ACUERDO 415 RD 4341 - 17 de Diciembre de 2009 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445772974

ACUERDO 415 RD 4341

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4341 17 DICIEMBRE 2009
EmisorConcejo de Bogota D.c.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4341 • pP. 1-2 • 2009 • diciembre 17
2
ción de la mediación, la Justicia de Paz
y en Equidad en el Distrito Capital, que
privilegie un enfoque pedagógico y me -
todológico basado en prácticas sociales
y humanistas y supere los conictos, la
violencia y consolide el espíritu de con-
certación, fraternidad y solidaridad, sin
detrimento de la institucionalidad, con
el n de prestar un servicio de justicia
eciente y ecaz, de conformidad con el
marco jurídico legal vigente.
d. Voluntariado de la Política Pública
para la promoción de la convivencia
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 La Secretaría
Distrital de Gobierno deberá promover,
reconocer y facilitar la acción volunta-
ria como expresión de la participación
ciudadana, el ejercicio de la solidaridad,
la corresponsabilidad, con el objeto de
potencializar la formación de capital
social.
 Comité de Desarrollo y Apoyo. La Ad-
ministración Distrital reglamentará la conformación y
designación del Comité de Desarrollo y Apoyo de la
Política Pública para la promoción de la convivencia
pacíca y la resolución pacíca de los conictos con
participación de la mediación, la justicia de paz y en
equidad en el Distrito Capital, teniendo en cuenta las
diversas manifestaciones de representación ciudadana
e involucrando las distintas redes sociales y comuni-
tarias, dentro del marco jurídico vigente.
La Secretaría Técnica del Comité estará a cargo de la
Secretaría Distrital de Gobierno.
El Comité asesorará, apoyará y velará por difundir
y promover la Política Pública para la promoción de
la convivencia pacica y la resolución pacíca de los
conictos con participación de la mediación, la justicia
de paz y en equidad en el Distrito Capital, obrando
como escenario de coordinación entre los diferentes
organismos estatales y sociales que actúan en el Te-
rritorio del Distrito Capital.
 El presente Acuerdo rige a
partir de la fecha de su publicación.
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Secretaria General
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Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Diciembre 16 de 2009
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(Diciembre 16 de 2009)
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  Adiciónese al artículo segundo del
Acuerdo 356 de 2008 el siguiente parágrafo:
 El valor máximo de la tarifa por minuto
de que trata el presente Acuerdo, incluye impuestos y
todos los costos administrativos que se generen en la
prestación del servicio de estacionamiento. Este co-
bro en ningún caso podrá exceder la tarifa máxima que
je el Gobierno Distrital para cada factor de demanda
zonal y su correspondiente nivel de servicio.
 El presente Acuerdo rige a partir de su
fecha de publicación y deroga todas las disposiciones
que le sean contrarias.
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Secretaria General
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Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
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