Proyecto de ley 209 de 2005 senado - 11 de Febrero de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451443018

Proyecto de ley 209 de 2005 senado

PROYECTO DE LEY 209 DE 2005 SENADO. por la cual se establecen las condiciones y procedimientos para la devolución y restitución de bienes entregados por parte de grupos desmovilizados en los procesos de paz.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Generalidades

Artículo 1º

La presente ley establece las condiciones y procedimientos mediante los cuales, como resultado de un proceso de desmovilización y reinserción, grupos ilegales alzados en armas entregan al Estado los bienes adquiridos de manera ilegal o a través de la violencia e intimidación, para que este posteriormente los devuelva a sus legítimos dueños o los administre en su propio beneficio, bajo el principio internacional de reparación.

Artículo 2º Los procedimientos determinarán las condiciones bajo las cuales se efectuará la devolución por parte de los grupos ilegales alzados en armas y la recepción, depósito y restitución por parte del Estado.
Artículo 3º Por devolución se entiende la entrega de bienes productivos e improductivos, materiales y financieros que serán entregados por los grupos o individuos desmovilizados y reinsertados a través de procesos de paz, como parte del pago del daño causado a los colombianos y a la Nación.
Artículo 4º Por recepción y depósito se entiende la custodia y la administración de los bienes, para cuyo efecto a través de la presente ley se creará el Fondo de Restitución de Bienes.
Artículo 5º Por restitución se entiende la entrega de los bienes a sus propietarios legítimos o anteriores.

Bienes objeto de devolución, recepción, depósito y restitución

Artículo 6º Los bienes objeto de devolución, recepción, depósito y restitución son los siguientes:
  1. Predios urbanos y rurales.

  2. Propiedades agrarias (cultivos, animales, campos, bosques y predios boscosos).

  3. Viviendas y edificios de uso residencial, turístico, comercial o industrial.

  4. Vehículos terrestres, aéreos y fluviales.

  5. Empresas.

  6. Bienes muebles.

  7. Otros bienes inmuebles.

  8. Joyas, billetes y monedas de curso legal, divisas, metales preciosos.

  9. Bienes con valor histórico y artístico.

  10. Cuentas bancarias, TES, acciones empresariales u otras.

El Fondo de Restitución de Bienes-Fordeb

Artículo 7º Créase el Fondo de Restitución de Bienes, Fordeb, adscrito a la Red de Solidaridad Social.
Artículo 8º La Red de Solidaridad Social a través del Fondo de Restitución de Bienes, Fordeb, será la encargada de la recepción, depósito, valoración, administración y restitución de los bienes entregados por los grupos ilegales alzados en armas en procesos de desmovilización, sin perjuicio de las funciones asignadas por la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR