Proyecto de ley 04 de 2007 senado - 26 de Julio de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451456910

Proyecto de ley 04 de 2007 senado

PROYECTO DE LEY 04 DE 2007 SENADO. por medio de la cual se instrumenta la cultura de basura cero

Bogotá D. C., 20 de julio de 2007

Señor(a)

Presidente

Honorable Senado de la República

Ciudad

En nuestra condición de miembros del Congreso y en uso del derecho que consagra el artículo 154 de la C.P. nos permitimos poner a consideración del honorable Congreso de la República el proyecto de ley, por medio de la cual se instrumenta la cultura de basura cero , que consta de cincuenta y dos (52) folios, para que se le dé el curso que disponen la Constitución Política y las leyes.

PROYECTO DE LEY NUMERO 04 DE 2007 SENADO

por medio de la cual se instrumenta la cultura de basura cero.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

CAPITULO I Artículo 28

Disposiciones Generales

Artículo 1º. Objeto . Es objeto de la presente ley instrumentar la cultura de la Basura cero en el marco de la gestión y manejo integral de los residuos sólidos ordinarios no peligrosos, bajo los principios rectores de corresponsabilidad ciudadana, minimización, fortalecimiento de las cadenas de reciclaje y aprovechamiento e inclusión de la población recicladora de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, con el fin de proteger los recursos naturales, la población y el patrimonio público y privado.

Artículo 2º. Definiciones . Para los efectos de esta ley se adoptan las siguientes definiciones:

Acciones afirmativas: Todo tipo de medidas o políticas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, ya sea con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan, a bien de lograr que los miembros de un grupo subrepresentado, usualmente un grupo que ha sido discriminado, tengan una mayor representación, con el fin de conseguir una mayor igualdad sustantiva entre grupos sociales con problemas de discriminación o de desigualdad de oportunidades.

Aprovechamiento: Es el proceso mediante el cual, a través de un manejo integral de los residuos sólidos, los materiales recuperados se reincorporan al ciclo económico y productivo en forma eficiente, por medio de la reutilización, el reciclaje, el compostaje o cualquier otra modalidad que conlleve beneficios sanitarios, ambientales y/o económicos.

Cadena de reciclaje y aprovechamiento de residuos sólidos: Es la articulación de las diversas etapas del ciclo de aprovechamiento de un determinado residuo sólido desde la generación y separación desde la fuente, pasando por su recolección diferenciada, su alistamiento, procesamiento o manufactura, su comercialización, y usos productivos.

Comercializadores: Son aquellos micro, pequeños, medianos empresarios que realizan compraventa de residuos sólidos y participan en las cadenas de reciclaje y aprovechamiento no vinculado a la prestación del servicio público de aseo.

Cultura de basura cero . Es el conjunto de costumbres y valores de una comunidad que tiendan a la reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos en rellenos sanitarios, con plazos y metas concretas, por medio de la adopción de un conjunto de medidas orientadas a la reducción en la generación de residuos no aprovechables, la separación en la fuente, el reciclaje para el aprovechamiento de los residuos potencialmente reutilizables.

Disposición final de residuos no aprovechables . Es el proceso de aislar y confinar los residuos sólidos no aprovechables, en forma definitiva, en lugares especialmente seleccionados, diseñados y operados para evitar la contaminación, y los daños o riesgos a la salud humana y al ambiente.

Escombros . Es todo residuo sólido sobrante de las actividades de construcción, reparación o demolición, de las obras de edificación, civiles y de otras actividades conexas, complementarias o análogas.

Frecuencia del servicio . Es el número de veces por semana que se presta el servicio de aseo a un usuario.

Generador o productor . Persona que produce residuos sólidos y es usuario del servicio público de aseo.

Gestión integral de residuos sólidos. Es el conjunto de operaciones y disposiciones encaminadas a dar a los residuos generados, el destino más adecuado desde el punto de vista ambiental, de acuerdo con sus características, volumen, procedencia, costos, tratamiento, posibilidades de reciclaje, aprovechamiento, comercialización y disposición final.

Macrorruta. Es la división geográfica de una ciudad, población o zona para la distribución de los recursos y equipos a fin de optimizar el servicio.

Manejo . Es el conjunto de actividades que se realizan desde la generación hasta la eliminación del residuo o desecho sólido. Comprende las actividades de separación en la fuente, presentación, recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento, reciclaje y aprovechamiento hasta su disposición definitiva.

