Proyecto de ley 091 de 2011 cámara - 12 de Septiembre de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451408070

Proyecto de ley 091 de 2011 cámara

PROYECTO DE LEY 091 DE 2011 CÁMARA. por la cual se fortalece la protección de la integridad personal y se adiciona un inciso al artículo 113 de la Ley 599 de 2000.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Objeto

La presente ley tiene por objeto fortalecer la protección del bien jurídico en este tipo penal que es la integridad personal, que en su concepción más amplia incluye la integridad corporal, la integridad de la salud y la vida de relación o integridad social, buscando aumentar la pena para quien de manera dolosa o gravemente culposa atenta en contra de este bien.

Artículo 2° Adiciónese un inciso al artículo 113 de la Ley 599 de 2000, así:

Cuando las lesiones sean causadas en rostro y cuello con agente químico, líquido o sólido caliente que genere grave deterioro, pérdida funcional, daño de los tejidos y apariencia física, la pena será de prisión de diez (10) a veinte (20) años y multa de noventa y cuatro (94) a trescientos setenta y cuatro (374) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

Artículo 3° Vigencia

La presente ley rige a partir de su promulgación.

Óscar de Jesús Marín,

Representante a la Cámara por Antioquia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La sociedad colombiana ha venido conociendo y padeciendo actos atroces y crueles, como es el hecho de desfigurarle el rostro arrojando ácido a una mujer. Estos actos, que atentan contra la integridad personal, se presentan sin ningún motivo aparente más que el de proporcionarle placer al victimario. Lo peor es que, aparte de algunas manifestaciones o comentarios coyunturales y momentáneos, ante tal crueldad y desprecio por la vida y la integridad de los seres humanos, nuestra sociedad ha permanecido indiferente, como sintiendo que las víctimas son muy lejanas y que este tipo de situaciones jamás fuesen a tocarnos.

Tal indiferencia e indolencia se evidencian en nuestra legislación como expresión colectiva de la sociedad, por lo que tampoco ha contemplado estas acciones como delitos contundentemente tipificados.

Cada día más, nuestra sociedad se ve afectada por delitos atroces que atentan contra la vida y la integridad de las personas, en especial mujeres indefensas o que bajo el factor sorpresa son víctimas. Casos inhumanos impensables ¿como lo es que entre las calles un tercero lance ácido en el rostro a una persona, ya sea porque esta se le atraviesa o porque simplemente quiere vengarse bajo actos pasionales¿ se convierten en comunes, teniendo como principal motivación ocasionar un perjuicio tanto a la integridad, estabilidad, equilibrio y salud, como a la vida propia en términos sociales, familiares, económicos, sexuales y sentimentales de aquella víctima, a quien a partir de este cruel acto sobre su rostro y cuello, se le transforma no sólo su presencia física, pues esta queda completamente desfigurada sin reconocimiento alguno por sus semejantes; sino que además logra afectar su vida en su entorno social.

En este sentido, sumado a la gravedad que representa para la víctima la agresión en la que se ve envuelta, se encuentra el hecho de que los agresores siguen libres o simplemente pagando penas cortas que terminan brindándoles a corto plazo la libertad, sin ningún tipo de garantía respecto a que puedan incurrir nuevamente en estos actos violentos; pues ¿quién nos garantiza que, pagando una pena corta, el agresor tomará reflexión de la proporción del daño ocasionado? Con esto, no se pretende decir que con altas penas de detención en prisión se garantice el nivel de reflexión del agresor, pero se prefiere esto, a saber que el mismo victimario o individuo tiene la posibilidad de reincidir en el mismo delito, tan pronto como salga de prisión, ya que, una vez libre, podrá recorrer las mismas calles atentando en contra de cualquier persona.

En Colombia, la incidencia de este tipo de violencia es cada vez mayor, pues se han dado a conocer a la sociedad colombiana a través de los medios de comunicación múltiples casos a partir del 2008; casos que demuestran la importancia de poner un alto a estos delitos atroces, dado que deterioran y destruyen la vida de un ser humano. Entre algunos de estos casos, se encuentran:

Una estudiante de 21 años, a quien el pasado 8 de agosto de 2011, mientras se disponía a atravesar un parque cercano a su casa en horas de la mañana, en el sector de Patio Bonito, en la localidad de Kennedy, un hombre le arrojó un ácido sobre su cabeza. Lo lamentable de este hecho, es que ella no pudo ver a su atacante, quien sin mediar palabra arrojó bajo el factor sorpresa en su cara el ácido y luego huyó en bicicleta sin que ella pudiera identificarlo, dado que al sentir el impacto del líquido en el rostro se limitó a agacharse. Tal acto violento afectó sus brazos, su pecho y la totalidad de su rostro, viéndose comprometidos los pómulos, la frente y el mentón. La estudiante dijo a los medios de comunicación que quiere saber quién es el culpable, ¿Quiero saber por qué me lo hizo; yo no le he hecho nada a nadie¿, pues no entiende las razones que impulsaron a su agresor a cometer tal crueldad.

Sin embargo, no era la primera vez que esta se veía envuelta en una situación así, pues un mes antes, un hombre al que sí vio, le arrojó a la cara un líquido que le generó escozor y comezón. La madre de la víctima le mostró a su hija la fotografía del hombre que, según la Policía, podría ser el atacante, con el propósito de saber si pudo haber sido el autor del primer ataque, pero la joven no logró identificar la persona de la foto. Por ahora, la Policía no ha entregado detalles de las circunstancias en las que capturó al hombre y que, según el comandante de la Policía, ¿fue individualizado e identificado¿ como el supuesto agresor. La mujer atacada permanece internada en el hospital, con quemaduras de segundo y tercer grado en su rostro, cuello y brazos y tendrá que seguir allí por lo menos 30 días más.

Una mujer de 22 años, aspirante a Miss Cúcuta en el Concurso Nacional de Belleza, a quien un hombre desconocido arrojó ácido en la cara, cerca de su domicilio la noche del jueves, 10 de junio de 2010. Las quemaduras sufridas por el contacto del ácido con el rostro llevaron a que sólo después de 5 días de encontrarse internada en el hospital, se le diera de alta a la joven con el rostro completamente vendado. La madre negó el hecho que su hija debiera someterse a algún tipo de cirugía reconstructiva en la cara, aunque afirmó que la córnea del ojo derecho se encontraba dañada, por lo que la joven recibiría tratamiento psicológico para superar el trauma del ataque. La justicia colombiana, por su parte, tomó como posibles responsables a las ocho compañeras y rivales en ese entonces del certamen Miss Norte de Santander, para ver si estas se encontraban implicadas en la agresión sin ningún resultado, llevando a que ante los medios de comunicación la joven, una vez superado el impasse, perdonara a su agresor diciendo ¿estoy tratando de sanar mi corazón y recuperar mi vida¿.

Una mujer en estado de embarazo fue atacada el 7 de febrero de 2008, cuando iba camino a su casa por tres hombres de una constructora, quienes en principio sólo le gritaron obscenidades mientras ella pasaba por la obra. La víctima siguió caminado sin voltearse y lo siguiente que recuerda fue el infierno para ella, pues sólo sintió algo que le quemaba la cara. El ácido ocasionó quemaduras severas que conllevaron a que esta perdiera un ojo, una de sus fosas nasales y estuviera al borde de la muerte durante dos meses completos en el hospital. Adicionalmente a sus lesiones físicas, esta mujer se vio enfrentada no sólo al rechazo de su hijita, la cual al verla se aterró, sino al rechazo laboral que la llevó a subirse a los buses a vender dulces, para solventar el sustento suyo y de sus menores hijos; mientras su agresor continúa en libertad.

Finalmente, una joven de 16 años que cursaba 10 grado fue víctima de una agresión con ácido a mediados de 2008, por un menor de 10 años a quien se le pagó por cometer el delito. La joven se dirigía a su casa en compañía de dos menores de edad después de terminar sus actividades escolares, cuando fueron abordados por un niño, quien arrojó sobre ellos un líquido (ácido), el cual generó graves lesiones en los tres, siendo mucho más graves en la joven de 16 años. En investigaciones, se estableció que el infante agresor, momentos antes, había sido contactado por un hombre, el ex novio de la menor más afectada, quien le ofreció para dicho cometido la suma de $3.000 pesos, un Xbox, un celular y otras cosas, para que le arrojará la sustancia, la cual le dijo al menor que era una mezcla inofensiva de decol, orina y detergente. Las lesiones ocasionadas por el ácido fueron catalogadas como severas, pues incluyeron quemaduras de segundo y tercer grado en cara, cuello, tórax y miembros superiores, donde las áreas más afectadas fueron los labios, la nariz y el cuello. Esta joven aún hoy sigue sometiéndose a variedad de cirugías reconstructivas, pues ya son más de 20 veces las que ha estado en una sala de cirugía, sin que se le dé a su atacante una merecida condena.

De los casos anteriormente expuestos, sólo se ha conocido sentencia condenatoria en el caso de la joven de 16 años, donde el agresor se valió de un menor de edad para violentar los derechos de una mujer. La pena implantada en este caso fue de 9 años de prisión y una multa por 150 salarios mínimos mensuales vigentes, correspondientes a la suma de $80.340.000 pesos; valor que no cubre ni la mínima parte del daño causado tanto física como moralmente a la víctima, a su familia y al entorno social, pues el delito se tomó como lesión personal y no como tentativa de homicidio, ya que la incapacidad emitida por Medicina Legal no superó los 90 días para que llegase a calificarse como tal. Sumado a esto, la condena no habría sido ¿tan alta¿ de no ser porque con este acto...

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