Proyecto de ley 159 de 2006 senado - 3 de Noviembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451454654

Proyecto de ley 159 de 2006 senado

PROYECTO DE LEY 159 DE 2006 SENADO. por la cual se adiciona un inciso al artículo 454 del Código Penal y un 5° inciso al artículo 235 del Código de Procedimiento Penal.

El Congreso de Colombia

decretA:

Artículo 1° Adiciónase al artículo 454 B del Código Penal con un inciso de este tenor:

En la misma pena incurrirá el empleado o representante legal de empresas prestadoras de servicio de telecomunicación, de Internet o de cualquier otra red computacional, electrónica, digital o similares que retarde u omita la entrega de información requerida judicialmente. La pena se incrementará de una tercera parte a la mitad cuando el objeto de la investigación tenga que ver con delitos de secuestro, homicidio, narcotráfico, lavado de activos, terrorismo, robo de propiedad intelectual, espionaje industrial, trata de personas, estímulo de prostitución de menores y pornografía infantil.

Artículo 2° Adiciónase al artículo 235 del Código de Procedimiento Penal con un 5° inciso del siguiente tenor:

También podrán interceptarse, inclusive en tiempo real, comunicaciones realizadas a través de Internet o redes computacionales de otra índole, así como comunicaciones realizadas a través de nuevas tecnologías.

Artículo 3° Vigencia

La presente ley tiene vigencia a partir de su promulgación.

El Senador de la República,

Miguel Pinedo Vidal.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La tipificación de nuevas formas de omisión o retardo en la entrega de información requerida judicialmente a través del uso de red computacional, electrónica, digital, así como de comunicaciones que impliquen la utilización de nuevas tecnologías, se hace no solo conveniente sino necesaria ante la insuficiencia normativa en la regulación de comportamientos que involucran adelantos tecnológicos disímiles a los tradicionalmente utilizados, y que por su misma naturaleza no pueden constituirse en nuevos supuestos de reproche a través de una interpretación extensiva de la ley penal.

Como es sabido, los principios de tipicidad y legalidad imponen la consagración previa del supuesto normativo a la comisión de la conducta punible como requisito correlativo a la facultad de punición del Estado, pero adicionalmente exigen que la descripción típica del comportamiento sea precisa, clara...

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