Texto aprobado en comisión del proyecto de ley 168 de 2006 cámara - 16 de Julio de 2007 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451326474

Texto aprobado en comisión del proyecto de ley 168 de 2006 cámara

TEXTO APROBADO EN COMISIÓN DEL PROYECTO DE LEY 168 DE 2006 CÁMARA. TEXTO APROBADO EN PRIMER DEBATE POR LA COMISION TERCERA CONSTITUCIONAL PERMANENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES EN SESION DEL DIA JUEVES 14 DE JUNIO DE 2007, por medio de la cual se regulan las tasas que se cobran por la prestación de los servicios del Ministerio de Relaciones Exteriores con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Objeto . La presente ley regula las tasas que deben pagar los usuarios por la prestación de los servicios de expedición de pasaportes, visas, legalizaciones y apostilla, certificaciones, el ejercicio de las funciones notariales y de registro en el exterior, la expedición de tarjetas de registro consular y los trámites de nacionalidad, con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Lo anterior, sin perjuicio de los cobros que se deban realizar para otras entidades en virtud de la legislación vigente.

Artículo 2°. Fundamentos . La presente ley se fundamenta en el concepto constitucional de la recuperación de los costos de los servicios que se prestan a los usuarios y en la participación de estos en los beneficios que reciben; el mejoramiento continuo del servicio para garantizar su prestación eficiente y efectiva, respetando la reserva de la información.

Artículo 3°. Hecho generador . Los siguientes son los hechos generadores de las tasas establecidas mediante la presente ley:

a) Expedición de pasaportes;

b) Expedición de visas;

c) Legalizaciones de documentos que van a producir sus efectos en el exterior;

d) Apostilla;

e) Protocolización de escrituras públicas;

f) Certificaciones expedidas en el exterior por funcionarios consulares, en ejercicio de su función notarial de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-ley 960 de 1970, ¿ por el cual se expide el Estatuto del Notariado ¿, y demás normas que lo modifiquen o adicionen;

g) Certificación sobre la existencia legal de Sociedades;

h) Autenticaciones efectuadas por los cónsules colombianos;

i) Reconocimiento de firmas ante cónsules colombianos;

j) Expedición de Tarjetas de registro consular;

k) Trámite de nacionalidad colombiana por adopción;

l) Trámite de renuncia a la nacionalidad colombiana;

m) Expedición de certificados de antepasados de extranjeros nacionalizados como colombianos por adopción;

n) Expedición de certificados de no objeción a la permanencia en el exterior de estudiantes colombianos.

Artículo 4°. Recaudo de las tasas. El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá celebrar...

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