ACUERDO 538 RD 5268
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5268 27 DICIEMBRE 2013 |
Emisor | Concejo de Bogota D.c. |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5268 • pP. 1-3 • 2013 • DICIEMBRE • 27
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5268 • pP. 1-2 • 2013 • DICIEMBRE • 27
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Acuerdo Número 538
(Diciembre 26 de 2013)
“POR EL CUAL SE ESTABLECE EL CÓDIGO
ÚNICO DE LLAMADAS EN LA LÍNEA 123 PARA
LA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES EN EL
DISTRITO CAPITAL Y SE DICTAN OTRAS DISPO-
SICIONES”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.,
En uso de sus facultades constitucionales y
legales y en especial las conferidas en el Decreto
Ley 1421 de 1993,
A C U E R D A:
ARTÍCULO 1. Establézcase el Código Único de llama-
das en la línea 123 para la protección de los animales.
PARÁGRAFO. A través de este código se pondrá
en conocimiento de las autoridades competentes
las denuncias sobre maltrato, abandono, descuido y
otras que impliquen violaciones a las disposiciones
normativas Nacionales y Distritales relacionadas con
la protección de los animales.
ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA CLARA NAME RAMÍREZ
Presidenta
MAURICIO ACOSTA GONZÁLEZ
Secretario General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Diciembre 26 de 2013
Acuerdo Número 539
(Diciembre 26 de 2013)
“POR EL CUAL SE FACILITA LA UTILIZACIÓN
DE ESPACIOS EN LAS INSTITUCIONES EDU-
CATIVAS OFICIALES DEL DISTRITO CAPITAL
PARA BENEFICIO COMUNITARIO, Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.,
En uso de las facultades constitucionales y le-
gales en especial las conferidas en el artículo 12
del numeral 1 del Decreto Ley 1421 de 1993 y la
Ley 115 de 1994 y sus Decretos Reglamentarios,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. La Administración Distrital facilitará la
utilización de espacios deportivos, bibliotecas, tea-
tros y aulas máximas de las Instituciones Educativas
Distritales, denidos por las normas en el Plan Maes-
tro de Equipamientos Escolares, en benecio de la
comunidad a través de entidades u organizaciones,
para diferentes actividades de tipo social, educativo,
cultural y deportivo en días y horarios diferentes a
los establecidos por la institución en sus actividades
curriculares y extracurriculares.
PARÁGRAFO: Los Consejos Directivos reglamenta-
rán la utilización de los espacios en las Instituciones
Educativas del Distrito, en especial en lo referente a
la seguridad, aseo, horario, tiempo de uso y la coor-
dinación de la logística necesaria en cada actividad o
evento, garantizando la imparcialidad.
ARTÍCULO 2. Los estudiantes de los últimos grados de
la Institución Educativa podrán prestar sus servicios,
en calidad de práctica social, para apoyar los eventos
que realicen las entidades u organizaciones que hagan
uso de las instalaciones.
ARTÍCULO 3. El presente acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA CLARA NAME RAMÍREZ
Presidenta
MAURICIO ACOSTA GONZÁLEZ
Secretario General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Diciembre 26 de 2013
(Diciembre 26 de 2013)
“POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LOS
LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DISTRITAL DE
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