núcleo de Reserva de Biosfera Sea Flower en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en este caso sin distinguir si el propietario es miembro de la comunidad raizal.

Artículo 2° Para el cobro de este gravamen ante el Ministerio de Hacienda, el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, realizará el mismo trámite establecido para la compensación del predial de los resguardos indígenas.
Artículo 3° Los recursos recibidos mantendrán la misma destinación a ellos asignados en la ley.
Artículo 4° La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Marco Aníbal Avirama Avirama,

Senador de la República

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Mucho se ha dicho sobre el afecto del Estado colombiano y sus Gobiernos cuando de demostrarlo por las Islas se trata, y, más aún, cuando de reconocer los derechos de su comunidad raizal ancestral se refiere que detenernos en los innumerables detalles escritos en la historia de Colombia haría interminable esta exposición. Es por ello que nos concentraremos en indicar sin mayores ambages, que la difícil situación que...

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