Proyecto de ley 118 de 2007 senado - 6 de Septiembre de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451457630

Proyecto de ley 118 de 2007 senado

PROYECTO DE LEY 118 DE 2007 SENADO. por medio de la cual se adiciona el Título VI del Código Penal

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. Adiciónese el Título VI del Código Penal, Delitos contra la Familia, así:

229-A. El que incurra en conducta de adulterio consumado, se hará acreedor a multa de veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Los recursos recaudados se destinarán a los programas de atención de la niñez desamparada que tenga el ICBF.

La multa podrá ser sustituida por trabajo social no remunerado en los hogares de paso donde son albergados los menores huérfanos y/o abandonados, como también, en frenocomios o clínicas de reposo. De la misma forma, el infractor deberá recibir asistencia profesional y terapéutica en la comisaría de familia de su domicilio o de entidades legalmente constituidas que trabajen para fortalecer la unidad familiar.

229-B. Para proceder contra los adúlteros, deberá mediar querella del cónyuge ofendido. Si este la formulare contra uno solo de los infractores, se procederá contra los dos.

229-C. Cuando se presente perdón del cónyuge ofendido, cesará el procedimiento siempre que no haya quedado ejecutoriada la sentencia en primera instancia, pero el mismo quedará impedido para formular denuncia nuevamente por los mismos hechos.

Artículo 2º. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga las demás normas que le sean contrarias.

Edgar Espíndola Niño,

Senador.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Honorables Congresistas:

Resulta evidente que el proceso de descomposición social tiene dentro de sus principales causas la desintegración propia de la estructura familiar, la cual deja a la deriva no solo las expectativas de los cónyuges en convivir y prestarse ayuda mutua, sino lo peor, el abandono por parte de uno de los padres de sus hijos, que posteriormente se tendrán que educar en un ambiente de soledad, pérdida de valores, inseguridad emocional y proclividad a adquirir conductas o comportamientos contrarios a los valores sociales necesarios en la conformación del individuo.

Igualmente, resulta esta una conducta repetitiva en el ciudadano, que se proyecta en su formación social, pues dichos antecedentes de adulterio en el hogar vividos por un menor, se proyectarán posteriormente en su vida conyugal, basados en la máxima que predica que ¿los niños aprenden y repiten lo que observan en casa¿. También se ha desarrollado la teoría de la predisposición genética que establece que un menor es capaz de heredar genéticamente las actitudes y...

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