Texto definitivo aprobado en comisión al proyecto de ley 173 de 2012 senado - 27 de Mayo de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451040946

Texto definitivo aprobado en comisión al proyecto de ley 173 de 2012 senado

TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN COMISIÓN AL PROYECTO DE LEY 173 DE 2012 SENADO. TEXTO DEFINITIVO(Aprobado en la Comisión Séptima Constitucional Permanente del honorable Senado de la República, en sesión ordinaria de fecha mayo catorce (14) de 2013, según Acta número 26, Legislatura 2012-2013)AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 173 DE 2012 SENADOpor medio de la cual se establecen criterios adicionales a los cuales se debe sujetar el Gobierno Nacional al fijar el régimen salarial y prestacional salarial de los miembros de la Fuerza Pública.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Objeto

El objeto de la presente ley es establecer criterios adicionales a los establecidos en la Ley 4 de 1992, a los cuales debe sujetarse el Gobierno para fijar el régimen salarial y prestacional de los miembros de la Fuerza Pública.

Artículo 2°

Criterios de experiencia y permanencia en el servicio. Con el fin de propender por la igualdad y la progresividad de los salarios de la fuerza pública, el Gobierno Nacional, en desarrollo de la presente ley, deberá reconocer criterios de experiencia laboral y permanencia en el servicio en las prestaciones mensuales de la fuerza pública, en particular de los miembros del nivel ejecutivo de la Policía Nacional.

En desarrollo del anterior criterio, el Gobierno Nacional implementará primas de permanencia anual para los miembros del nivel ejecutivo y agentes de la Policía Nacional que tengan más de cinco (5) años de servicio continuo. Estas primas deberán ser como mínimo equivalentes al veinte por ciento (20%) del sueldo básico mensual. El plazo se contará a partir del último ascenso recibido.

Así mismo, reconocerá el principio de oscilación de las asignaciones a todos los grados de la Fuerza Pública, en particular a las escalas salariales de los niveles más bajos.

Artículo 3° Protección de la familia. Con el fin de proteger a la familia, como núcleo fundamental de la sociedad y propender por su bienestar, el Gobierno Nacional en desarrollo de la presente ley deberá reconocer una prestación social a los miembros de las Fuerzas Armadas de menor rango que tengan cargas y responsabilidades familiares.

Así, los soldados profesionales...

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