ACUERDO LOCAL 03 RD 3511 - 29 de Marzo de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447994054

ACUERDO LOCAL 03 RD 3511

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3511 29 MARZO 2006
EmisorSecretaria de Salud
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3511 • pP. 1-2 • 2006 • MARZO 29
2
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días
del mes marzo de dos mil seis (2006).
HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ
Secretario Distrital de Salud
JUSTO GERMÁN BERMUDEZ GROSS
Secretario Distrital de Tránsito y Transporte
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA LOCALIDAD
DOCE DE BARRIOS UNIDOS
Acuerdo Local Número 03
(Diciembre 20 de 2005)
"Por medio del cual se reglamenta el uso
temporal del espacio público y se determinan y
relacionan los espacios públicos locales para
la celebración de actos culturales, deportivos,
recreacionales y de mercados temporales".
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE
LA LOCALIDAD DOCE DE BARRIOS UNIDOS,
En uso de las facultades Constitucionales de el
inciso tercero del Art. 322, y de las atribuciones
legales que le confieren el Decreto Ley. 1421 de
1993, Art., 69, numeral 6, el Acuerdo Distrital N° 9
de 1997 y:
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional, Artículo 322, en su inci-
so tercero estipuló que a las Autoridades Locales les
corresponde la gestión de los asuntos propios de su
territorio.
Que con fundamento en el numeral 7 del Artículo 313
de la Constitución Nacional, les corresponde a los Con-
cejos "Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los
límites que fije la ley,..."
Que con base en el numeral 6 del Artículo 12 del De-
creto Ley 1421/93, el Concejo de Bogotá Expidió el
Acuerdo 9 de 1997, en donde se estipulan los siste-
mas y métodos con los cuales las Juntas Administra-
doras locales podrán establecer el cobro de derechos
por concepto de uso del espacio Local para la realiza-
ción de actos Culturales, Deportivos, Recreacionales
o de Mercados Temporales y otros.
Que mediante el numeral 6° del Artículo 69 del Decreto
- Ley 1421 de 1993, se previene, entre otras atribucio-
nes de las Juntas Administradoras Locales, la regla-
mentación del uso temporal del espacio público para la
celebración de actos culturales, deportivos y
recreacionales, así como también mercados tempora-
les, lo relacionado con el cobro de los derechos por tal
concepto.
Que de conformidad con los Artículos 1° y 3° del Acuer-
do 9 de 1997, emanado del Concejo de Bogotá D.C., a
las Juntas Administradoras Locales corresponde re-
glamentar la utilización temporal del espacio público
local y expedir el Acuerdo Local para el uso del espa-
cio público, así como determinar los espacios públi-
cos locales que podrán ser utilizados de conformidad
con lo establecido en el numeral 6° del artículo 12 y
numeral 6° del artículo 69 del Decreto - Ley 1421 de
1993, únicamente para los fines previstos en tales
ordenamientos.
Que para los efectos de la reglamentación a que hace
referencia el considerando anterior, las Juntas Admi-
nistradoras Locales, en desarrollo de las atribuciones
consagradas por el Artículo 4° del Acuerdo 9 de 1997,
estarán a lo previsto por el Departamento Administrati-
vo de la Defensoría del Espacio Público, en el acto
administrativo que profiera para regular el inventario
de las zonas de uso público.
Que el Departamento Administrativo de la Defensoría
del Espacio Público en cumplimiento de sus funcio-
nes y para los fines a que hace mención el consideran-
do que antecede, expidió la Resolución N° 127 del 15
de junio de 2005, mediante la cual se actualizó el in-
ventario de zonas de uso público de que trata el Acuer-
do 9 de 1997.
Que para efectos de la reglamentación que debe expe-
dir esta Junta Administradora Local, se hace necesa-
rio observar las disposiciones que regulan los usos
temporales en el Distrito Capital, en particular en los
Decretos Distritales 463 de 2003 y 190 de 2004, y en
el Acuerdo 9 de 1997.
Que para los fines de establecer claramente el destino
que debe darse a los recaudos por concepto del uso
temporal del espacio público, en virtud al Artículo 69
del Decreto Ley 1421 de 1993, el Departamento Admi-
nistrativo de la Defensoría del Espacio Público formu-
ló consulta a la Dirección Distrital del Presupuesto de
la Secretaria de Hacienda, habiendo recepcionado el
pronunciamiento contenido en el oficio Nº
2005EE181834 del 24 de junio de 2005, según radica-
ción interna Nº 2005ER9629 del 29 de junio de 2005
que en consecuencia se incorpora al presente Acuer-
do Local.
ACUERDO LOCAL DE 2005

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