Texto definitivo al proyecto de ley 144 de 2007 cámara - 27 de Febrero de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451336114

Texto definitivo al proyecto de ley 144 de 2007 cámara

TEXTO DEFINITIVO AL PROYECTO DE LEY 144 DE 2007 CÁMARA. por medio de la cual se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social, se crean las contribuciones especiales con destino al SENA-ICBF y Cajas de Compensación Familiar a cargo de cooperativas y precooperativas de trabajo asociado que presten servicios y se fortalece el control concurrente y se dictan otras disposiciones. Aprobado en segundo debate en la Sesión Plenaria de la honorable Cámara de Representantes del día 19 de febrero de 2008, según consta en el Acta 095, previo su anuncio el día 13 de febrero de 2008, según Acta 084

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Contribuciones especiales. Créanse las contribuciones especiales a cargo de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar que se escoja.
Artículo 2º

Elementos esenciales de las contribuciones especiales. La actividad personal desempeñada por parte de los trabajadores asociados dará origen a las contribuciones especiales, que estará a cargo de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado y tendrá destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y las Cajas de Compensación Familiar.

Para todos los efectos, el ingreso base de cotización para la liquidación de las contribuciones especiales con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, será equivalente a un (1) salario mínimo legal mensual vigente por cada trabajador asociado excepto para las Cajas de Compensación Familiar cuyo ingreso base de cotización será la totalidad de la compensación ordinaria devengada.

En armonía con el artículo 6° numeral 3.3 de la Ley 1151 del 2007, las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado podrán afiliarse a las Cajas de Compensación Familiar en los mismos términos y condiciones establecidos para los empleadores. (Lo...

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