Microrruta. Es la descripción detallada a nivel de las calles y manzanas del trayecto de un vehículo o cuadrilla, para la prestación del servicio de recolección o del barrido manual o mecánico, dentro del ámbito de una frecuencia predeterminada.

Minimización de residuos en procesos productivos. Es la optimización de los procesos productivos tendiente a disminuir la generación de residuos sólidos.

Persona prestadora del servicio público de aseo. Es aquella encargada de todas, una o varias actividades de la prestación del servicio público de aseo, en los términos del artículo 15 de la Ley 142 de 1994 o las normas que lo modifiquen o adicionen.

Presentación: Es la actividad del usuario de envasar, empacar e identificar todo tipo de residuos sólidos para su almacenamiento y posterior entrega a la persona prestadora del servicio de aseo para recolección, transporte, tratamiento aprovechamiento y disposición final.

Puntos Limpios. Espacios públicos conectados espacialmente a espacios públicos de circulación peatonal y vehicular donde se ubican contenedores para la disposición temporal de residuos sólidos separados desde la fuente, que deben permitir su recolección por los vehículos autorizados que realizan rutas selectivas.

Reciclador . Es la persona natural o jurídica que alista o recupera los residuos para su aprovechamiento.

Reciclador de oficio en condiciones de pobreza y vulnerabilidad. Es el reciclador que derivaba su sustento y el de su familia, del reciclaje de residuos sólidos, durante un mínimo de dos años con anterioridad a la vigencia de la presente ley y realizaba su labor en el espacio público o en fuentes fijas y que ha transportado el producto del reciclaje en vehículos de tracción animal y humana.

Reciclaje. Es el proceso mediante el cual se recuperan los residuos sólidos su reutilización o transformación como materia prima para la fabricación de nuevos productos.

Recolección . Es la acción y efecto de recoger y retirar los residuos sólidos de uno o varios generadores efectuada por la persona prestadora del servicio público de aseo.

Relleno sanitario . Es el lugar técnicamente seleccionado, diseñado y operado para la disposición final controlada de los residuos sólidos, sin causar peligro, daño o riesgo a la salud pública, minimizando y controlando los impactos ambientales y utilizando principios de ingeniería, para la confinación y aislamiento en un área mínima, con compactación, cobertura diaria, control de gases y lixiviados, y cobertura final.

Residuo o Desecho Peligroso . Es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se consideran residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

Residuo sólido o desecho . Es cualquier objeto, material, sustancia o elemento sólido resultante del consumo o uso de un bien en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales, de servicios que el generador abandona, rechaza o presenta a la persona prestadora del servicio público de aseo. Los residuos sólidos se dividen en aprovechables y no aprovechables. Igualmente, se consideran como residuos sólidos aquellos provenientes del barrido y limpieza del espacio público.

Residuo sólido o desecho aprovechable . Es cualquier material, objeto, sustancia o elemento sólido de origen orgánico e inorgánico, proveniente de actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales, de servicios que es susceptible de incorporación al ciclo económico.

Residuo sólido o desecho no aprovechable . Es cualquier material, objeto, sustancia o elemento de origen orgánico e inorgánico, proveniente de actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales, de servicios, que no ofrece ninguna posibilidad de aprovechamiento, reutilización o reincorporación al ciclo económico y que por tanto deben ser confinados.

Reutilización . Es la prolongación de la vida útil de los residuos sólidos recuperados mediante procesos, operaciones o técnicas que les devuelven su posibilidad de utilización en su función original o en alguna relacionada, sin que para ello requieran procesos adicionales de transformación.

Separación desde la fuente . Es la clasificación de los residuos sólidos en el sitio donde se generan.

Tratamiento. Es el conjunto de operaciones, procesos o técnicas que modifican las características de los residuos sólidos para incrementar sus posibilidades de reutilización o para minimizar los impactos ambientales y los riesgos para la salud humana.

Unidad de almacenamiento. Es el área definida y cerrada, en la que se ubican las cajas de almacenamiento en las que el usuario almacena temporalmente los residuos sólidos.

Usuario . Es la persona natural o jurídica que se beneficia de la prestación de un servicio público, bien como propietario del inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio.

Usuario residencial. Es la persona natural o jurídica...

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